Nómadas digitales: inquietudes laborales
Digital nomads: job-related concerns*
Santander Rafael Brito Cuadrado**
Lena Del Mar Sánchez Valenzuela***
* Recibido el 5 de octubre de 2023. Aceptado el 6 de diciembre de 2023.
DOI: https://doi.org/10.18601/30283574.v01n01.10
** Abogado colombiano, especialista en Instituciones Jurídicas Laborales y de la Seguridad Social de la Universidad Nacional de Colombia y en Seguridad Social de la Universidad Externado de Colombia. Actualmente se desempeña como magistrado titular de descongestión de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Corte Suprema de Justicia. ORCID: https://orcid.org/0009-0000-3568-6303
*** Abogada colombiana, especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Libre, Derecho Laboral y Seguridad Social de la Universidad Católica de Colombia y magíster en la misma área con la primera de las universidades mencionadas. Actualmente se desempeña como magistrada auxiliar de descongestión en la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Corte Suprema de Justicia. ORCID: https://orcid.org/0000-0001-9686-5006
Resumen
Existe un tipo de trabajadores que, mediante el uso de TIC, laboran voluntariamente en forma remota, al tiempo que viven y viajan por todo el mundo, lo que les permite desplazarse por países y lugares distintos al de su origen mientras realizan las labores para las cuales fueron contratados. Denominados nómadas digitales, son personas que ejercen el turismo mientras trabajan para empleadores que no están ubicados en el lugar de destino; algunos países los han habilitado con visados que les permiten tal actividad que, en todo caso, no se enmarca como un permiso oficial de trabajo, pues, aun cuando son extranjeros, no tienen como fin trabajar legalmente para empresas radicadas dentro de sus fronteras. Aunque como modalidad de trabajo remoto internacional se les exige contar con ciertas pólizas de seguro y algunos mínimos de ingresos o acreditación de disponibilidad bancaria para respaldar su estadía, desde la óptica del derecho del trabajo y la seguridad social, los nómadas digitales por cuenta ajena representan variables problemáticas e inquietudes por resolver. Este artículo, organizado en cuatro partes, introduce el tema, conceptualiza y contextualiza la situación; aporta a la comprensión de la forma de trabajo como modalidad de trabajo remoto internacional; aborda las variables problemáticas cuando los servicios son prestados por cuenta ajena, por pasar a ser objeto del derecho del trabajo y la seguridad social; incluye el estudio de un caso hipotético que permite comprender mejor lo planteado, y describe posibles desafíos.
Palabras clave: Nómadas digitales, trabajo remoto internacional, regulación laboral.
Abstract
There is a distinct group of workers who uses ICT for remote work. They voluntarily choose this lifestyle, which allows them to live and travel globally. Known as digital nomads, these individuals work remotely while engaging in tourism. They are employed by companies not based in their locations. Some countries offer specific visas for these activities. However, these visas do not serve as official work permits. The primary intent of digital nomads is not to engage in legal employment within the host countries. As part of this international remote work arrangement, digital nomads must maintain certain insurance policies. They are also required to demonstrate a minimum income level or financial solvency. From a legal standpoint, freelance digital nomads raise complex issues in labor law and social security. This article, divided into four sections, explores these challenges. It begins by introducing and contextualizing the digital nomad lifestyle. The second part delves into the nuances of this form of international remote work. The third section examines the legal complications arising from freelance arrangements. Lastly, it presents a hypothetical case study to illustrate these points, highlighting potential challenges.
Keywords: Digital nomads, international remote work, labor regulation.
1. Introducción
La aplicación cada vez más acelerada y extendida de tecnologías digitales en los campos social y empresarial, que se acentuó con la pandemia de COVID-19, puso en evidencia la existencia de una clase de trabajadores denominados nómadas digitales, cuya forma de trabajar implica discusiones que van más allá de las diatribas sobre la existencia de la relación de trabajo o el derecho de este grupo de trabajadores a la protección social, como sucede en el caso de las plataformas digitales y otros campos.
El nomadismo digital lleva implícito el elemento de voluntariedad de los trabajadores que, teniendo la posibilidad de contar con un lugar fijo de trabajo, optan por prestar sus servicios de forma remota, desplazándose por gusto de un país a otro, pero permaneciendo conectados vía internet para el desempeño de sus labores, lo cual en nada es asimilable a las migraciones laborales forzadas1.
