10.18601/01210483.v42n113.10

AUTOEFICACIA DELICTUAL: UN POTENTE CONSTRUCTO PARA LA PREDICCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA CONDUCTA DELICTIVA DEL SUJETO*

DELICTUAL SELF-EFFICIENCY: A POWERFULL CONSTRUCTION FOR THE PREDICTION AND PREVENTION OF THE SUBJECT'S DELICTIVE CONDUCT

Jesús González**
Jackelin Escalina***
Paola Lauretti****

* Este artículo se corresponde a un avance de la investigación titulada "Fundamentos teórico-metodológicos de la Autoeficacia delictual como factor predictivo del hecho criminógeno", de la cual sus autores son los investigadores responsables.

** Licenciado en Ciencias Políticas y Administrativas. Mención: Ciencias Políticas. Abogado. Magíster en Ciencias para el Desarrollo Estratégico. Mención: Organización Comunitaria y Poder Popular. Magíster en Ciencias Políticas y Derecho Público. Mención: Derecho Público. Cursante del Programa de Doctorado en Ciencia Política de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia. Docente-investigador en el área de las Ciencias Humanas y Sociales. Correo electrónico: jealgourd2014@gmail.com.

*** Licenciada en Comunicación Social. Mención: Periodismo Audiovisual. Magíster en Ciencias de la Comunicación. Mención: Socio-semiótica de la Comunicación. Doctora en Ciencias para el Desarrollo Estratégico. Área de Conocimiento: Comunicación e Información. Docente-investigadora de la Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV). Correo electrónico: jackelineescalona@gmail.com.

**** Licenciada en Educación. Mención: Ciencias Sociales. Área de Conocimiento: Historia. Psicóloga Clínico. Magister Scientiarum en Psicología Educacional. Doctora en Historia de las Américas en la Universidad Complutense de Madrid. Profesora titular adscrita al Departamento de Psicología de la Escuela de Educación en la Facultad de Humanidades y Educación de Luz en condición de jubilada. Correo electrónico: plaurettis@hotmail.com.

Para citar el artículo: Jesús González et al. "Autoeficacia delictual: un potente constructo para la predicción y prevención de la conducta delictiva del sujeto", Revista Derecho Penal y Criminología, vol. 42, n.° 113, julio-diciembre de 2021, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, pp. 291-326. DOI: https://doi.org/10.18601/01210483.v42n113.10.

Fecha de recepción: 7 de febrero de 2021. Fecha de aceptación: 27 de abril de 2022.


Resumen:

La criminología moderna al formular que los sujetos delincuentes aprenden a serlo, y prever la existencia de factores de riesgo, los cuales favorecen la reincidencia, se ve impulsada a considerar todos aquellos planteamientos que tratan al delito integralmente; a tales efectos, el objeto de este trabajo es analizar la autoeficacia delictual como potente constructo para la predicción y prevención del comportamiento delictivo del sujeto. Su desarrollo prevé la precisión histórico-terminológica del constructo, la capacidad explicativa-predictiva y dimensiones del mismo, la interrelación entre autoeficacia delictual, prevención penal y seguridad ciudadana integral, y finalmente la validez del constructo dentro de la reinserción social, reseñando que la autoeficacia delictual explica y predice al delito, logrando ser eficaz en programas resocializadores.

Palabras clave: autoeficacia delictual; capacidad predictiva; prevención penal; seguridad ciudadana; reinserción social.


Abstract:

Modern criminology in formulating that delinquent subjects learn to be, and foresee the existence of risk factors, which favor recidivism, is driven to consider all approaches that treat crime integrally; to this end, the purpose of this work is to analyze criminal self-efficacy as a powerful construct for the prediction of the criminal behavior of the subject. Its development foresees the historical-terminological precision of the construct, the explanatory-predictive capacity and its dimensions, the interrelation between criminal self-efficacy, criminal prevention and integral citizen security. Finally the validity of the construct within social reintegration, noting that the self-efficacy criminal explains and predicts crime, being effective in resocializing programs.

Keywords: criminal self-efficacy; predictive capacity; criminal prevention; citizen security; social reintegration.


INTRODUCCIÓN

En el ámbito de las investigaciones criminológicas encaminadas a proporcionar explicación del delito y de los factores que potencian su incidencia, así como la intervención institucional para el control y erradicación, se ha venido silenciando e invisibilizando la teoría de la autoeficacia, la cual subsume o atiende muchos componentes del hecho delictual o criminógeno -aprendizaje, oportunidad, motivación, reincidencia, perfil criminal, cultura y subcultura criminal-, que al ser considerados de manera desintegrada han sido objeto de ataque desde diferentes posturas críticas al concebirlos elementos estancos y desunidos que ameritan ser afrontados holísticamente, a tales efectos la autoeficacia formula un hilo conductor esclarecedor del hecho punible formando un soporte teórico completo que logra articular plenamente muchos hallazgos expuestos desde el accionar desunido de otras teorías.

La autoeficacia como tal es un constructo teórico que alude las creencias de los sujetos respecto a sus capacidades para efectuar o emprender una acción -sea social o no- en concreto, las cuales determinan los pensamientos, sentimientos, motivaciones y elecciones que favorecen o dificultan la participación en el hecho delictivo, sirviendo así de base para explicar la conducta criminal -cuándo o en qué momento se activa el comportamiento delictual y por cuánto tiempo persiste-, de modo que se puede pronosticar o predecir el nivel de reincidencia del delincuente o perpetrador en el futuro, y abordar o intervenir institucionalmente por medio de sus postulados en el diseño de programas de reinserción o rehabilitación social1 que se planifiquen sobre la población en riesgo o recluida en los recintos penitenciarios, por todo lo cual se le señala de auténtica teoría criminológica; como se indica,

[…] nos encontramos ante una teoría general del delito ya que aspira a explicar las causas de un elevado número de conductas delictivas siendo, a su vez, coherente con aquellos hechos empíricos conocidos sobre el delito y que no necesitan apenas demostración. Y además, podemos hablar también de una propuesta criminológica comprensiva, ya que […] trata de explicar tanto los caminos que llevan a la delincuencia, como los caminos que llevan a salir voluntariamente de ella2.

Así, desde la teoría de la autoeficacia se plantea que quien se cree capaz de cometer un delito está mayormente predispuesto a efectuarlo -esto es volverse delincuente ocasional-, no obstante ese propio sentido de eficacia no será suficientemente determinante para llevarlo a su ejecución inmediata si no ha tenido previamente una experiencia exitosa -haber adquirido logros de ejecución-, ni percibe la acción como gratificante, ni ha ido modelando el comportamiento transgresor, debiendo mediar al mismo tiempo la desvinculación moral -procesos psicológicos que favorecen el quebrantamiento de las normas reconocidas socialmente-, todos los cuales se constituyen en la llave que abren las compuertas para la ejecución de la conducta criminal, al llevarlo a superar o rebasar por medio del ajuste y distorsión cognitiva todos los controles o límites morales, precisándose a este respecto que

[…] no bastará con querer ser delincuente para serlo realmente, sino que también habrá que creerse capaz de ser delincuente, de disponer de la confianza en sí mismo y en la propia capacidad para cometer actos delictivos3.

En relación con el perfil criminal, la teoría de la autoeficacia propugna al sujeto masculino joven como el actor u obrador mayormente comprometido, involucrado o ganado a cometer delitos, y ello se explica mediante la persuasión verbal ejercida por los padres, maestros, guías, y demás miembros de la sociedad, quienes persuaden al sexo femenino desde muy joven a no involucrarse en la delincuencia por ser actividad propia de hombres, razón por la cual son muy pocas las mujeres que se enfilan en la carrera delictual bajo los diferentes modos de participación4, en tanto que la prevalencia de la etapa o edad joven en el delito se encuentra determinado por otra fuente de información de la autoeficacia como lo son los estados fisiológicos, quienes confieren información al autor del delito cuando se es mayor o senil por medio de la ansiedad y fatiga corporal generada, llevándolo muchas veces a desistir:

[…] con el aumento de la edad disminuyen sus capacidades para delinquir, abandonando la delincuencia cuando ya no se sienten capaces de ejecutar los mismos hechos que hacían de jóvenes, siendo, pues, la falta de autoeficacia la que les retrae de la conducta delictiva5.

En tal sentido, la edad -la que oscila en la etapa joven o comprendida entre los quince y veinticinco años- y el sexo -fundamentalmente masculino- se constituyen desde la perspectiva de la autoeficacia en variables demográficas que se correlacionan directamente con la delincuencia, constituyéndose en información útil a ser considerada por los órganos de seguridad, que precisan formación respecto a tales detalles o datos para llevar de la mejor manera las experticias en sus actuaciones, que los lleven a la detección de agresores, y también por quienes se encargan dentro del sistema de administración de justicia en la ejecución de penas y otorgamiento de medidas alternativas de los sujetos infractores -jueces, fiscales del ministerio público, delegados de prueba-, al constituirse en determinantes claves de la reincidencia durante y después del cumplimiento de la pena establecida.

Otras de las variables propias de la actividad delictual explicitadas desde el constructo de la autoeficacia es la premeditación -de la cual se exceptúan todos aquellos delitos que se cometen por un impulso momentáneo-, ya que desde su planteamiento base respecto de la conducta criminal formula que delinque y prepara meditadamente el delito quien se juzga capaz de ejecutarlo, y el tipo penal de la delincuencia organizada o el delito de asociación para delinquir, que viene determinada fundamentalmente por un alto nivel de autoeficacia colectiva o grupal y autoeficacia social, a través de los cuales se crea un excelente clima de equipo, que ayuda a fluir la planificación, organización y ejecución de las actividades delictuales, prestando mayor cooperación entre ellos, pudiéndose predecir su declive y reveses de acciones a través de un bajo sentido de eficacia6 que manifieste dentro de sus integrantes.

Por otra parte, ha de referirse que el constructo de la autoeficacia ha sido validado en distintos dominios de la vida personal, institucional, productiva y social de los sujetos -como educación o el área académica de los estudiantes7, la participación política de los ciudadanos en los sistemas de democracia participativa8, el liderazgo comunitario, las habilidades sociales y la resolución de conflictos9 que se hallan directamente asociadas con el comportamiento pro-social, y en términos más próximos al aspecto delictivo, con la agresividad10, la desvinculación moral11, las estrategias de seguridad personal asumida dentro del territorio o población12 y la justicia restauradora o la tendiente a subsanar el daño infligido a las víctimas13, que resulta injustificable su acogimiento dentro de la disciplina abocada al tratamiento tanto de las causas del comportamiento delictivo como de sus respuestas.

