Revista Derecho del Estado
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest
<p>La Revista Derecho del Estado (ISSN impreso: 0122-9893; ISSN digital: 2346-2051) es una publicación académica, científica, abierta a la discusión, cuyo objetivo es promover el análisis teórico, analítico y crítico del derecho público, bajo el entendido de que por medio del debate doctrinal es posible avanzar, desde la ciencia jurídica, en la construcción de un mejor régimen de derechos y libertades, en el perfeccionamiento de la democracia y en la consolidación y defensa del Estado constitucional, así como en la creación de una verdadera comunidad internacional.</p> <p>La Revista tiene periodicidad cuatrimestral a partir de 2019 y divulga trabajos de investigadores colombianos y extranjeros, a la vez que publica las memorias de las actividades académicas que realiza con frecuencia el Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado. Esta publicación va dirigida a todos los estudiantes de posgrado, investigadores y profesionales interesados en temas de derecho constitucional, derecho internacional público, derecho administrativo, ciencia política y, en general, en la problemática colombiana e internacional.</p> <p>La revista requiere que los autores autoricen, por medio de una licencia de uso, la edición, publicación, reproducción, distribución y comunicación pública de la obra de su autoría; tanto en soporte físico como digital, para fines exclusivamente científicos, culturales, de difusión y sin ánimo de lucro. Los autores conservan los derechos de autor y garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo, que estará licenciado con el Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual. La reproducción de los documentos en otros medios impresos y/o electrónicos debe incluir un reconocimiento de la autoría del trabajo y de su publicación inicial, tal como lo estipula la licencia. Los autores podrán divulgar su documento en cualquier repositorio o sitio web. Inmediatamente después de su publicación, los artículos serán enviados en medio magnético a las diferentes bases de datos y sistemas de indexación para la divulgación de su contenido. Los artículos también se pueden consultar gratuitamente en la página web: [<a href="http://www.uexternado.edu.co/derechodelestado">www.uexternado.edu.co/derechodelestado</a>]; y en las bases de datos de Colciencias (categoría B), Scielo, Scopus, Redalyc, Latindex, Philosopher’s Index, Fuente Académica-EBSCO, Cengage Learning, Proquest, Latam-Studies, HeinOnline, SSRN, DOAJ, REDIB, Dialnet y Open Journal System.</p>Departamento de Derecho Constitucionales-ESRevista Derecho del Estado0122-9893Constitutionalism, Constituent Power and Constitutional Change in Latin America
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10723
<p>.</p>Sabrina Ragone Yaniv Roznai
Derechos de autor 2025 Sabrina Ragone , Yaniv Roznai
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-08-282025-08-286357Constitutional Challenges: Constituent Power and Plebiscitary Claims at Odds
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10724
<p>El presente trabajo explora el alcance de las presidencias plebiscitarias como fuerzas disruptivas entre la democracia y el constitucionalismo, priorizando los procedimientos de convocatoria del poder constituyente. Al contrastar los casos de Venezuela (1999) y Chile (2019-2023), el trabajo profundiza en cómo los estallidos plebiscitarios se convierten en encadenamientos capaces de arrastrar fundamentos constitucionales. Un aspecto sustancial se centra en establecer por qué la solicitud y efectividad de los procedimientos pueden variar bajo la noción de poder fundacional en el análisis constitucional, como es el caso respecto del derecho de resistencia. El trabajo determina que la diferencia entre las nociones de poder constituyente debe rastrearse no en la fuerza que despliega, sino en los escenarios que anteceden a su convocatoria, desplegando así por qué la teoría de los momentos constitucionales adquiere un papel significativo en este estudio. En este sentido, el trabajo subraya cómo las tendencias plebiscitarias suponen una amenaza para los diseños constitucionales, pues lejos de aprovechar las vías procedimentales para instalar un nuevo orden, tienden a degradar las formas constitucionales en favor de marcados intereses ideológicos.</p>Luis Botello-Moncada
Derechos de autor 2025 Luis Botello-Moncada
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046393210.18601/01229893.n63.07Limits and methodological criteria for the substitution of the Constitution doctrine in Colombia
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10725
<p>En el artículo se analizarán los limites interpretativos y las metodologías que ha dispuesto la Corte Constitucional cuando hace la revisión de las reformas constitucionales. En la Sentencia C-551 de 2003, se dispuso que a pesar de que la Constitución colombiana de 1991 no contiene cláusulas pétreas, no se pueden cambiar o derogar a través de la reforma constitucional los elementos consustanciales de la Constitución y aquellos elementos del bloque de constitucionalidad que la identifican. En este caso el poder de reforma se convertiría en poder constituyente, subvertiría sus competencias y daría lugar a un vicio de forma. En este orden de ideas, se verificará si dichas metodologías son útiles para limitar el amplio grado de discrecionalidad que tiene la Corte en determinar cuándo una reforma sustituye la Constitución.</p>Gonzalo A. Ramírez Cleves