Dicho en otras palabras, estos trabajadores son personas que, beneficiándose de las posibilidades de la apertura de los modelos de mercado, por medio del uso de las TIC, laboran para una o varias empresas geolocalizadas o no, fuera de su país y sin contar con un lugar de trabajo y residencia fijos. Esto hace de su estilo de vida, uno móvil e independiente, en el que el espacio físico se vuelve irrelevante y el tiempo juega un papel diferente2, porque se trata de seres digitales orientados hacia la expansión de una sociedad informacional como expresión material de un cambio histórico, estructural y de identidad cultural3.
Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), a la cual pertenece Colombia desde el 28 de abril de 2020, el término nómada digital se originó en 1997. Este hace referencia a un estilo de vida independiente de la ubicación y habilitado por la tecnología (location-independent, technology-enabled), que tiene quien trabaja de manera remota desde un país por el cual optó, por diversas circunstancias como la existencia de un régimen tributario favorable, una alta calidad de vida o el bajo costo de manutención4.
En palabras de ChatGPT, se trata de
sujetos que por iniciativa propia utilizan la tecnología para trabajar de manera remota y tener la libertad de vivir y laborar desde diferentes lugares del mundo. Utilizan herramientas digitales como computadoras portátiles, teléfonos inteligentes y conexión a internet para llevar a cabo sus actividades sin necesidad de estar en una ubicación fija. Esto les permite viajar y explorar distintos destinos mientras continúan trabajando5.
Generalmente, estos suelen ser: freelancers, emprendedores o empleados de empresas que trabajan desde lugares turísticos, cafeterías, librerías, bibliotecas públicas, espacios de coworking, home office, entre otros6. Según el oficio que desempeñan, por lo general son: desarrolladores de software, diseñadores web, expertos en SEO (mecanismo que da visibilidad y posición de páginas web en los motores de búsqueda), creadores de contenido, community managers (responsables de construir y administrar una comunidad online), asistentes virtuales, fotógrafos, consultores fiscales, contables, traductores, marketers (llevan a cabo distintas actuaciones del proceso de comercialización de un producto o servicios), traders (expertos en cotizar valores financieros), copywriters (producen textos persuasivos para acciones de mercadeo y venta), productores de videos, blogueros profesionales, abogados o profesores de inglés.
Estos trabajadores pueden optar, incluso, por el uso del metaverso como plataforma de comunicación con la empresa contratante, pues, en últimas, la característica principal de este tipo de trabajo por cuenta ajena es la movilidad voluntaria de un país a otro, mas no el canal de conexión virtual que se pacte.
Destaca, en todo caso, que el surgimiento de estos trabajadores no es nuevo, porque desde finales del siglo XX, cuando la virtualización generalizada aún era una utopía, ya se gestaba la idea de un modelo cultural móvil basado en el modernismo tecnológico peregrino, en contraposición al sedentarismo digital de los años 90, que propendía a excluir la movilidad física para hacer todo desde casa, descripción que se puede ampliar consultando el manifiesto de los nómadas digitales de 19977.
Esto demuestra que los avances en la comunicación digital posibilitan el retorno voluntario del ser humano a su esencia nomadista, abandonada desde hace 10000 años con la aparición de la agricultura8 y frustrada con la reconstrucción del mundo luego de las dos guerras mundiales9.
Lo explicado hasta aquí supone un cambio de paradigma en el rol del trabajador, en lo que refiere a la prestación de sus servicios a su empleador o contratante, puesto que transforma el modelo de sujeción del primero al segundo e impacta al derecho del trabajo en lo que compete a la determinación de la aplicación de la ley, desde el punto de vista del principio de territorialidad, cuando se está en presencia de un trabajador por cuenta ajena, que reclama sus derechos.
La exposición que aquí se presenta se centra en observar, a partir de un estudio de caso, si la regulación migratoria de los nómadas digitales por sí misma, como alternativa para el turismo, es suficiente para garantizar las prerrogativas mínimas e irrenunciables de los laborantes por cuenta ajena, a partir de los niveles mínimos de ingreso y aseguramientos que exige, o si, por el contrario, los países dadores de este tipo de visados deberían contemplar un tipo de convenio transnacional, en vías de pactar una reglamentación única para los trabajadores, con el propósito de adelantarse a los desafíos que aquellos comportan para el derecho del trabajo y la seguridad social.