En el campo disciplinario se aprecia todo un cúmulo de aportes sobre el estudio de la autoeficacia en distintas áreas de acción, contentivos de evidencias, afirmaciones y experiencias alusivas directamente al quehacer criminológico o que pueden llegar a ser extrapoladas -incidencias favorables o desfavorables en la actividad delictual- que distan mucho de acogerse e integrarse al campo disciplinario -bien por falta de visión y prospección o de intereses políticos-, limitando la riqueza gnoseológica de la propia disciplina, la cual en el devenir histórico de su evolución se ha caracterizado principalmente por el manejo politizado de los temas de interés que constituyen su objeto de estudio -dominado hoy día por el enfoque de los derechos humanos-, así como el de su radio de acción, al circunscribirla únicamente al abordaje de aquellos tópicos vinculados a su perspectiva critico-ideológica.

La existencia de la literatura referida a la autoeficacia delictual o para la delincuencia es casi inexistente dentro de los portales de revistas especializadas, las líneas de investigación de los programas de ciencias penales y criminológicas en Norteamérica y Latinoamérica, y las cátedras obligatorias o electivas referentes a la teoría psicosocial del delito, correspondiéndoles en este sentido a los investigadores comprometidos con el quehacer doctrinario que estén en conocimiento e interesados en favorecer la rectificación de la problemática, ejercer los esfuerzos conducentes a exponer críticamente la situación, dándole justo tratamiento y defensa a sus aportes, publicando sobre el tema para ampliar la visión restringida que se tiene al respecto, abriendo el debate sobre los alcances y aplicabilidad del constructo en el área criminógena, visibilizando su valor heurístico en la disciplina, al conferir datos sobre la predicción, descripción, explicación y prescripción de la conducta delictual.

En la literatura del área, la autoeficacia ha sido abordada a profundidad únicamente por investigadores de universidades europeas14, apareciendo posteriormente referencias sin mayor desarrollo en los planteamientos de otros autores representantes en la doctrina15, regresando a la palestra como determinante delictual por los investigadores de las universidades españolas16, por lo cual puede apreciarse resistencia, así como poca voluntad e interés en darle a este constructo el merecido espacio para que sus formulaciones sean extrapoladas dentro de la teoría y práctica criminológica, ayudando no solo a predecir el comportamiento delictual para anticiparse en la implementación de medidas de seguridad no combativas o represivas sino del tipo preventivo -acciones de protección social a grupos vulnerables- sobre el comportamiento delictivo, fortaleciendo con ello el campo de acción disciplinario, ya que las potencialidades heurísticas de la autoeficacia en el ámbito criminógeno son inacabadas:

[…] se pueden diseñar caminos para hacer que las personas se integren en el mundo de la normalidad. El principio porque […] es una teoría basada fundamentalmente en la capacidad inagotable del sujeto y que no da nada por definitivamente terminado más que aquello que el propio sujeto da por definitivo17 […].

A precio de esfuerzo, rigor metodológico y criterio científico el constructo de la autoeficacia se presenta como una herramienta heurística para abrir caminos en campos poco conocidos y profundizados en la predicción de la carrera delictual y la rehabilitación del sujeto transgresor; sin embargo, la poca divulgación existente dentro de la disciplina, así como la escasas formación y familiaridad de los profesionales del área en la materia, inviabilizan e imposibilitan su acogimiento teorético, en ese sentido el objeto de este trabajo es analizar la autoeficacia delictual como potente constructo para la predicción y prevención del comportamiento delictivo del sujeto, a los fines de ir edificando, afianzando y apoyando con ahínco dentro los espacios de divulgación académica y disciplinaria del conocimiento científico productos o resultas que permitan colocar en su sitial disciplinario al constructo.

En este sentido, el desarrollo de este trabajo se justifica desde el punto de vista académico, al esclarecer algunos puntos esenciales de la teoría de la autoeficacia con la delincuencia, pudiendo despertar el interés de muchos legos en conocer con mayor profundidad sobre las aplicaciones que evidencian sus hallazgos en el campo delictivo, así como ayudar a ampliar entre quienes desarrollan su quehacer disciplinario la visión sobre las propiedades explicativas, predictivas y resocializadoras de la teoría al campo de las medidas institucionales de la seguridad ciudadana o el sistema acusatorio penal. A nivel politológico18 de la criminología, procura contribuir a darle un viraje y equilibrar el interés y tratamiento del que ha venido siendo objeto la autoeficacia como constructo dentro de las teorías delictuales o criminológicas que integran el sustrato teorético disciplinario.

En el ámbito teórico-metodológico ayuda a sentar las bases para avanzar tanto hacia la formulación de investigaciones tendientes a hacer uso de la autoeficacia en el campo de la predicción o prognosis, explicación en la correlación de las variables delictuales, abordaje de las conductas agresivas, de desvinculación moral y de seguridad personal con programas alineados a sus postulados, así como en el diseño y validación de inventarios de autoeficacia delictual, los cuales han sido inexistentes hasta la actualidad en el contexto latinoamericano, área geográfica donde se observan las más altas cifras de la acción delictiva -homicidios, robos, hurtos, violaciones, y vandalismo-, que han sido asociadas primordialmente a los niveles de violencia, pobreza, e injusticia social imperantes, macro-variables sobre las que el constructo pudiera generar más aportes o luces con respecto a su efectiva reducción.

A los fines de darle consecución al objetivo planteado en este trabajo, se estructuró en los siguientes acápites: Precisión histórica y teórica del constructo autoeficacia delictual, el cual ayuda a hacer una ubicación espacio-temporal del desarrollo del constructo en el campo disciplinario; Explicación, predicción y dimensiones del constructo autoeficacia delictual, a partir del cual se explicitan sus axiomas e interconexiones establecidas; Autoeficacia delictual, prevención penal y seguridad ciudadana integral, en el cual se realiza el desarrollo de las aplicaciones dadas hasta el omento y las que pudieran generarse a partir de estudios en el área criminológica; y finalmente la validez del constructo autoeficacia delictual dentro de la reinserción social, por medio del cual se intenta puntualizar la idoneidad o pertinencia del constructo para mitigar la acción delictual.

1. PRECISIÓN HISTÓRICA Y TEÓRICA DEL CONSTRUCTO AUTOEFICACIA DELICTUAL

La autoeficacia como constructo teórico fue desarrollada en las investigaciones de un psicólogo norteamericano19, quien, llevando un estudio referido a las incidencias de los procesos cognitivos en la ejecución de la conducta humana20, lo utiliza para designar los juicios, creencias u opiniones por medio de los cuales los sujetos se auto-perciben seguros de realizar una acción o tarea propuesta; al ser esta auto-percepción favorable o estar en un alto nivel -disponer de un elevado sentido de ella-, los dota de suficiente seguridad en sí mismos para incentivarse, arriesgarse y persistir en las acciones, tareas o logros establecidos, pudiendo demostrar capacidades, al tiempo que va reforzando su sentido de eficacia con los logros de ejecución, proporcionándoles evidencia comprobada de que poseen la capacidad para realizar acciones similares en un futuro próximo, de allí a que se precise sobre este respecto que

[…] la acción se organiza inicialmente en el pensamiento […] las creencias de las personas en su eficacia modelan los tipos de escenarios anticipadores que construyen y ensayan. Las personas con un alto sentido de eficacia visualizan los escenarios de éxito que aportan pautas y apoyos positivos para la ejecución. Los que dudan de su eficacia visualizan los escenarios de fracaso y meditan sobre las cosas que podrían salirles mal. Es difícil lograr algo cuando se lucha contra las dudas en relación a uno mismo20 […].

En los esbozos expuestos por su máximo exponente, dentro de la vida social se suceden básicamente cuatro tipo fuentes de información por medio de las cuales se genera el sentido de eficacia o autoeficacia, y estos son: (a) logros de ejecución, que se asientan en las experiencias de éxito obtenidas en el pasado y le confirman que está en posesión de las capacidades para implicarse otra vez en la misma actividad o en las que sean afines; (b) experiencia vicaria: hace referencia al aprendizaje que se deriva de la observación de la conducta de sujetos que se admiran o consideran modelos sociales; (c) persuasión verbal, la cual no trata de un mero proceso de adulación sino que consiste en inducir en el sujeto la creencia de que posee la capacidad para realizar aquello que desea; y (d) estados fisiológicos, alusiva a la información sobre reacciones somáticas del sujeto por la tarea ejecutada21, indicándose así que

La experiencia directa será la mayor fuente de expectativas de eficacia a través de la evaluación de los resultados de nuestras conductas. Sin embargo, también, pueden aparecer mediante la observación de otras personas que han realizado con éxito esas conductas […]. Muchas veces los demás nos animan a realizar una conducta fijándonos en nuestras habilidades potenciales y olvidando deficiencias y fracasos anteriores, mediante su persuasión verbal […]. El estado físico también influye […]. De hecho, la ausencia de sensación de dolor, fatiga, nerviosismo, etc., ayudan que aumente nuestra sensación de eficacia22[…].

Ahora bien, el constructo en principio como tal fue concebido genéricamente -esto es, no estuvo dirigido a considerar sus incidencias en algún tipo de acción o tarea en particular sino en cualquier actividad normal o corriente-, aspecto este revertido progresivamente cuando las investigaciones efectuadas fueron demostrando que a medida en que las tareas eran más específicas el sentido de eficacia de los sujetos se incrementaba23; esto revela que la misma tiene un componente genérico y otro específico, referido el primero a las tareas o acciones que son fáciles de realizar, sirviendo de pauta de referencia para ejecutarla en contextos similares o de naturaleza semejante, y el segundo referido a aquel tipo de tareas o acciones que ameritan una realización especial, por lo que resultan ser más complicadas o exigentes al demandar ejercitación, concentración y mayor esfuerzo para su ejecución, en tal sentido se indica que

[…] cuando los juicios razonablemente precisos sobre las capacidades se unen con un resultado específico, proporcionan un mayor grado de predicción y ofrecen mejores explicaciones de los resultados conductuales, debido a que ellos son comúnmente las clases de juicios que los individuos utilizan cuando se enfrentan a tareas específicas. Por lo tanto, los juicios de autoeficacia deben hacer referencia a dominios y tareas específicas24 […].

Al ser específica la autoeficacia, se requiere siempre que las auto-percepciones estén orientadas y en correspondencia con un ámbito de dominio personal o social, como lo sería en este caso la autoeficacia delictual o para delinquir, término de reciente cuño en la doctrina por los estudiosos del área25 para designar las creencias, juicios u opiniones que emiten los sujetos respecto a su capacidad para involucrarse en hechos que anticipan su recorrido antisocial, como lo serían, por ejemplo, el llegar a ejercer una acción contra su propia integridad, familia o demás sujetos en general sin ningún tipo de miramientos -pudor, honradez, buenas costumbres- o efectuar transgresión de las prescripciones normativas -demostrando tanto desvinculación moral como legal-, pudiéndose de esta manera identificar igualmente en su dominio de acción un componente común y otro especifico como se alude al respecto:

[…] distinguiendo una autoeficacia que denominan general, aplicable cuando la conducta delictiva es fácil de ejecutar, y una autoeficacia específica, cuando requiere un cierto entrenamiento para cometer determinados tipos de delitos26 […].

