Revista de Derecho Privado
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<p>La Revista de Derecho Privado (ISSN impreso:0123-4366; ISSN digital: 2346-2442) es una publicación semestral que recoge los resultados de los trabajos de investigación de profesores y juristas nacionales y extranjeros, que sean de interés para la comunidad jurídica. La Revista aborda los temas del derecho privado, prestando especial atención a su desarrollo dentro del ámbito de la tradición romanista, para hacer evidentes los contrastes y las similitudes entre el sistema jurídico latinoamericano y el sistema jurídico europeo, sin descuidar, claro está, la confrontación, que hoy se hace obligatoria, con los sistemas del llamado derecho angloamericano.</p> <p>La Revista, puesta al servicio de la comunidad científica y académica en general (docentes, investigadores y estudiantes), y de los miembros del foro (abogados, jueces, servidores públicos y profesionales del derecho), está dirigida a todos aquellos juristas que, desde la teoría o la práctica, buscan profundizar en el conocimiento del derecho privado, con una visión que parte de las bases romanistas del mismo y llega a la identificación de un sistema propio latinoamericano que puede ser confrontado con el sistema europeo e incluso con el derecho de tradición anglosajona.</p> <p>La revista requiere que los autores autoricen, por medio de una licencia de uso, la edición, publicación, reproducción, distribución y comunicación pública de la obra de su autoría; tanto en soporte físico como digital, para fines exclusivamente científicos, culturales, de difusión y sin ánimo de lucro. Los autores conservan los derechos de autor y garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo, que estará licenciado con el Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual. La reproducción de los documentos en otros medios impresos y/o electrónicos debe incluir un reconocimiento de la autoría del trabajo y de su publicación inicial, tal como lo estipula la licencia. Los autores podrán divulgar su documento en cualquier repositorio o sitio web. Inmediatamente después de su publicación, los artículos serán enviados en medio magnético a las diferentes bases de datos y sistemas de indexación para la divulgación de su contenido. Los artículos también se pueden consultar gratuitamente en la página web: [www.uexternado.edu.co/derechoprivado], y en las bases de datos de Colciencias (categoría A2), ANVUR (categoría A), Emerging Sources Citation Index -Thomson Reuters, Scielo, Scopus, Redalyc, Latindex, Philosopher’s Index, Fuente Académica-EBSCO, Cengage Learning, Proquest, DOAJ, REDIB, Clase, Latam-Studies, HeinOnline, SSRN, Dialnet y Open Journal System.</p>Departamento de Derecho Civiles-ESRevista de Derecho Privado0123-4366<p><a href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/" rel="license"><img style="border-width: 0;" src="https://i.creativecommons.org/l/by-nc-sa/4.0/88x31.png" alt="Licencia Creative Commons"></a><br>Esta obra está bajo una <a href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/" rel="license">Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional</a>.</p>El nuevo régimen jurídico de los animales en las codificaciones civiles de Europa y América
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<p>El artículo analiza las reformas introducidas o proyectadas, en las últimas décadas, al régimen jurídico de los animales en algunas codificaciones civiles de Europa y América, en consonancia con la legislación sobre el bienestar animal, que califica a los animales no ya como cosas sino como seres sintientes. Este nuevo paradigma ha conducido a la superación de la tradicional dicotomía personas-cosas, mediante la configuración de un tertium genus a ellos dedicado, así como a la elaboración de un régimen jurídico especial, con repercusiones –principalmente– en materia de propiedad, responsabilidad civil, familia y sucesiones.</p>David Fabio Esborraz
Derechos de autor 2022 David Fabio Esborraz
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2023-02-142023-02-1444519010.18601/01234366.44.03Obligaciones de entregar
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Fernando Hinestrosa
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2023-02-142023-02-144451210.18601/01234366.44.01Comparar lealmente: la veracidad y demostrabilidad del mensaje publicitario en el derecho chileno
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<p>El presente artículo tiene por propósito responder a una pregunta relativa a la publicidad comparativa en la Ley 20.169 sobre competencia desleal chilena (en adelante LCD): ¿depende su licitud del hecho de que esta sea veraz y demostrable? Una lectura preliminar de la letra e) de su artículo 4.º podría inclinarnos a responderla afirmativamente. Sin embargo, un examen más detenido de la comparación publicitaria, a partir del método dogmático y del análisis empírico, muestra que, al menos en dos casos, no es así necesariamente.</p>Íñigo Andrés de la Maza Gazmuri Patricia Verónica López Díaz