Este artículo se compone de cuatro partes. La primera introduce al tema y busca conceptualizar, además de contextualizar la situación; la segunda aporta a la comprensión de la forma de trabajo de los nómadas digitales como modalidad de trabajo remoto internacional; la tercera aborda las variables problemáticas de esta modalidad de trabajo cuando los servicios son prestados por cuenta ajena, por pasar a ser objeto del derecho del trabajo y la seguridad social, e incluye el estudio de un caso que permite comprender mejor lo planteado, y la cuarta presenta conclusiones y describe posibles desafíos.
El análisis realizado es de tipo cualitativo exploratorio y con este se busca lograr, por un lado, un acercamiento a la gestación del nomadismo digital como modalidad laboral y, por otro, su reglamentación en siete países, incluido Colombia. Con la exposición de un estudio de caso, se busca facilitar la comprensión y materialización del planteamiento propuesto. Como complemento para el análisis, el ejercicio realizado se nutrirá de las estadísticas adelantadas por los organismos internacionales antes mencionados y los portales web consultados.
2. Nómadas digitales como modalidad de trabajo remoto internacional
Entendido el trabajo remoto como una modalidad de trabajo fuera del entorno de una oficina que puede desarrollarse desde cualquier parte, siempre que se cuente con una conexión a internet, pero también como forma de ejecución del contrato de trabajo que aprovecha la globalización de las tecnologías y los medios dispuestos para ello, el nomadismo digital se presenta como una variable que implica la movilidad temporal internacional del laborante, enmarcado jurídicamente como una figura de regulación migratoria10, puesto que, en derecho laboral, se asimila a un teletrabajador itinerante internacional que presta sus servicios desde cualquier país diferente al de su origen.
Con el objeto de dar apertura a este tipo de trabajadores, conscientes de las limitaciones de los visados de turismo que no les permiten trabajar a los viajeros, pero tampoco les facilitan la concesión de las habilitantes como trabajadores si no poseen un contrato con una empresa local o una carta de invitación, son varios los países que han optado por expedir visas para nómadas digitales, a fin de proporcionar liberalidad en la ejecución de las labores del trabajador itinerante. Estas, en términos generales, exigen a los aplicantes contar con unos recursos económicos para cubrir su estancia, monto que varía según el país que la conceda. Entre otros factores exigidos, destacan la demostración bancaria de un nivel de ingresos constantes mínimos, la tenencia de un seguro de viaje y la ausencia de antecedentes penales, lo que hace del nómada digital un tipo de trabajador de élite con altos recursos financieros.
Al consultar el portal web de Planet Nomad, se encuentra que 41 de los 195 países11 que existen actualmente en el mundo han optado por emitir este tipo de visado, medidas que se tomaron, principalmente, en el periodo 2020-2023. En la mayoría de los casos, está pendiente la reglamentación de dicha medida o se está a la espera de la habilitación de su vigencia. El portal web mencionado ofrece la lista completa de los países que conceden ese tipo de visado y sus requisitos; esta se puede ver en la tabla 1.
A continuación, se describen las condiciones básicas exigidas por algunos países para este tipo de visado.
A. España
Bajo la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, o Ley de Startups, el país ibérico permite una visa de 12 meses, prorrogable hasta por 24 más, para vivir y trabajar en remoto de manera legal, beneficiándose de un régimen fiscal especial que les permite a los nómadas digitales tributar únicamente el 24 % de sus ingresos, a modo de exención12.
Esto, siempre que los solicitantes del visado cuenten con una relación laboral continuada por un espacio no inferior a tres meses, que la empresa certifique la autorización para trabajar en remoto, que el empleador lleve operando en el mercado al menos un año, que los solicitantes cuenten con un grado universitario o experiencia laboral de mínimo tres años13, que estos demuestren la posesión de fondos económicos aproximados de 25 000 € en una cuenta bancaria o ingresos mensuales de mínimo 2151 €, que cuenten con un seguro de salud pública que acredite el buen estado de salud y no tengan antecedentes penales14.