La autoeficacia delictual específica ayuda a predecir de manera más detallada y confiable la conducta delictiva -esto es el tipo de acción delictual que está propenso a ejecutar- al ir a fondo con la experiencia de dominio en cada uno de los tipos que integran la pluralidad del hecho punible -como robar, hurtar, asesinar, lesionar o agredir, violar, traficar, distribuir y comercializar drogas, plagiar software o jaquear sistemas de información de la web, que vienen a ser los delitos con mayor incidencia en la mayoría de las sociedades modernas- en tanto que la autoeficacia delictual general permite explicitar el nivel de esfuerzo que estaría dispuesto a emplear una vez que se envuelto en varias conductas delictivas en forma simultánea, por medio del cual se puede vislumbrar su persistencia, motivación y éxito o por el contrario su desanimo, desistimiento o alejamiento y categórico retiro, indicándose a este respecto que

[…] puede ser considerada […] para identificar la confianza global o el juicio generalizado que las personas poseen para afrontar situaciones novedosas o estresantes; es decir, cuán eficientes son en varios aspectos27 […].

Al hacer la autoeficacia general para delinquir énfasis en un amplio rango de dominios en el cual el sujeto se siente capaz de lograr los objetivos delictivos planteados, se considera que la misma permite dar cuentas de la confianza que siente sobre la pluralidad de tareas -diferentes hechos punibles o injustos penales- a realizar, que lo llevarán a actuar sobre seguro en cualquier acción enmarcada dentro de la conducta dañosa -contraviniendo o defraudando la ley-, puesto que al percibir y creer que puede lograr los dominios de ejecución en una multiplicidad o sinfín de delitos, se juzgará mayormente capacitado, convencido, desinhibido, dominado y dispuesto a delinquir, que al combinársele con una dosis de satisfacción o gratificación personal se potencializa su implicación y afianza aún más su sentido de eficacia percibido, volviéndose un sujeto seguro y motivado para la acción propuesta o prevista.

La existencia de dos tipos de autoeficacia -una de tipo general y otra específica- no imposibilita ni problematiza la predicción del comportamiento delictual, todo lo contario ayudan a integrar la explicación de los elementos estresores que se manifiestan en el campo de los desafíos o situaciones retadoras de la actividad delictual con los niveles de motivación, persistencia y dedicación con la que se implica en la acción delictual el sujeto transgresor, al demostrarse que ambos sentidos de eficacia se encuentran positiva y significativamente relacionadas, pudiendo operar de forma complementaria; así mismo, al ser la autoeficacia general para delinquir la que atiende los elementos comunes de la conducta delictual se asume que existe un continuo de generalización que lleva a los tipos más específicos de autoeficacia28 como lo han venido refiriendo algunos estudiosos en sus planteamientos:

[…] las medidas generales y específicas son complementarias y que las medidas de autoeficacia específica explican más varianza que las medidas de auto-eficacia general y apoyan de nuevo, la necesidad de tener en cuenta medidas específicas en dominios específicos29 […].

El planteamiento anteriormente expresado indica que ambos tipos de autoeficacia para delinquir -general y específica- son determinantes para explicar, predecir y abordar el hecho delictual -cada una realiza o efectúa un aporte importante sobre la acción emprendida-, y que han llegado a ser integrados o acoplados a las mediciones para darles mayor precisión a las inferencias establecidas sobre la variable así como concreción a las estrategias de intervención desarrolladas; en este sentido, resulta una información esclarecedora o categórica para la institucionalidad política al permitirle obtener luces de la situación al funcionario responsable de realizar los pronósticos del comportamiento delictivo, pudiendo de esta manera efectuar su labor lo más integral posible, ejerciendo igual orientación gnoseológica sobre la academia, el estudioso de la autoeficacia delictual o el público académico avocado al constructo.

2. EXPLICACIÓN, PREDICCIÓN Y DIMENSIONES DEL CONSTRUCTO AUTOEFICACIA DELICTUAL

La autoeficacia delictual es un constructo teórico de carácter explicativo y predictivo a la vez. En el nivel explicativo precisa el grupo de interrelaciones que presentan de manera directa las variables socio-demográficas con las diversas formas en que se manifiesta el comportamiento criminógeno; así la autoeficacia delictual explica el posible éxito o fracaso de los sujetos de determinado sexo -hombres fundamentalmente en edades de plena juventud- dentro de la carrera delictual, identificando previamente a la persuasión verbal y la experiencia vicaria o modelamiento, como fuentes por las cuales llegan a despertar su sentido de eficacia delictual o de creerse capaz de delinquir, al llegar a recibir constantemente retroalimentación de padres, familia, amigos o compañeros de sus habilidades delictuales, y tener como únicos patrones conductuales directos a modelar y seguir a los propios delincuentes.

La persuasión verbal si bien es menos influyente o determinante en la generación y desarrollo de la autoeficacia delictual, sienta las bases para incrementar el sentido de eficacia de manera temporal, pudiéndose maximizar su efectividad a criterio de expertos30, con ciertos factores de evaluación, reconocimiento y simpatía, como lo serían lo competente o experto en la actividad delictiva que ha llegado a ser el sujeto que trata de persuadir, lo digna de confianza y atractiva que se considera la carrera delictiva; así al ser tan decisiva la persuasión verbal sobre el sentido de eficacia del transgresor, el mismo se persuade de sus capacidades y ello lo induce a ejecutar hechos delictivos, acto donde se estaría configurando el delito instigación a delinquir, no siéndole imputable al mismo, ya que en este caso se estaría evaluando penalmente como sujeto pasivo al no ser autor de la sugestión y exhortación verbal31:

La persuasión verbal es quizás la fuente menos fructífera debido a que la gente no suele elevar sus expectativas simplemente porque se les diga que lo hagan, sin embargo, en algo puede beneficiar. Una retroalimentación positiva persuasiva puede aumentar la autoeficacia, pero este incremento será temporal si los esfuerzos subsecuentes resultan pobres32 […].

En relación con el modelamiento delictual, este llega a ser potencialmente eficiente si el sujeto recibe información de los beneficios de imitar la conducta delictiva -sumisión y respeto de otros sujetos en la barriada, obtener dinero fácil en el momento que se amerite, ser temido dentro del conglomerado-, o en el momento en que el mismo no se siente seguro de sus propias capacidades o que sus experiencias han sido limitadas, pero pasado cierto tiempo presta atención, recuerda o retiene, reproduce y se motiva en ella fijando mirada en algún modelo; de tal forma el sujeto que fue ganado a desarrollar conducta delictual por medio de la experiencia vicaria, observación o modelamiento llega a observar la conducta delictual de otros, ve lo que era capaz de hacer, evalúa las consecuencias de la conducta ejercida y usa esa información para formar sus propias expectativas de eficacia con respecto a la actividad delictual:

Así el individuo puede llegar a aprender la conducta criminal por imitación a través del modelamiento, que es lo que está viendo en culturas violentas, y una vez que ha tomado este aprendizaje , genera una percepción de que solo es autoeficaz para eso, es decir, con el tiempo, sentirá que sus capacidades solo se sustentan en la criminalidad, y no tiene otras capacidades para sobrevivir, su percepción de autoeficacia estará dirigida a cometer crímenes y tenderá a desechar otras posibilidades de conseguir ingresos33 […].

En lo correspondiente a la generación del sentido de eficacia delictual a través de los estados fisiológicos, el sujeto transgresor logra conectarse con el ascenso a la carrera delictual -pudiéndose considerar su momento de esplendor o fulgor- si sus estados de inseguridad, fatiga o cansancio, estrés, ansiedad y miedo son mínimos, en tanto que si éstos se van incrementando o elevando puede decirse que el sujeto transgresor está recibiendo información que le indican ya no estar en las mismas condiciones -físicas, emocionales y psicológicas- para proseguir delinquiendo, llevándolo muy pronto a renunciar o desistir del delito como forma de vida, y ello es explicable por el hecho de que la delincuencia, al ser una actividad de mucho riesgo, requiere mucho afianzamiento -seguridad y determinación personal- así como habilidad física para tener éxito en la tarea o acción deseada o asignada.

Ahora bien, es importante dejar asentado que la carrera delictual en sí se determina fundamentalmente por medio de los logros de ejecución, según el cual la experiencia inaugural en el ámbito delictual marca o estimula el sentido de eficacia del sujeto para delinquir, pudiendo medir los efectos de sus acciones -sean favorables o desfavorables-, reafirmando sus competencias para ejercer la acción y aumentar sus autoeficacia al interpretar de exitosa la experiencia en caso de haber salido ileso del hecho punible perpetrado, así como, incrementado su motivación, persistencia, nivel de involucramiento o grado de participación punible, pudiéndose afirmar en este sentido que es la mejor manera que el sujeto delincuente consigue para aprender, desarrollar y mantener las habilidades vinculadas al hecho delictivo, y a este respecto se indica que

El primer homicidio marca un paso decisivo […]. Diríamos que se despierta la percepción de auto-eficacia, que se facilita la ejecución de la conducta criminal […]. Se superan todos los controles, todos los límites morales. Esta trayectoria es común para todos los delincuentes […] acaban conformados por la delincuencia violenta como estructura de su modo de vivir la vida y no se interrumpen en ningún momento34 […].

En la explicación del delito desde la autoeficacia, igualmente se recurre a otra de las teorías desarrolladas por el referido psicólogo norteamericano para darle soporte a su idea del aprendizaje social, conocida como el determinismo recíproco o la reciprocidad tríadica, según la cual existe una interdependencia mutua entre el influjo que ejercen los factores medio-ambientales, los factores personales del sujeto -llámense características de la personalidad, pensamientos, afectos- y su conducta, donde ninguno por separado es lo suficientemente determinante en la agenciación humana -proceso correspondiente al propio ejercicio de la autoeficacia-, sino que se complementan de manera simultánea, y que como tal ayudan a vislumbrar desde el punto de vista de criminógeno que los aspectos de la conducta criminal no se heredan sino que gestan a partir de las experiencias, cogniciones y acciones con el entorno:

El término "determinismo recíproco" se utiliza para enfatizar la bidireccionalidad de la influencia de los factores causales y para destacar que ciertos factores producen ciertos efectos en ciertos individuos, de modo que no operan independientemente de éstos. A causa de la multiplicidad de factores que interactúan, el mismo factor puede ser parte de diferentes combinaciones que tienen efectos distintos35 […].