Derechos de autor 2025 Gonzalo A. Ramírez Cleves
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046310.18601/01229893.n63.02The Argentine Constitutional Reform of 1994 and its Mandate to Legislate the duty to Consult Indigenous Peoples: A Pending Debt
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10726
<p>Uno de los mandatos otorgados al Congreso Nacional Argentino en la Reforma Constitucional de 1994 fue el de asegurar la participación de los pueblos indígenas en los intereses que los afecten. No obstante, a casi treinta años de la reforma, el Congreso Nacional aún no ha sancionado una ley que regule el derecho a la consulta de los pueblos indígenas. Este artículo examina los principales obstáculos que han impedido dicha regulación, con especial atención a las complejidades propias del sistema federal argentino, que introduce tensiones en la distribución de competencias entre la Nación y las provincias, así como a los desafíos para garantizar una participación deliberativa genuina de las comunidades indígenas. Asimismo, identifica los contenidos mínimos que debería incluir una ley nacional de consulta indígena y las características institucionales necesarias para asegurar tanto la participación efectiva en el proceso legislativo como el respeto a la identidad y cosmovisión de los pueblos originarios, en consonancia con el federalismo argentino. El análisis se enmarca en una teoría constitucional basada en la democracia deliberativa y se apoya en estándares internacionales, así como en la normativa vigente a nivel nacional y provincial, y en jurisprudencia relevante tanto nacional como internacional.</p>María Gracia AndíaInés ColombatoPablo Hernan Martos
Derechos de autor 2025 María Gracia Andía, Inés Colombato, Pablo Hernan Martos
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046310.18601/01229893.n63.01Constitutional reform and its limits in Costa Rica’s 1949 Constitution
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10727
<p>La Constitución Política de cualquier país debe garantizar la coherencia de su texto con la realidad en la que vive. El poder de reforma, como parte de las facultades constituidas, junto con la Carta Constitucional, debe encargarse de adaptar el documento a la realidad, sin embargo, existen límites implícitos a dicho poder, entre ellos los principios políticos y los derechos fundamentales, la separación de poderes y el principio de reforma. El objetivo de esta investigación se sitúa en la revisión de ésta última, con la finalidad de determinar la existencia de límites infranqueables al momento de llevar a cabo modificaciones a dicha norma. Con lo anterior se pretende comprobar que los elementos establecidos, por la Constitución Política, y por la jurisprudencia de la Sala Constitucional, representan limitaciones necesarias para la preservación del sistema de gobierno, de los derechos fundamentales y de la propia Constitución. Es por ello que además de la normativa aplicable, se analizará la jurisprudencia más relevante de la Sala Constitucional, así como también las reformas del año 1977 y de 2002.</p>Carolina León BastosVíctor Alejandro Wong Meraz
Derechos de autor 2025 Carolina León Bastos, Víctor Alejandro Wong Meraz
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046310512910.18601/01229893.n63.05The (AB)uses of the constitutional amendment power in Nicaragua: 1987-2024
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10728
<p>El tema de las reformas constitucionales en Nicaragua no ha sido muy estudiado más allá de sus propias fronteras. Desde su promulgación en 1987, la Constitución nicaragüense ha sido reformada alrededor de dieciséis veces. En dichas ocasiones, se modificaron más de 95 artículos. Algunos de estos cambios fueron mínimos, pero otros llevaron a cabo alteraciones revolucionarias que trastocaron elementos esenciales como la forma y sistema de gobierno y los derechos fundamentales. Para comprender la dinámica de las reformas constitucionales llevadas a cabo entre 1987 y el primer trimestre de 2024, se hace un recorrido por el contenido de aquellas y se analiza el procedimiento de reforma constitucional diseñado por la Constitución nicaragüense, que, aunado a la situación política de aquel país, a la ausencia de cláusulas pétreas expresas y a un ––prácticamente–– inexistente control judicial de las reformas constitucionales, vuelve relativamente fácil la realización de toda clase de cambios, usando y abusando por igual del poder de reforma constitucional.</p>Manuel Adrián Merino Menjívar
Derechos de autor 2025 Manuel Adrián Merino Menjívar
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046313116010.18601/01229893.n63.08How unamendable is the brazilian constitution?