B. Alemania
Para optar por el visado de nómadas digitales, se debe contar con un ingreso de 9000 € y, si tiene una edad superior a 45 años, se debe tener un plan de pensión mensual de 1333 € mensuales durante al menos doce años y activos de 194 631 €.
La vigencia de esta visa es de seis meses a tres años. Si la nacionalidad del solicitante es de Estados Unidos, Australia, Canadá, Israel, Japón, Nueva Zelanda o Corea del Sur, el trabajador no requiere este visado, pues basta con que demuestre tener un alojamiento, un seguro médico y registrarse en la oficina de impuestos15.
En Alemania, el permiso de residencia temporal para extranjeros, en este caso, para los nómadas digitales, está reglamentado desde el año 2008 con la Ley sobre Residencia, Actividad Económica e Integración de Extranjeros en el Territorio Federal16. Esta norma enmarca a dicho tipo de trabajadores, principalmente, en el capítulo de trabajadores por cuenta propia y abre una serie de posibilidades en lo que trata sobre permisos de corta duración con fines de actividad económica. La obligación de tributación se ha establecido para los freelancers que devenguen más de 9000 € y, eventualmente, estos también tendrían que ser responsables de declarar IVA.
C. Portugal
Esta visa para nómadas digitales tiene una duración de un año y es prorrogable hasta por cinco. Para obtenerla, el solicitante no debe tener antecedentes penales y debe acreditar un ingreso mensual mínimo de 580 €, contar con un seguro médico internacional y tener una certificación de autoridad en la que conste que se cuenta con la competencia profesional en la actividad especializada a desarrollar17.
Estos requisitos fueron insertos en la modificación reciente en 2022 con la Ley 18 del 25 de agosto del mismo año, a fin de habilitar al titular de la solicitud para trabajar en forma remota desde el país, siempre que se trate de una persona física o jurídica con residencia fuera de su territorio nacional18.
Antes, el visado para trabajadores remotos estaba previsto con la Ley 13 de 2007, que establecía la visa D7 para pensionistas y titulares de origen pasivo, incluidos los trabajadores a distancia.
D. Italia
Este visado, que aún no entra en vigencia y será válido hasta por dos años, no aplicará para nacionalidades de algunos países de la Unión Europea y, para ser elegible, el aplicante deberá contar con un certificado bancario que acredite que cuenta con al menos 8500 € disponibles. Además, tendrá que estar libre de antecedentes penales, contar con un seguro médico, certificado de alojamiento y certificado de educación de posgrado; esto último, por tratarse de un permiso autorizado únicamente a trabajadores de alto perfil profesional19.
La norma eleva a categoría de ley el Decreto Ley 4 del 27 de enero de 2022, que acogió el procedimiento de ingreso específico de los trabajadores digitales y a distancia no comunitarios, puesto que por medio de ella se adoptaron "medidas urgentes en materia de apoyo a las empresas y operadores económicos, al trabajo, a la salud y a los servicios territoriales, relacionados con la emergencia COVID-19, así como para la contención de los efectos de los aumentos de precios en el sector eléctrico"20.
E. Brasil
Como lo define la Resolución n.° 45 de 2021, para la obtención de este visado se exigen documentos que comprueben que la persona tiene actividades laborales fuera de Brasil. El aplicante no debe presentar antecedentes penales en su lugar o lugares de residencia de los últimos cinco años y debe contar con un seguro de salud en el país, ingresos mensuales de 1500 USD o tener 18000 USD disponibles en sus fondos bancarios. Además, debe presentar una declaración ante notario que confirme su capacidad para realizar actividades profesionales a distancia y mediante el uso de TIC21.
En lo que comporta a sus obligaciones fiscales, en Brasil, al igual que otros países latinoamericanos, los nómadas digitales deben pagar impuestos anuales en función de los que hubieren recibido durante el tiempo de permanencia en el territorial nacional.
F. Colombia
Esta visa fue creada en 2020, mediante Ley 2069 de 202022 y Resolución 5488 de 202223. Para obtener este visado se exige demostrar el vínculo con una empresa extranjera, además de especificar el tipo de nexo y de remuneración que percibe. La persona solicitante también debe presentar una póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, que esté vigente por el tiempo previsto para su permanencia en el país. En la regulación se prohíbe al beneficiado trabajar o desarrollar actividad remunerada con personas jurídicas o naturales domiciliadas en el territorio nacional.