El medio ambiente de pobreza, violencia y delincuencia -incapacidad económica para cubrir sus necesidades básicas de comida, vestido, salud, recreación y vivienda, familia disfuncional, carencia de afecto, consumo precoz de alcohol y drogas- casi siempre obliga al sujeto a lanzarse en la incursión de la actividad delictiva, y una vez que se sumerge en ese mundo de cultura y subcultura delictual puede concebirlos como una experiencia valiosa y gratificante -le dan sentido a su accionar y propia existencia al tiempo que le generan goce-, lucrativa y exitosa -le permiten obtener sin el mayor esfuerzo físico la mayoría de las cosas de las que había estado privado- y de degradación moral -le hace perder los límites de su conciencia moral-, por medio de los cuales está en situación favorable para ascender en su carrera de delincuente, que lo vuelve un sujeto difícil de recuperar socialmente.

En la contrastación del dato que arrojan las investigaciones realizadas se ha llegado a reconocer que el comportamiento delictual de los sujetos de ciertas clases sociales, como la de los marginados o lo más pobres, está asociado de manera positiva con la autoeficacia delictual y autoeficacia colectiva, y de manera negativa con la autoeficacia académica, autoeficacia social, autoeficacia para la empatía, autoeficacia familiar, autoeficacia regulativa y autoeficacia para no caer en el consumo de las drogas, dato este interesante que permite por una parte reconocer los aspectos predictores en el comportamiento delictual y por otra avanzar hacia el diseño de estrategias institucionales de prevención que permitan debilitar la autoeficacia delictual de quienes perciben al crimen como una carrera profesional exitosa y fructífera.

En lo tocante a la predicción, la autoeficacia delictual o para delinquir, funciona junto a la planificación de la conducta -donde puede ubicarse a la premeditación del delito- y el control de la acción -autorregulación sobre los dominios personales para abstenerse de desarrollar un comportamiento delictivo-, como mediadora entre las intenciones iniciales de ejecutar la acción delictiva y el hecho punible efectuado posteriormente, aspectos con los cuales se encuentra que la autoeficacia actúa como un potente indicador de la conducta delictiva presente y futura, estando fuertemente relacionada con la intención del sujeto de querer ser delincuente, disposición a mostrase como delincuente -capacidad de degradación- y creerse o verse como un delincuente, aspectos todos que determinan finalmente los dominios de ejecución delictivos, con los cuales se afianza la creencia de los sujetos delincuentes.

La potencia predictora del constructo autoeficacia delictual implica observancia de criterios en la metodología micro-analítica, lo cual de entrada demanda determinación de los factores o dimensiones intervinientes en el campo de las asociaciones -sean favorables o desfavorables-, así se han identificado como dimensiones positivas el sentido de autoeficacia para delinquir en general, y también el sentido de autoeficacia para ejecutar específicamente conductas problemáticas, vandalismo, delitos de hurto y robo, agresiones, violación, violencia contra la mujer, homicidio, tráfico de drogas, asociación para delinquir y terrorismo informático, y dentro de las dimensiones negativas que tienden a reducir su incidencia están los tipos autoeficacias general, académica, social, familiar, empática, autorreguladora, y para evitar el uso de drogas, que viene a ser el polo reductor o de contención frente a la carrera delictual.

La autoeficacia general es una dimensión que ha llegado a ser empleada en la doctrina a los fines de identificar la confianza global o el juicio generalizado que los sujetos poseen para afrontar situaciones novedosas o estresantes de la vida cotidiana, estando en ese sentido referida a darle visibilidad al sentimiento de confianza en las capacidades propias para manejar obstáculos, siendo de gran aplicabilidad cuando se trabaja sobre contextos muy genéricos o cuando la pesquisa -investigación de diagnóstico- se halla centrada en una diversidad de conductas de manera simultánea, con la que se vuelve mayormente abarcadora, por ello no ha confundirse con la dimensión generalidad de la autoeficacia la cual alude la extensión de la aplicabilidad de la creencia y que como tal está relacionada con la traspolación a otros campos, esto es llega a ser extensible a todas las acciones o tareas del conocimiento.

En el campo delictual, además de la autoeficacia general se han identificado una serie de tipos de sentidos de eficacia en las más diversas áreas de la vida personal de los sujetos que se vinculan directamente con la conducta delincuencial, -esto es, se encuentran relacionadas con las acciones transgresoras-. En este sentido, el creador y máximo representante de la autoeficacia -el psicólogo norteamericano- y un grupo de investigadores de universidades europeas36 estudiaron las agresiones, robo, engaño, destructividad, ausencias injustificadas y uso de alcohol y drogas en un grupo de estudiantes de once años de edad, de dos escuelas de Italia, corroborando sus efectos dos años más tarde, y acogiendo tres tipos de autoeficacia como predictores de los comportamientos: académica, social y autorreguladora.

La autoeficacia académica alude aquellos juicios de los sujetos relativos a sus capacidades para implicarse en actividades estudiantiles o escolares como la escritura, lectura y razonamiento lógico-matemático -llevar el trabajo del curso-, así como las que regulan la acción misma, como sería organizar el tiempo, cumplir horarios, consultar dudas con profesores, mantener concentración en el estudio ante la tentación de realizar otra tarea, memorizar, sacar esquemas -regular sus actividades de aprendizaje propias- y estar a la altura de las expectativas académicas propias y de los demás -logro de la excelencia y demás factores como el rendimiento, la motivación y la permanencia para su alcance- que le permitan aprender y desempeñar comportamientos previamente fijados37.

La autoeficacia académica es uno de los factores de predicción más consistentes sobre el comportamiento delictual futuro, al permitirles a los sujetos tanto alcanzar éxito en la prosecución de los estudios, haciendo uso de sus recursos, capacidades y propios esfuerzos, como hacerse de una carrera -técnica o profesional- que les facilitará su inserción en la vida productiva o abrirá las puertas de las oportunidades para incorporarse prontamente en un campo ocupacional, con los cuales se mantendrán dinámicos, productivos, motivados, esperanzados, reflexivos, comprometidos, centrados en sus objetivos personales y responsabilidades laborales, experimentando el valor de los esfuerzos, al tiempo que alejados de las malas influencias y del propio hecho delictual, y a tal efecto se indica que

La autoeficacia académica previene la delincuencia porque el sujeto que se cree capaz de estudiar y ejercer una carrera evitará la delincuencia porque le aparta de su propósito, lo mismo que la mala organización del tiempo […]. Los resultados, efectivamente, muestran una relación directa negativa entre la autoeficacia académica y la conducta delictiva38 […].

La autoeficacia social, por su parte, aunque favorece la sociabilidad, la cooperación y la ayuda, evidencia un desempeño nulo -o de inexistente valor de acuerdo a los estudios efectuados por el referido psicólogo y estudioso del área con el grupo de investigadores europeos en 199939- en la predicción del comportamiento delictual, que puede llevar a desatenderla; sin embargo, se estima que este constructo se comporta de manera aleatoria, lo que evita se relacione directa e indirectamente tanto en forma negativa, esto es, llegue a restringir la conducta delictiva en la medida en que se incrementa el sentido de eficacia social, como positivamente, incrementando el comportamiento delictual al disminuir la autoeficacia, y se manifieste en forma circunstancial, es decir se evidencien sus efectos a favor o en contra en determinadas circunstancias. A tal efecto es propicio referir que

Todo este proceso de aprendizaje sucede en relación con otros seres humanos, mientras más cercana o estrecha sea la relación con el otro (educador, amigo, tío, etc.) más efectivo será este como agente de socialización, los padres, los profesores y los compañeros pueden estimular o desalentar la sensibilidad hacia las actitudes de otra gente ya sea disminuyendo o acentuando la importancia de la impresión social que uno produce, o ya sea por las actitudes hacia la idiosincrasia, las relaciones interpersonales y el ajuste social40 […].

Ante tal referencia, resulta todo un contrasentido que la autoeficacia social no muestre influencia sobre el comportamiento delincuencial, sobre todo cuando tanto la realidad como autores así lo manifiestan. A tal efecto algunos expertos41 expresan que en las pandillas de delincuentes se observa una gran sociabilidad entre ellos, la cooperación estrecha así como la fidelidad mutua, aspectos todos que concurren en los comportamientos del hecho punible de asociación para delinquir tipificado en la norma penal de los ordenamientos jurídicos de cada sociedad política; por otra parte, ha de referirse que una baja autoeficacia social dificulta la inserción social de los delincuentes a la vida convencional o renovada, y tal traba conduce al fracaso que nuevamente los coloca dentro de los recintos penitenciarios como medida coercitiva de castigo y prevención sobre el hecho delictual perpetrado.

Igualmente ha de considerarse que la autoeficacia social influye y es influida por la autoeficacia colectiva -aquella que se corresponde con la creencia compartida de los sujetos miembros de un grupo respecto a las acciones que en colectivo han de desplegarse como medio para alcanzar algunos efectos deseados-; a tal respecto se ha evidenciado que a más alta autoeficacia colectiva mejor desempeño de grupo y de los sujetos existe como fuerza positiva de cambio y transformación social, y por el contrario, al estar en bajos niveles actúa como fuerza negativa de indolencia, destrucción y aniquilación, así los sujetos que no disponen de esta autoeficacia o se encuentra muy baja creen que no pueden hacer nada para que las cosas cambien, lo cual los hace desistir y ponerse apáticos en la relación establecida.

Ahora bien, en un estudio efectuado por el prominente psicólogo experto en el área42, al plantear que no saber manifestar los estados emocionales positivos ni saber controlar los estados emocionales negativos influiría negativamente sobre las autoeficacias establecidas, se introduce la dimensión autoeficacia empática o de empatía43, que vendría a ser la creencia de los sujetos de sentir lo que los demás sienten, ponerse en su lugar, sufrir y gozar vicariamente, la cual pasa a sustituir la autoeficacia social al suponer que ella evitará la delincuencia y favorecerá la conducta social; sin embargo, se pudo confirmar que la misma es causante de mayor depresión, influyendo apenas en la delincuencia, por lo que a partir de aquí se juzga a la autoeficacia autorreguladora como la más predictiva de la conducta delictual44.

La autoeficacia autorreguladora alude a la creencia de los sujetos sobre su habilidad o capacidad para resistir a la presión de los compañeros para tomar alcohol, fumar cigarrillos o droga y evitar actividades de alto riesgo como mantener relaciones sexuales inseguras, intentos suicidas y ejecutar conductas delictivas. Ella tendería a incidir sobre la actividad delictual de manera negativa -restringiéndola o evitándola- por medio de la vinculación moral del sujeto con su entorno, es decir que aunque exista presión de sus compañeros por ejecutar la acción se abstendrá de realizarla porque sabe que ello ante sus concepciones, consideraciones o imaginario no está bien, y a tal efecto se ha probado que posee influencia directa a través de los mecanismos psicológicos de desvinculación moral y pensamientos rumiantes -recurrente o del tipo repetitivo- de la injusticia y la hostilidad.