Derechos de autor 2022 Íñigo Andrés de la Maza Gazmuri , Patricia Verónica López Díaz
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2023-02-142023-02-144414517610.18601/01234366.44.06Giros jurisprudenciales en la interpretación del artículo 1058 del Código de Comercio colombiano
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<p>Esta investigación identifica cómo ha sido interpretado por las altas cortes el artículo 1058 c.co. a la hora de resolver reclamaciones de seguros en las que las aseguradoras se niegan a pagar la indemnización por considerar que las tomadoras incumplieron con su deber precontractual de información. Se evidencia que las primeras interpretaciones favorecían la defensa planteada por las aseguradoras, pero que esta postura cambió al inclinarse las cortes por interpretaciones que privilegian a las demandantes, de tal forma que se tiende a mantener la validez del contrato de seguro y a condenar al pago de la indemnización.</p>María del Pilar Begué HoyosDaniel Vásquez Vega
Derechos de autor 2022 María del Pilar Begué Hoyos, Daniel Vásquez Vega
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2023-02-142023-02-144431334610.18601/01234366.44.11Delimitación de los efectos derivados del incumplimiento al deber de información precontractual a cargo del asegurador y del corredor de seguros en el derecho chileno
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<p>El ordenamiento jurídico chileno ha impuesto a los aseguradores y corredores de seguros especiales deberes de conducta durante el proceso de formación del contrato, que en su conjunto dan lugar a un deber de información en sentido omnicomprensivo, cuyo incumplimiento puede provocar diversos efectos, que van desde la modificación o adaptación del contrato hasta la nulidad, la indemnización de perjuicios y las sanciones administrativas. Nuestro objetivo general busca precisar los límites de los referidos efectos derivados del incumplimiento del deber de información.</p>Roberto Ríos Ossa
Derechos de autor 2022 Roberto Ríos Ossa
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2023-02-142023-02-144434738210.18601/01234366.44.12La prohibición de discriminación contractual: un asunto de dignidad humana, democracia y justicia
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<p>En el ámbito de los contratos resulta imperativo preservar los derechos fundamentales. El artículo trata en particular de la libertad, de la igualdad y de la no discriminación, con el propósito de señalar que la prohibición de discriminación contractual no se propone resolver un problema de acceso a los mercados, ni uno de mera tutela de la debilidad de quien la sufre, ni está exclusivamente dirigida a la garantía de la transparencia en el ámbito público de una oferta, sino que es un asunto de dignidad humana, de democracia y, en últimas, de justicia.</p>Martha Lucía Neme Villarreal
Derechos de autor 2022 Martha Lucía Neme Villarreal
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2023-02-142023-02-14449311610.18601/01234366.44.04La naturaleza de las reglas para la interpretación de los contratos. Análisis sobre su alcance conceptual en la atribución de significado a cláusulas contractuales
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<p>Las reglas sobre la interpretación de los contratos han sido reconstruidas como normas imperativas y facultativas en la doctrina y la jurisprudencia colombianas. Sin embargo, esta calificación teórico-dogmática falla porque no da cuenta de la naturaleza de las obligaciones que tienen los intérpretes ni explica su relevancia práctica. Este artículo propone que tales normas pueden ser reconstruidas como reglas conceptuales que fijan el significado de la actividad interpretativa. La interpretación contractual consiste en establecer la intención común desde la configuración de un código interpretativo particular y contingente que opera como criterio de interpretación o presupuesto para la selección de resultados interpretativos.</p>Dúber Armando Celis Vela
Derechos de autor 2022 Dúber Armando Celis Vela
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2023-02-142023-02-144411714110.18601/01234366.44.05La capacidad jurídica en la jurisprudencia peruana. Análisis cualitativo de las decisiones judiciales de restitución de capacidad jurídica y designaciones de apoyo en aplicación del Decreto Legislativo 1384