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10729
<p>Bajo el derecho constitucional, el ejercicio de cualquier poder político implica limitaciones, porque este es un requisito de la idea del constitucionalismo liberal moderno. En este trabajo, abordé las discusiones sobre las limitaciones materiales del poder de reforma constitucional en Brasil. Al preguntar “hasta qué punto es inmodificable la Constitución brasileña”, demostré el comportamiento judicial de la Corte Suprema brasileña al revisar las reformas constitucionales. Sin embargo, antes de introducir ese enfoque, presenté lo que el poder constituyente y las reformas constitucionales representan teórica y empíricamente en Brasil. En conclusión, la inmodificabilidad brasileña cubre un amplio espectro de disposiciones constitucionales (horizontalmente) con un nivel intermedio de libertad para cambiar (verticalmente). Al prohibir la abolición de las disposiciones constitucionales irreformables, la inmodificabilidad en Brasil está conectada con la preservación del proyecto general expresado por la Constitución de 1988, pero dejando la apertura para las decisiones políticas contingentes.</p>Jairo Lima
Derechos de autor 2025 Jairo Lima
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046316118810.18601/01229893.n63.03Constitutional amendments in Panama
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10730
<p>Este artículo aborda la situación actual sobre las reformas constitucionales en Panamá. Primero, se explica un resumen del diseño constitucional panameño en general y de las reformas constitucionales en particular, lo que incluye una breve exposición de la manera en que la Constitución de Panamá de 1972 regula esta clase de cambio constitucional formal. Luego, se aborda con mayor detalle el asunto específico de las reformas constitucionales, exponiendo los límites formales que las rigen y la forma en que la Constitución panameña regula sus límites sustanciales o contenidos irreformables. Por último, se alude al control judicial de tales reformas en dicho país desde una perspectiva descriptiva y crítica.</p>Marcos Antonio Vela Ávalos
Derechos de autor 2025 Marcos Antonio Vela Ávalos
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046318921310.18601/01229893.n63.09The new constitutional amendment clause after the reinstatement of bicameralism in Peru: The case of an unconstitutional constitutional amendment?
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10731
<p>La presente investigación analiza la reforma introducida por la Ley N° 31988, que reinstaura el modelo bicameral en el Perú y modifica el procedimiento de reforma constitucional. A partir de un enfoque dogmático y el análisis de la jurisprudencia relevante del Tribunal Constitucional peruano, el texto se pregunta si la misma puede reputarse como inconstitucional al afectar los límites formales y materiales al Poder Constituyente Derivado. Se plantea que si bien, la reforma fue aprobada según el procedimiento indicado en el actual artículo 206°, su legitimidad se ve cuestionada por la ausencia de referéndum para su aprobación y en lo sustantivo, por el cambio de un modelo flexibilidad razonable para la reforma constitucional hacia un modelo rígido.</p>Trilce Valdivia AguilarValery Flores Elías
Derechos de autor 2025 Trilce Valdivia Aguilar, Valery Flores Elías
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046321524210.18601/01229893.n63.10Presidential reelection and unconstitutional mutations in El Salvador: A case of constitutional authoritarian-populism
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10732
<p>Between May 1-2, 2021, the new National Assembly, under El Salvador’s president, removed the justice of the Constitutional Chamber of the Supreme Court without proper procedure, citing the need to shield the public from COVID-19 pandemic rulings. The Assembly also appointed new judges without accountability. This mass removal can be seen as an authoritarian move driven by populist rhetoric. Soon after, on September 3, 2021, the new Chamber issued a ruling (case number 1-2021) that offered a new interpretation of the constitutional rules on presidential reelection. This ruling exemplifies “unconstitutional constitutional mutations” carried out through abusive constitutionalism. Instead of interpreting the Constitution, the ruling effectively changed it to permit presidential reelection, resulting in an unconstitutional mutation that modified core constitutional provisions. Similar to Bolivia, Ecuador, and Venezuela, El Salvador’s Constitutional Chamber replaced constitutional supremacy with the sovereignty of the people, or vox populi, advancing constitutional authoritarian populism.</p>José Ignacio Hernández G.
Derechos de autor 2025 José Ignacio Hernández G.
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-09-042025-09-046324326410.18601/01229893.n63.04A ‘Shared’ Experience of Constituent Power: The Legal Culture of Some Legal Scholars and Constituents in the de facto Chilean Constitution
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10733
<p>‘Constituent power’ is usually associated with the exercise of some kind of force, whether legitimate or not, or to amending an existing text through established procedures. However, setting the constitutional machinery in motion sometimes requires more than a text to be accepted by society and legal operators. This is especially true when a new constitution results from an institutional breakdown. We will refer to this conjunction of necessities as ‘shared’ constituent power. With this idea in mind, this paper analyzes the impact, on chilean legal culture, of those who participated in the creation and teaching of the 1980 Constitution during its first years of its implementation. Using the concept of internal legal culture, the author seeks to show how the exercise of the de facto constituent power required the collaboration of a set of bodies in general, but specially of a group of academics to create, inform, and reinforce the ideas contained in the new constitution. They fulfilled a dual role: they were the architects of some of the foundations of the new constitutional text, and they taught the ideologies to model the beliefs about institutionality needed by those who broke it after the 1973 coup d’état.</p>Lisandro N. Gomez
Derechos de autor 2025 Lisandro N. Gomez
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-08-292025-08-296326528510.18601/01229893.n63.06Índice temático
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/10734
Revista Derecho del Estado
Derechos de autor 2025 Revista Derecho del Estado
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
2025-08-282025-08-2863295337