A partir de tal hecho, la autoeficacia autorreguladora se constituye en la dimensión mayormente vinculada a la conducta delictual. Las potencialidades de autorregulación de los sujetos con el hecho delincuencial se ponen de manifiesto en función de consecuencias futuras (daños y penalidades a exponerse) y de satisfacciones anticipadas (gratificación del acto dañoso), mediando primeramente la auto-observación, donde el sujeto se ve a sí mismo y a su comportamiento transgresor para examinar su sentido, luego por medio del juicio aprecia la ejecución actual y la compara con las metas preestablecidas, y finalmente emite la auto-respuesta a favor o en contra de la labor o tarea concebida procedente de la evaluación efectuada atendiendo a su vez el nivel de ejecución de otros sujetos:

Las creencias de eficacia desempeñan un rol clave en la autorregulación, ya que las personas se motivan a sí mismas y dirigen sus acciones anticipadamente mediante el ejercicio del pensamiento; elaboran creencias sobre lo que pueden hacer, establecen objetivos y planifican cursos de acción45.

En los estudios desarrollados se ha excluido a la autoeficacia familiar, entendida esta como la percepción de creerse capaz de responder saludablemente a las exigencias o circunstancias de la vida efectuadas al propio entorno familiar, que al ser inexistente o estar en un nivel bajo produce los distanciamientos sociales del sujeto que propician la internalización de la violencia, la afición por las conductas de riesgo y la condición de delincuente desde la que se definen a sí mismos. Los sujetos con baja autoeficacia familiar o filial dudan de sus propias capacidades personales, dejan de ser proactivos y adoptan conductas disfuncionales para manejar las dificultades del grupo familiar -problemas económicos, inestabilidad laboral, discordia de pareja, manejo de las relaciones filiares entre padres e hijos-, y en función a lo proferido se reseña:

Bandura y cols. (2005) anticipan que mientras los adolescentes se encuentren más convencidos de su capacidad para manejar sus relaciones con sus padres, más probable será que confíen en ellos respecto a sus preocupaciones, actividades y los dilemas que enfrentan en sus experiencias sociales fuera de casa. Desde esta perspectiva, se espera que la autoeficacia filial juegue un papel fundamental en cuanto a propiciar comunicación abierta entre los adolescentes y sus padres, en prevenir el agravamiento de conflictos, en propiciar un monitoreo adecuado y, por último en encaminar a los adolescentes hacia una vida adulta satisfactoria46.

En relación con el rol de la familia dentro del campo delictual, algunos autores47 refieren que el apoyo familiar incrementa la percepción de autoeficacia de los sujetos para manejar de forma adecuada las relaciones sociales, y su inexistencia o falta dificulta el reconocimiento e interiorización de las emociones morales -como lo serían el orgullo, la vergüenza o la culpa- relacionadas con conductas prosociales o morales, y empeladas para que la vida social discurra por los causes de la integridad, aspecto este que hace percatar de las incidencias inmediatas de la autoeficacia familiar en el marco de la sociedad, las estructuras del sistema de justicia penal instituido y aquellos sujetos privados de libertad que ameritan regenerar el comportamiento delictual manifestado, precisándose a tal efecto que

[…] los sujetos con mayores niveles de reincidencia presentan valores más bajos de identidad y motivación morales. Por otro lado, los antecedentes de desestructuración o delincuencia familiar (tasa de familiares consumidores de drogas o encarcelados) también se relacionan con menor identidad y motivación48 […].

Igual tratamiento de descarte o evasiva en el pronóstico de la conducta delictiva y las acciones antisociales ha recibido la autoeficacia para enfrentar el consumo de las drogas, la cual alude a las creencias o auto-percepciones de los sujetos para resistirse a iniciar o caer en el consumo de las substancias psicoactivas y volverse dependientes a ellas, vinculada con la autoeficacia social, la autoeficacia autorreguladora y la autoeficacia familiar o filial, en este sentido se estima que una baja autoeficacia para el consumo de drogas propende sin equivocación al fracaso social, al volverlo proclive al distanciamiento familiar y social por su incompetencia o falta de control para evitar reincidir en abusos, malos tratos, comportamientos antisociales, dependencia al consumo de narcóticos, y hechos delictivos, que van reforzándose en su esquema cognitivo-conductual con cada acción ejercitada.

3. AUTOEFICACIA DELICTUAL, PREVENCIÓN PENAL Y SEGURIDAD CIUDADANA INTEGRAL

En este apartado corresponde precisar la relación existente entre la autoeficacia delictual con la activación institucional de la prevención penal y la seguridad ciudadana integral, para lo cual se ha de indicar que siendo el constructo predictor por excelencia del comportamiento delictual, puede llegarse a vislumbrar anticipadamente la dirección o recorrido a proseguir el sujeto transgresor durante su aprehensión y reclusión en los recintos penitenciarios, lo cual se torna como una información útil a los fines de implementar políticas o planes de prevención penal de carácter especial del tipo positivo -corrección- o negativo -neutralización o incapacitación-, y generales de integración -reinserción social- o de intimidación -disuasión por medio de la amenaza de la pena- que sirven para minimizar el riesgo de peligrosidad, la tentativa de cometer la acción delictual y su reincidencia en los recintos penitenciarios.

La detención legítima o privación de libertad y el encarcelamiento son tipos de medidas de prevención penal, que se le aplican al sujeto transgresor a los fines de proteger a la sociedad de la peligrosidad de daño o afrentas que intente de nuevo el mismo contra los bienes protegidos por el Estado -vida, libertad, paz, patrimonio, orden público-, las cuales lo neutralizan o incapacitan, al sustraerlo del libre ejercicio de sus acciones -actividad delictual- por el tiempo que perdure la medida o la condena establecida, siendo posible en esta última fase del recorrido jurisdiccional la implementación de beneficios procesales como la suspensión condicional de la ejecución de la pena, y el régimen abierto, para cuya procedencia se requiere -entre otras circunstancias exigidas omitidas en razón a no ser objeto de tratamiento de este trabajo- el pronóstico favorable de la conducta y nivel de peligrosidad emitido por la junta de evaluación psicosocial encargado para tal fin.

En lo que respecta a la detención legítima o privación de libertad, la cual ha procedido excepcionalmente en razón de los supuestos de ley establecidos -peligro de fuga y obstaculización de la investigación penal-, ha de indicarse que los principios o postulados de la teoría de la autoeficacia le son aplicables al procedimiento, donde no es la generación del temor ni el castigo -mayor sufrimiento posible- lo que debe despuntar sobre el sujeto transgresor, ya que los efectos son bastantes perniciosos sobre su aparato psicológico -inclinándolo a aprender para luego verter todo ese patrón cognitivo-conductual específico de denigración, impotencia y padecimiento del ambiente institucional contra la sociedad misma- sino el sentido de la incompetencia o ineficacia en la acción delictual, induciéndolo primero al desvalimiento y luego al desistimiento de la acción o carrea delictual según sea el caso49:

El modo en que el sujeto victimario percibe e interpreta al sistema de justicia penal […] determina la forma cómo responderá ante el mismo, evidenciando acatamiento de las normas, incumplimiento de acuerdos, reincidencia delictual o algún otro comportamiento, de allí que se halla referido atinadamente […] que el éxito en el comportamiento pro-social no reincidente va acompañado de un refuerzo social, autoeficacia, y valoración positiva del entorno en general, dimensiones todas que se sintetizan en la generación de la propia autoeficacia50 […].

En atención a lo planteado, la prevención penal que se desarrolla con la medida de privación de libertad como forma de ejercer la investigación penal de manera segura y sin ningún tipo de obstaculización, no ha de ser negativa del tipo denigrante sino objetivo-positiva desarrollista, según la cual los aspectos del sentido de eficacia del sujeto transgresor que han de ser trastocados hasta quedar reducidos a su mínima expresión -bajo nivel de creencia en la seguridad de su capacidad-, concernientes al dominio de la acción de agredir, mentir y delinquir, de asociarse para delinquir, o de reincidir consecutivamente o ejercer el abandono del cambio iniciado, con los que llega a volverse un delincuente de carrera, y no los de alcanzar una vida digna o ejemplarizante de transformación con la familia, amistades y sociedad en general, al ser estos últimos los que posibilitan su reintegración social.

Ahora bien, en el ámbito del encarcelamiento o cumplimiento de la pena, la autoeficacia se muestra como predictor de la conducta delictual reincidente, y nivel de peligrosidad del sujeto infractor, al manifestar bajos niveles de autoeficacia familiar, académica, social, de autorregulación en general y específico para evitar uso de drogas, conductas antisociales y delinquir, cambio de vida, superación de obstáculos y llevar una vida convencional, y proyectar altos niveles de autoeficacia para delinquir de manera general y específica, desvinculación moral y agresividad, los cuales indican que se está frente a un reincidente en potencia, permitiéndoles a los funcionarios responsables de la administración de justicia penal -delegado de prueba, fiscal y juez de ejecución- tener un diagnóstico preciso y confiable de lo que ha de ser el desempeño futuro del mismo una vez se encuentre nuevamente en libertad.

La peligrosidad del sujeto transgresor se suele medir o determinar en función de la personalidad del mismo -amplia serie de cualidades para comportarse de determinadas maneras-. A tal efecto se han establecido como rasgos de personalidad del delincuente el bajo sentimiento de culpa, tendencia al agrupamiento con otros delincuentes, agresividad, impulsividad y mínimo autocontrol, todos los cuales se encuentran relacionados con el constructo de autoeficacia, por lo cual puede predecirse sin ningún impedimento el riesgo que corre la familia, la sociedad y las instituciones frente al sujeto delincuente diagnosticado mediante el constructo, pudiendo considerarse una amenaza en función al nivel de peligrosidad que proyecta -mínima, mediana y máxima-, y las condiciones en el que debe cumplirse la rehabilitación -libertad, régimen semiabierto o en absoluto encierro.

Al aludir las penas como medida de seguridad institucional en un nivel primario, al no llegar a ejercer violencia directa sobre la transgresión -no se agrede físicamente a la víctima para despojarla de sus pertenencias- ni trastoca la tangibilidad de los bienes protegidos por el Estado de una manera grave que lleguen a ser irreparables y revertidos, es oportuno referir las medidas alternativas dentro de las cuales los acuerdos reparatorios figuran, que al activarse mediante consenso entre víctima y victimario pueden trastocar -sea de manera favorable o desfavorable- el sentido de eficacia del sujeto transgresor, a tal efecto se insinúa a la institucionalidad responsable -fiscal del Ministerio Público y juez de control- llegar a enfatizarle en la competencia del mismo para honrar los compromisos sobrevenidos con la(s) víctima(s) y el Estado por el accionar transgresor, y evitar el trato que crea distorsión perceptiva:

[…] se produce la reducción del sentimiento de autoeficacia personal al predicar y afear asiduamente en el victimario o actor activo su delito, generando con ello retroalimentación de la imagen negativa, contexto psico-social y jurídico incapaz de motivar a cualquiera para implicarse en honrar una tarea moral/legal como es el cumplimiento de los acuerdos reparatorios suscritos con la víctima51 […].