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<p>En cumplimiento del artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2018 Perú reformó su Código Civil eliminando la interdicción por motivos de discapacidad y creando un sistema de apoyos y salvaguardias. El presente artículo hipotetiza que, a poco más de tres años de la reforma, este cambio solo es aparente, pues en la práctica la sustitución de la voluntad se mantiene como regla. Para ello se analizan 34 decisiones judiciales de restitución de capacidad jurídica a efectos de demostrar la incompatibilidad con los estándares de capacidad jurídica propuestos a nivel internacional.</p>Renata Anahí Bregaglio Lazarte Renato Antonio Constantino Caycho
Derechos de autor 2022 Renata Anahí Bregaglio Lazarte , Renato Antonio Constantino Caycho
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2023-02-142023-02-1444154710.18601/01234366.44.02La sostenibilidad en las sociedades comerciales colombianas: su exigibilidad a través del deber fiduciario
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<p>Este trabajo se propone examinar la exigibilidad de la sostenibilidad en las personas jurídicas derivada del deber fiduciario de los administradores sociales, teniendo en cuenta para ello los deberes generales de diligencia, lealtad y buena fe. Se indagará, puntualmente, si en razón de estos se hace obligatoria la inclusión de análisis de sostenibilidad bajo el lente de la gestión de riesgos y de la asunción prudente de los mismos, arribando a una conclusión afirmativa en lo que atañe al deber fiduciario de diligencia.</p>Elisa Alemán Vásquez Carolina Jiménez Molina
Derechos de autor 2022 Elisa Alemán Vásquez , Carolina Jiménez Molina
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2023-02-142023-02-144417921310.18601/01234366.44.07El interés social en las sociedades anónimas chilenas: una relectura a la luz del buen gobierno corporativo
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<p>Si bien en la actualidad no existe una definición normativa de interés social, ni un precepto que otorgue criterios concretos para su intelección, la pregunta que pretendemos responder en el siguiente texto es si la doctrina y la jurisprudencia pueden reinterpretar la clásica noción contractual de esta noción, que se ha cimentado hasta ahora. Nuestra hipótesis es que ello es factible a partir de una interpretación armónica y sistemática de las últimas reformas realizadas en la materia, pues la influencia del modelo de gobierno corporativo incorporado en los últimos años nos invita a una necesaria y obligada relectura, lo que se traduce en algunas consecuencias que no se pueden soslayar.</p>María Fernanda Vásquez Palma
Derechos de autor 2022 María Fernanda Vásquez Palma
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2023-02-142023-02-144421524510.18601/01234366.44.08La acción de corrección de acuerdos ilegales o abusivos en la junta de accionistas de la sociedad anónima en la legislación chilena
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<p>El artículo analiza la corrección de acuerdos de la junta de accionistas como un remedio frente a sus decisiones ilegales o abusivas, explora sus características y determina en qué casos proveería una solución adecuada al conflicto entre mayoría y minoría de accionistas. Asimismo, indaga la admisibilidad de la acción de corrección de acuerdos en la ley chilena, y describe algunos de sus aspectos procesales.</p>Pablo Manterola
Derechos de autor 2022 Pablo Manterola
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2023-02-142023-02-144424727110.18601/01234366.44.09Breakup fees o pagos por terminación en las ofertas públicas de adquisición (OPA): ¿por qué no los asume la compañía objetivo?
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<p>Los breakup fees o pagos por terminación operan como instrumentos distributivos del riesgo que permite el reembolso de lo invertido cuando la operación se frustra por alguna de las causales definidas en el acuerdo. Con todo, han sido objeto de intenso debate cuando el reembolso se establece en favor del comprador por las repercusiones que pueden tener sobre la compañía objetivo, sus accionistas y el bienestar social. En esta línea, el Decreto 2555 de 2010 y la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia han optado por una solución restrictiva que proscribe los pagos asumidos por la compañía objetivo. Pese a las nobles intenciones que persigue la norma, ha llegado el momento de modificar la estrategia, pues no existe información que permita establecer de forma concluyente que la prohibición mejora la posición de los accionistas y, por el contrario, puede estar afectando el volumen de operaciones y los precios de venta. Teniendo esto presente, se propone la adopción de un modelo regulatorio que establezca de antemano los requisitos que deberán cumplir los administradores cuando los negocian.</p>Sergio Carreño Mendoza
Derechos de autor 2022 Sergio Carreño Mendoza
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2023-02-142023-02-144427530910.18601/01234366.44.10