Un aspecto que deben considerar quienes imparten justicia penal, toman decisiones y ejecutan las políticas públicas -en este caso del tipo criminal y social- es que ellos son modelos de socialización que sirven de ejemplo para el resto del grupo social, por eso deben ser cautelosos en los comportamientos de cara a las funciones que ocupan y cumplen. Así un fiscal del Ministerio Público o juez de control que insta de manera muy discreta pero innegable al pago al victimario por no oponerse al acuerdo reparatorio al que se llegue con la víctima -el cual le evita de ir a parar a la cárcel- está instruyéndolo y reanimando sobre el soborno a la autoridad, reproduciendo también ese patrón referencial al resto de los homólogos del sistema de justicia, quienes inmersos en un proceso de ruindad moral y ética sobrevenido por la realidad institucional imperante terminan ejerciendo las mismas prácticas.

Al aumentar los hechos de corrupción entre los responsables de impartir justicia y entre quienes dirigen los destinos de las sociedades políticas, aumentan en igual correspondencia los patrones imitativos de la conducta en el resto de la población, especialmente en la más joven -que es de acuerdo a la psicología del desarrollo más propensa a ser influenciable por su falta de consolidación en su propia identidad así como poseer el vigor o fuerza para iniciar los aprendizajes-, experimentando el comportamiento delictual por imitación o cognición social, no solo por el hecho del refuerzo y modelado sino también por la falta de promoción de los valores morales y éticos generales que permitan desarrollar el autocontrol frente a la conducta infractora que ha venido exhibiéndose como forma de éxito dentro de las estructuras vecinales o comunitarias, universitarias, empresariales, sociales, y políticas o gubernativas.

Ahora bien, el auge delictivo puede y necesita ser combatido con el despliegue de una política de seguridad ciudadana integral, que implica fundamentalmente pleno ejercicio de los derechos y responsabilidades de la población dentro del campo público y privado -que en términos operativos significa tener libertad para desarrollarse plenamente y al mismo tiempo verse obligado a prevenir ser víctima de la delincuencia o evitar conductas de riesgo-, bajo la ineludible tutela del Estado democrático y social de derecho y justicia a los fines de garantizar la efectividad de los derechos instituidos, por esta razón el éxito de las acciones de seguridad ciudadana dependen más de las conductas de prevención que realizan los propios ciudadanos que del despliegue represivo -que no deja de surtir efectos dañinos- de los órganos de seguridad del Estado a los fines de mantener relegada la actuación de hampones.

En materia de seguridad ciudadana indudablemente los esfuerzos que realiza la institucionalidad por disminuir la criminalidad son importantes para replegarla, pero se tornan insuficientes o muy limitadas sino existe el involucramiento de los propios afectados, lo que no significa que los mismos se valgan de la contratación de los servicios de seguridad privada para resguardarse o estar protegidos, porque con ello se estaría tratando de suplir las obligaciones del Estado respecto a su concreción, sino que se movilicen para organizar y ejecutar acciones tanto individuales como colectivas tendientes a proteger su integridad física, patrimonio o suma de bienes personales que detentan al momento de encontrase realizando o salir a efectuar sus actividades cotidianas, evitando ser víctima de la delincuencia por disponer de un cúmulo de estrategias propias para afrontarla eficazmente.

Las personas con alto sentido de eficacia para prevenir al delito tienen más posibilidades de avaluar su situación de riesgo frente al delito de manera más favorable y menos crítica, de presentar menos conductas estresantes o depresivas y de idear mejor y con mayor prontitud mecanismos, procedimientos y estrategias que le permitan ponerse a salvo del asecho criminal, de tal manera que la autoeficacia para evitar ser víctima de la delincuencia actúa como un factor de previsión del comportamiento al visualizar y anticipar los escenarios de riesgo o peligro y las acciones a emprender para no verse afectado por el mismo-ser una víctima fatal-, de autocontrol al mantener al sujeto centrado en la resolución del problema y no preso en la angustia del peligro -por medio del cual operan mecanismos estresores-, y de protección al evitar exponerse a ser presa fácil o víctima del hampa que lo aguarda.

Ante este escenario circunstancial y previsible, es necesario que se conozca previamente la autoeficacia del sujeto o los juicios y opiniones de los ciudadanos respecto de sus capacidades para protegerse a sí mismo y sus bienes patrimoniales, evitar exponerse a ser víctima del crimen y colaborar con las autoridades correspondientes en el intercambio de información estratégica -labores de inteligencia social- que permitan por una parte la persecución, captura y desarticulación de las bandas delictuales, y por otra activar las alarmas de alerta temprana que sirven de marco referencial para el diseño, formulación y ejecución de la política pública social focalizada, sin la cual tampoco puede prosperar cualquier iniciativa tendiente a prevenir y reducir los hechos o datos delictivos suscitados con las crisis económicas e institucionales.

El fracaso de muchas acciones gubernativas e institucionales de los sistemas políticos latinoamericanos en la erradicación del hecho delictivo y los fenómenos criminógenos se encuentra en la falta de vinculación de sus políticas criminales con una política social integral. En ese sentido, urge una revisión profunda de las herramientas de abordaje desplegadas en el campo socio-político, así como en la búsqueda de nuevas alternativas que afirmen sostenidamente las oportunidades de desarrollo humano -como la ampliación de la autoeficacia para una vida sana y satisfacción de las necesidades básicas- y la convivencia, bajo el debido respeto de los principios de legalidad y promoción de los derechos humanos, la abolición de la represión social -desmanes en labores del patrullaje policial-, y la erradicación del populismo penal -doctrina articuladora del derecho penal del enemigo- del cual emergen todo tipo de desafueros.

La seguridad ciudadana del tipo integral tiene un rol determinante en el jaque mate de la autoeficacia para delinquir al poder propiciar o desencadenar con su accionar preventivo y reeducador el burnout, condición psicológica relativa a los sentimientos de incompetencia personal, profesional y colectiva por medio de la cual los sujetos transgresores tienden primeramente a desconfiar de sus capacidades para desplegar las acciones delictivas, que los vuelve en forma progresiva totalmente incompetentes en sus ejecuciones, así como poco ganados a arriesgarse a fracasar o a exponerse a ser abatidos o detenidos en el acto, por las cuales llegan a desistir del comportamiento delictivo, sin probabilidades de volver a reiniciar la carrera una vez que haya sido disminuida a su mínima expresión y fortalecido su sentido de eficacia para llevar una vida decente o apegada al valor y amor propio como persona.

Estando ahora en conocimiento de que no es escondiendo al delito -negarlo u ocultarlo para evitar su proliferación-, ni profesándolo o haciendo apología del mismo -instigación a delinquir-, ni ejerciendo conductas que lo refuercen o estimulen como se aborda y reduce en las diferentes instancias o estructuras de la sociedad, sino encarándolo de manera asertiva por medio del constructo de la autoeficacia, donde la esencia está en introducir en forma no invasiva los aprendizajes de los modelos exitosos del trabajo decente, calificado y productivo a los sujetos vulnerables -en situación de pobreza o calle, con crisis de autoeficacia o franca incompetencia para involucrarse en labores de dignificación humana, unas experiencias de vida muy limitadas, e inseguridad acerca de sus propias capacidades-, llegándose a reforzar su aprehensión y apropiación con la persuasión verbal.

4. VALIDEZ DEL CONSTRUCTO AUTOEFICACIA DELICTUAL DENTRO DE LA REINSERCIÓN SOCIAL

Al existir dentro de los ordenamientos jurídicos previsiones normativas -externas e internas- en las cuales se obligan los estados partes a establecer o aplicar medidas tendientes a garantizar la reinserción a la vida productiva social de los sujetos transgresores o responsables de haber perpetrado algún delito, se hace necesario identificar las formas, los soportes y énfasis a efectuar para que ocurra su realización o cumplimiento del mandato normativo. En este sentido se ha de indicar que en las Reglas de Tokio de 1990 se insta a los estados a desarrollar una serie de alternativas posteriores a la sentencia aplicables solo después del cumplimiento de cierto período de la condena -permisos en centros de transición, liberación con fines laborales o educativos, la libertad condicional, la remisión y el indulto- a los fines de evitar la reincidencia y llevar a los delincuentes a su pronta reinserción social.

En un marco jurídico garantista, el texto constitucional venezolano de 1999 prevé la garantía de un sistema penitenciario asegurador de la rehabilitación y del respeto a los derechos humanos de la población penada, para la cual el Estado creará las instituciones indispensables de la asistencia post-penitenciaria que facilite la reinserción social, y el Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal vigente de 2012 prevé las medidas alternativas penales de suspensión condicional de la ejecución de la pena y trabajo fuera del establecimiento o régimen abierto, con lo cual se le da cumplimiento en parte a la garantía de reinserción social prevista por la propia Constitución y las Reglas de Tokio, cuyo fin último es la corrección o la mejora psico-social del sujeto transgresor en consonancia con la estabilización o restauración del orden social infringido.

La reinserción social en sus orígenes fue concebida como una extensión del cumplimiento de la pena a los fines de legitimar el poder punitivo estatal y no como un instrumento de humanización que alejara a los ex encarcelados del aprendizaje delictual logrado -la cárcel es la más grande escuela del crimen, al reforzar mediante diversas fuentes de información el comportamiento transgresor y deshumanizado, de tal suerte que quien pernocta en el recinto por largos períodos se hace un experto delictual-, siendo únicamente a partir de las evocaciones del garantismo y moderno humanismo o abolicionismo penal cuando se abre la perspectiva hacia una nueva manera de entender la pena, y consecutivamente se da un viraje a la razón de ser y los alcances de la resocialización del delincuente, volcando su interés hacia sus elementos integradores dentro de un plan de acción concebido desde la razón terapéutica:

[…] se debe reconocer que los programas de reintegración social son particularmente importantes para todo individuo cuya vida, confianza en sí mismo, autoeficacia, relaciones sociales y lugar en la comunidad han sido profundamente perturbados por un período de encarcelamiento […]. Mientras más tiempo esté detenido el individuo y más fuerte sea su asociación con elementos criminales y su identificación con valores delictivos, peor será el deterioro que sufrirán sus relaciones familiares y sociales y mayores serán las dificultades que invariablemente encontrará cuando vuelva a la comunidad52 […].

Al preverse los efectos perniciosos del encarcelamiento sobre la autoeficacia personal -disminución o debilitamiento- que es el principal foco de agenciación de la conducta humana al motivar, así como canalizar los esfuerzos y elecciones sobre las actividades que emprenden los sujetos, forzosamente ha de recurrirse a estrategias de resocialización social que permitan revertirlo. En este caso se trata de una intervención del tipo desarrollista por medio de la que se busca fortalecer y ampliar el sentido de eficacia personal para estudiar, trabajar, socializar e implicarse en la vida tradicional a los fines de evidenciar trasformaciones frente a su familia, vecindario, recinto laboral y sociedad, volviéndolo totalmente un sujeto renovado que apuesta por el cambio positivo, las oportunidades y el crecimiento personal53, para los cuales se hace necesario el apoyo institucional de los recluidos o privados de libertad, indicándose que

Las intervenciones de tratamiento pueden inspirar a los delincuentes a cambiar y apoyarles durante el proceso de cambio […]. La gente que está motivada a cambiar puede sin embargo resistirse al cambio cuando no creen que tengan la habilidad para hacerlo. Las intervenciones son a veces necesarias para aumentar su confianza en su capacidad para realizar una tarea específica (autoeficacia)54 […].

La orientación que ha de alcanzar la intervención institucional que tiende a la reinserción social por medio de la ampliación y fortalecimiento del sentido de eficacia o autoeficacia, se encuentra determinada por el principio de precaución o de cautela, según el cual al momento de existir un riesgo inminente -como lo sería el que sujeto excarcelado retome su conducta criminosa-, no deberá esperarse a disponer de un cúmulo de informes técnicos que confieran certeza científica de su reincidencia delictiva para prevenirla, así como también por la necesidad de producir un cambio social en positivo del recluso que tienda a acrecentar las acciones sociales y deberes públicos, con las cuales vaya recuperando de manera progresiva su integración a la sociedad mediante el desarrollo de sus capacidades personales sobre el éxito en el trabajo, vida familiar y social, y la moralidad, y a este respecto se indica:

[…] en los programas de reinserción hay que tratar de que los sujetos se convenzan de que son capaces de vincularse moralmente y tener éxito en el mundo de los normales. Es necesario que los sujetos tengan experiencias positivas respecto al control moral de sus propias acciones55 […].

En el planteamiento reseñado se considera al desarrollo o consolidación de la autoeficacia para la vida honesta del sujeto delincuente el objetivo a lograr en el proceso de reinserción social, sin embargo el proceso puede ocurrir a la inversa haciendo uso de la propia autoeficacia, donde el objetivo no es la autoeficacia sino la propia resocialización haciendo uso de las propias capacidades personales del sujeto transgresor para insertarse a la sociedad nuevamente, sin llegar a incurrir nuevamente en fechorías, en este sentido cuando se toma al constructo como enfoque de intervención se consigue precisar lo mucho que las potencialidades individuales, la capacidad decisional o de toma de decisiones, y de asociación de personas han resultado afectadas56 por la estructura social, donde los accesos a todo tipo de bienes y servicios, al bienestar y la autodeterminación personal en especial, son desiguales por la misma dinámica estructural57.

En atención a lo indicado, queda asentado tácitamente que las privaciones sociales en la que ha venido deviniendo el sujeto transgresor disminuyen su potencial de agencia, que viene a ser nada menos que el ejercicio de la autoeficacia -para este caso concreto en particular la del tipo positiva o favorable para la vida honesta y productiva- que el mismo posee, sumiéndolo en el mundo de la desesperanza e impotencia de cara a cambiar su realidad socioeconómica, pesimismo, sufrimiento, baja satisfacción con la vida, y en el burnout de la autoeficacia respecto a llevar una vida convencional, convirtiéndose en un impedimento para lograr motivar sobre el camino de cambio y el desistimiento delictual, que ocasiona el retardo de los objetivos planteados pero no llega a volverse en camisa de fuerza cuando existen destreza y asiduidad en la técnica.

En perspectiva de la autoeficacia, la resocialización o reinserción social es constitutivo de todo aquel aprendizaje planificado y ejecutado con apoyo institucionalizado que induce o lleva al quiebre de las creencias de capacidad para delinquir, catalizando o potencializando sus creencias de capacidad de vincularse moralmente y tener éxito en la vida convencional, al mismo tiempo que llega a ejercer nuevas prácticas prosociales que lo hagan considerar los costos y riesgos de la conducta delictual, en tal sentido resulta una de las aristas por medio de las cuales se abre camino no solamente para que los sujetos lleguen a desistir de la carrera delictiva, sino que también para que obtengan calidad de vida mediante sus propias esfuerzos, fortalezas o competencias, afianzando su sentido de eficacia para la persistencia y éxito personal, los cuales ameritan ser mayormente potencializados desde la institucionalidad.

CONCLUSIONES

Los enfoques y planteamientos criminológicos que vienen hegemonizando el quehacer disciplinario en América Latina y Norteamérica han desestimado el valor heurístico de una de las teorías que mayor aplicabilidad y valor tanto explicativo como predictivo ha demostrado en las diferentes áreas del conocimiento donde se ha empleado la autoeficacia, privando al foro de académicos legos o recién iniciados en la formación de la posibilidad de reconocer sus fundamentos básicos, precisar sus aplicaciones y alcances, e incursionar en el campo nuevas exploraciones o posibilidades de abordaje, que hoy en día no tiene sentido seguir manteniendo, sobre todo porque ello impide o limita el conocimiento de las interrelaciones del hecho delictual, cercenando toda posibilidad de comprensión integral del aprendizaje y abordaje criminógeno en forma acertada, oportuna, y eficientemente.

La teoría de la autoeficacia aplicada en el campo delictual da muestras de que logra aglutinar una serie de aspectos que con otras teorías o enfoques criminológicos resultarían abordados parcialmente o de manera disgregada, no permitiendo vislumbrar las interrelaciones que se presentan con cada una, ni hacerse idea de su complejidad, especificidad y aplicabilidad con los aspectos concretos que encausan al patrón delictual y el desistimiento de los sujetos transgresores, que al ser desconocidas no pueden llegar a explorarse ni explotarse al máximo en un área tan sensible y medular para la convivencia social, el respeto de los derechos humanos y la estabilidad de las instituciones democráticas, en tal sentido apremia ser más diligentes con aquellos trabajos y prácticas que permitan reconocer sus beneficios e impactos sociales, confiriendo sobre los mismos los debates y promociones que ameritan.

La prevención penal, seguridad ciudadana y reinserción social son campos institucionales de intervención destinados a lograr de manera contundente la reducción de la violencia, los altos índices de delincuencia y la degradación social y a fortalecer la observancia de los derechos humanos en pro del desarrollo y la dignidad humana, objetivos político-jurídicos que se encuentran directamente vinculados -bien de manera positiva o negativa- con la autoeficacia delictual, donde, al no preverse sus implicaciones ni sus potencialidades praxeológicas -aplicaciones concretas a efectuarse sobre casos presentados-, se desestiman sus aportes en el área, resultando necesario que quienes se ocupan de tomar decisiones en la materia y formulan las políticas públicas de prevención, protección y seguridad ciudadana y social puedan estar en conocimiento del valor heurístico del constructo, a los fines de acudir a ella en los momentos que mayormente precisen las circunstancias del flagelo delictual.

En sí los hallazgos sobre la autoeficacia delictual refieren que no todo está perdido en el campo resocializador con el sujeto delincuente o transgresor -que sería básicamente el delincuente ocasional y no el de carrera, ya que este último se ha deshumanizado y degradado moralmente, cayendo en el abismo de perdición de difícil recuperación-, siendo optimistas en la probabilidad de la reversión o modificación del sentido de autoeficacia de estos, y que la represión policial de los órganos de seguridad no es el único camino u opción para alcanzar la seguridad ciudadana frente a los altos índices de criminalidad -homicidio, robo, hurto, secuestro, plagio, vandalismo, violaciones-, sino también la conducta preventiva de los ciudadanos, refiriendo que sujetos con alta autoeficacia percibida tienen mayor disposición de ejecutar conductas de prevención para evitar ser víctima del crimen, pudiéndose planificar y organizar de cara a sus creencias de prevención sobre la situación de inseguridad o peligro.

Los esbozos expuestos sobre las dimensiones de la autoeficacia -general y específica relativos a la vida normal y delictual-, así como las explicaciones del proceso de aprendizaje social vivido por los sujetos para creerse delincuente y motivarse hasta hacer carrera delictual, o desde la institucionalidad para ejercitar o practicar la prevención penal, seguridad ciudadana y reinserción social, no pretenden agotar el tema planteado sino abrir las perspectivas en el debate de ideas, incentivar los nuevos emprendimientos de investigaciones a acoger y validar los planteamientos establecidos, donde resulte favorecida en primera instancia la academia que se esfuerza por lograr un mundo mejor presentando alternativas posibles de cambio, a la población vulnerable -miles de pobres están sin poder satisfacer sus necesidades básicas- y en general a la sociedad víctima del hombre que crea sus propias estructuras de destrucción.


NOTAS

1 Los postulados de la Teoría de la Autoeficacia permiten formular procedimientos de reconducción o rehabilitación, así Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, Autoeficacia y delincuencia, Madrid, Editorial Dykinson, 2009, presentan el modelo basado en la gestión personal y la vinculación moral, y Eira Villalobos, Modelo de desarrollo de capacidades para la resolución alternativa del conflicto en el contexto educativo venezolano, Maracaibo, Universidad de Zulia, 2010, presenta el modelo de desarrollo de resolución de conflictos en el contexto escolar.
2 Carlos Vásquez, "La autoeficacia para delinquir: una explicación de la conducta delictiva". Revista Española de Investigación Criminológica, vol. II, n.° 8, 2010, pp. 4.
3 Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip. "Teoría social cognitiva de la conducta moral y cognitiva", en SERTA In memoriam Alexandri Baratta, Fernando Pérez (ed.), Madrid, Ediciones Universidad de Salamanca, pp. 379-414.
4 En relación a este aspecto, Carolina Asbún, Yolanda Ferreira, en su trabajo titulado Autoeficacia Profesional y Género en Adolescentes de Cuarto de Secundaria de la Zona Sur de la Ciudad de la Paz, 2004, pp. 2, refieren que "estas creencias estereotipadas sobre los rasgos de personalidad de hombres y mujeres pueden contribuir a definir qué actividades se consideran apropiadas para unos y otras, desde temprana edad, asignándose de manera diferenciada para niños y niñas. Si esto sucede, será muy difícil que los niños (as), en su crecimiento puedan desarrollar un sentido de autoeficacia adecuado para aquellas actividades que no se les permitió realizar, por pertenecer a uno o a otro género".
5 Carlos Vásquez, "La autoeficacia para delinquir: una explicación de la conducta delictiva". Revista Española de Investigación Criminológica, vol. II, n.° 8, 2010, pp. 6.
6 En perspectiva de Albert Bandura, Pensamiento y acción. Fundamentos sociales, Barcelona, Ediciones Martínez Roca, 1987, las personas que se comportan en formas anormales por lo general tienen una opinión pobre de su autoeficacia, lo que los lleva a evitar situaciones amenazadoras que cuando no pueden ser evitadas, solo hacen el intento y renuncian con rapidez, impidiéndoles demostrarse a sí mismos sus capacidades y cambiar de opinión respecto a su sentido de eficacia personal.
7 En esta área se encuentran los trabajos de Dale Schunk, "Self-efficacy and achievement behaviors", en: Educational Psychology Review, n.° 1, 1989, pp. 173-208, Dale Schunk, "Self-efficacy and academic motivation", en: Educational Psychologist, n.° 26, 1991, pp. 207-231, Barry Zimmerman, "Self-efficacy and educational development", en: Self-efficacy in changing societies. Albert Bandura. (ed.) New York. Cambridge University Press, 1995, pp. 202-231, Frank Pajares, "Self-efficacy beliefs in academic settings", en: Review of Educational Research, vol. 66, n.° 4, 1996 pp. 543-578.
8 En este campo en el área nacional se encuentra el trabajo de Jesús González, Glendys Ángel, Paola Lauretti, "La autoeficacia política frente a la política educativa universitaria en Venezuela", Revista Cuestiones Políticas, vol. 32, n.° 57, 2016, pp. 72-93.
9 Paola Lauretti, Eira Villalobos, Jesús González. "Escala de autoeficacia en manejo y resolución de conflictos: un diagnóstico de las capacidades en líderes comunitarios", ponencia presentada en el Congreso Internacional de Orientación Escolar y Profesional. La Orientación como propuesta para la Ecología Social, celebrado en Buenos Aires, Argentina del 18 al 20 de septiembre de 2008, 1-10.
10 En lo respectivo a este tópico se encuentran los trabajos de Albert Bandura, Aggression. A social learning theory. Englewood Cliffs. New Jersey. Prentice-Hall, 1973, Albert Bandura, "The self-system in reciprocal determinism", en: American Psychologist, n.° 33, 1978, pp. 344-356.
11 Albert Bandura, "Selective Activation and Disengagement of Moral Control", en: Journal of Social Issues, vol. 46, n.° 1, 1990, pp. 27-46.
12 Javier Durán, José Bustos, "Propiedades psicométricas de la escala de autoeficacia para prevenir el robo en la calle", Alternativas en Psicología, n.° 39, pp. 68-86.
13 Jesús González, Paola Laureti, "Autoeficacia del sujeto activo del hecho punible frente a los acuerdos reparatorios", Revista Derecho Penal y Criminología, vol. 38, n.° 105, julio-diciembre de 2017, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, pp. 127-158.
14 Eugenio Garrido, P. Stangeland, S. Redondo, Principios de Criminología, Valencia, España. Editorial Tirant lo Blanch, 1999.
15 En esta línea se encuentran las publicaciones de Wael Hikal, Criminología psicoanalítica, conductual y del desarrollo. La necesidad de sistematizar el conocimiento criminológico: las criminologías específicas, México, D. F., México, 2005; Miguel Soria, Dolores Sáiz (eds.), Psicología criminal. Madrid, España. Pearson Educación, S. A, 2005, Francisco Rodríguez, Carolina Bringas, Francisca Fariña, Ramón Arce, Ana Bernardo (eds.) Psicología jurídica. Entorno judicial y delincuencia. Oviedo, España. Ediciones de la Universidad de Oviedo, 2008.
16 Entre estos trabajos se hallan Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, "Teoría cognitiva social de la conducta moral y de la delictiva". Madrid, España, Universidad de Salamanca, 2001, pp. 1-31, Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, "Autoeficacia y delincuencia". Psicothema, n.° 14, 2002 pp. 63-71, Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, Autoeficacia y delincuencia, Madrid, España, Editorial Dykinson, 2009.
17 El quehacer politológico se desarrolla mediante la descripción, explicación y prescripción del hecho político, caracterizándose esta última acción por indicar como deberían ser las condiciones, situaciones o realidades presentadas, generando soluciones para resolver las problemáticas existentes.
18 Se trata del prominente Albert Bandura, en su trabajo "Self-efficacy: Toward a unifying theory of behavioral change". Psychological Review, n.° 84, 1977, pp. 191-215.
19 Al decir de Miguel Roca, "Autoeficacia: su valor para la psicoterapia cognitivo-conductal", Bandura formula su teoría de la Autoeficacia en el contexto de una re-conceptualización del aprendizaje y la motivación humana, 2002, p. 196.
20 Albert Bandura, "Comments on the crusade against the causal efficacy of human thought". Journal of Behavior Therapy and Experimental Psychiatry, vol. 26, n.° 3, 1995, pp. 179-190.
21 Albert Bandura, Pensamiento y acción. Fundamentos sociales. Barcelona. España, Martínez Roca, 1987.
22 Domingo Gallego, María Gallego, Educar la inteligencia emocional en el aula, pp. 125-126.
23 Al respecto, Eugenio Garrido, "Albert Bandura: voluntad científica", señala que Bandura con sus estudios primeramente buscaba probar que el aprendizaje vicario no era mimético, y una vez comprobado que el modelado funcionaba "llega el momento de probar la generalización y desintegrar sus componentes", p. 3.
24 Eira Villalobos, Modelo de desarrollo de capacidades para la resolución alternativa del conflicto en el contexto educativo venezolano, p. 77.
25 Véase a Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, "Teoría cognitiva social de la conducta moral y de la delictiva", 2001, pp. 1-31; Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, "Autoeficacia y delincuencia", 2002, pp. 63-71; Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, Autoeficacia y delincuencia, 2009.
26 Carlos Vásquez, "La autoeficacia para delinquir: una explicación de la conducta delictiva", p. 3.
27 Véase a Alexandra Bueno, Sandra Lima, Eva Peña, Cristina Cedillo, Mónica Aguilar, "Adaptación al español de la escala de autoeficacia general para su uso en el contexto ecuatoriano", 2018, p. 6.
28 Marisa Salanova, "Tecnoestrés y autoeficacia: ¿vinculando lo invinculable?", 2004, pp. 91-98.
29 María Beas, Marisa Salanova, "Autoeficacia y su relación con el bienestar psicológico y la formación con los ordenadores en usuarios de tecnología", 2004, pp. 106-115.
30 J. Maddux. Self-efficacy orientation and adjustment: Theoretical research and application. New York, United States, Plenum Press, 1995.
31 En relación a este tipo punible el Artículo 283 del Código Penal venezolano preceptúa que por el solo hecho de la instigación será castigado.
32 Ivonne Busot. Expectativas de eficacia del maestro en la disciplina del aula, 2007, pp. 26-27.
33 Edith Aristizábal, José Amar. Psicología forense. Estudio de la mente, 2012, p. 41.
34 Alejandro Moreno. "Los delincuentes violentos de origen popular en Venezuela", 2012, pp. 65-74.
35 José Arregui. Variables cognitivas y motivacionales relacionadas con el nivel de riesgo y el comportamiento de delincuentes juveniles y adultos, 2012, p. 3.
36 Robert Baron, Donn Byrne. Psicología social, 2005.
37 María Borzone, "Autoeficacia y vivencias académicas en estudiantes universitarios", 2017, pp. 266-274.
38 Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, "Teoría cognitiva social de la conducta moral y de la delictiva", 2001, p. 18.
39 Albert Bandura, Concetta Pastorelli, C. Barbaranelli, Gian Victorio Caprara, "Self-efficacy pathways to childhood depression", 1999, pp. 258-269.
40 Gabriela Troncoso, Ximena Burgos. Desarrollo de habilidades sociales en niños, niñas y jóvenes internos en hogares de menores en protección simple, p. 1.
41 Véase a K. Ludwig, J. Pittman, "Adolescent prosocial values and self-efficacy in relation to delinquency, risky sexual behavior, and drug use". Youth & Society, n.° 30, 1999, pp. 461-482.
42 Albert Bandura. "Mechanisms of moral disengagement in terrorism", pp. 161-191.
43 Con respecto a este aspecto en particular Fernando Rubio, establece que el desarrollo de la empatía constituye un aspecto fundamental para inhibir los impulsos agresivos y modula la autoeficacia para la violencia en las relaciones de noviazgo establecidas, 2016, p. 111.
44 Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, "Teoría cognitiva social de la conducta moral y de la delictiva", 2001.
45 Jaime Gómez, María Barreal, Natalie Guillén. "Aplicación de un programa de autoeficacia filial para optimizar la relación filial en adolescentes". Ajayu, vol. 7, n.° 2, 2009, p. 195.
46 Jaime Gómez, María Barreal, Natalie Guillén. "Aplicación de un programa de autoeficacia filial para optimizar la relación filial en adolescentes", 2009, p. 198.
47 Ángel Valdez, Ernesto Carlos, Jesús Tánori, Esthela Madrid. "Relación entre funcionamiento familiar, emociones morales y violencia entre estudiantes de primaria". Revista Mexicana de Investigación Educativa, vol. 21, n.° 71, 2016, pp. 1093-1110.
48 Ervyn Norza, José Ruiz, Sergio Useche. "Desarrollo moral, formación académica y criminalidad". Investigación Criminológica, vol. 3, nos. 1 y 2, 2012, pp. 1-113.
49 Cuando el sujeto no se ha iniciado en ningún tipo de acción delictual no tiene carrera delictual término que les es aplicable aquellos sujetos que tienen trayectoria criminal.
50 Jesús González, Paola Lauretti, "Autoeficacia del sujeto activo del hecho punible frente a los acuerdos reparatorios", 2017, p. 132.
51 Jesús González, Paola Lauretti, "Autoeficacia del sujeto activo del hecho punible frente a los acuerdos reparatorios", 2017, p. 129.
52 Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Guía de Introducción a la Prevención de la Reincidencia y la Reintegración Social de Delincuentes, 2012, pp. 2-3.
53 Este planteamiento es expuesto por Pablo Vacani, "Cómo pensar la resocialización. Aproximaciones y propuestas para su deslegitimación e invalidación judicial", quien se muestra poco optimista con respecto a las posibilidades de la reinserción social del penado en razón al rompimiento total que ha tenido la sociedad con el sujeto transgresor "que de ninguna manera permitirá su inserción posterior en el medio del que fue excluido", 2007, p. 21.
54 Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Guía de Introducción a la Prevención de la Reincidencia y la Reintegración Social de Delincuentes, 2012, p. 49.
55 Eugenio Garrido, Carmen Herrero, Jaume Masip, "Autoeficacia y delincuencia", 2002, p. 16.
56 Aludiendo este aspecto, Clarissa Pepe, en su investigación Anomia y delito en la posmodernidad. Estudio empírico, de carácter psicosocial, comparando presos y personas en situación o no de riesgo social, refiere que "aquellos sujetos cuyo acceso y horizontes de posibilidades se encuentran bloqueados, restringidos, disminuidos, quedan especial e inhumanamente afectados en su potencial de agencia", 2017, p. 94.
57 Clarissa Pepe. Anomia y delito en la posmodernidad. Estudio empírico, de carácter psicosocial, comparando presos y personas en situación o no de riesgo social, 2017, p. 94.


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