Desde el punto de vista fiscal, hasta el momento no se halla dispuesta ninguna norma que lo ampare del pago de impuestos, conforme lo explicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en un concepto jurídico en julio de 202324.
G. Costa Rica
Consultado el Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ), se evidencia que en este país los nómadas digitales están regulados por la Ley 1008 del 11 de agosto de 2021. En esta norma se define como nómada digital a la
persona extranjera que presta servicios remunerados de forma remota, de manera subordinada o no, utilizando medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos, en favor de una persona física o jurídica que se encuentra en el exterior, por lo cual recibe un pago o una remuneración proveniente del exterior. Tendrá la categoría migratoria de no residente, dentro de la subcategoría de estancia, según se categoriza en la Ley 8764, Ley General de Migración y Extranjería, de 19 de agosto de 200925.
Dicho esto, el Gobierno costarricense exige a los aplicantes tener una remuneración mensual proveniente del exterior de mínimo 3000 USD26 o tener 60 000 USD en una cuenta bancaria de este país27, y acreditar que, en todo caso, existe la continuidad de una remuneración, así el trabajador autónomo no se encuentre en su lugar de origen. Además, exige contar con una póliza de seguro médico que cubra al interesado durante toda su estancia en Costa Rica.
Este visado otorga permiso de permanencia hasta por dos años y puede extenderse al grupo familiar del nómada digital si su ingreso mensual asciende a por lo menos 4000 USD mensuales y sus familiares cuentan con una póliza médica con la cobertura que la Dirección de General de Migración y Extranjería del país determine.
Como beneficio, este permiso genera una exención tributaria a los beneficiarios por no ser considerados como residentes habituales del país para efectos fiscales, bajo el razonamiento de que los ingresos que reciben del exterior no son de fuente nacional.
3. Variables problemáticas ante el derecho del trabajo y la seguridad social
La proliferación de los visados para nómadas digitales se muestra como una oportunidad de reactivación para el sector turístico, por tratarse de viajeros que buscan una oferta de alojamientos a mediano y largo plazo. Según De Carlo28, fundador y CEO de Automatiking, una agencia italiana de automatización, en enero de 2019 las búsquedas de digital nomads en Google alcanzaban 1,3 millones y ascendieron en septiembre de 2020 a 5,7 millones, lo que puede dar indicios de la existencia de un nicho de alta demanda en el mercado.
Aunque la regulación migratoria es clara en que el trabajador que desee acceder a los visados ofertados debe demostrar medios de subsistencia suficientes en el país de destino, hasta el momento no existe una legislación transversal internacional que garantice la protección al nómada digital ante controversias con su empleador, más allá de una póliza de garantía en caso de la concreción de coberturas por riesgo en salud o muerte.
Esta circunstancia genera dudas sobre la protección del trabajador y la aplicación de la ley, cuando se está en presencia de un trabajador por cuenta ajena, que reclama sus derechos laborales. Es importante aclarar que esto no incluye a los trabajadores por cuenta propia, por cuanto ellos, por sí mismos, optan por la asunción personal del riesgo y deciden libremente el tipo de póliza internacional que soportará sus viajes mientras desarrollan su emprendimiento.
4. Estudio de caso
Acudiendo a las técnicas metodológicas utilizadas en la formación jurídica, se presenta el siguiente caso hipotético propuesto por los autores, basado en el modelo empírico-cualitativo que permite plasmar en la práctica características del objeto de estudio que, por el momento, no es susceptible de cuantificarse, en lo que tiene que ver con los nómadas digitales por cuenta ajena, pero que resulta necesario conocer para poder caracterizarlo, interpretarlo y entenderlo29.
Para contextualizar el planteamiento, se presenta el siguiente caso, se insiste, hipotético:
Este caso plantea las siguientes inquietudes jurídicas:
Como quiera que no se localizan antecedentes normativos ni doctrinarios laborales, como tampoco jurisprudenciales, lo que se expone a continuación es más de orden práctico que teórico.
Para efectos de aproximar una solución a cada una de las preguntas formuladas, teniendo como marco el caso planteado, la norma sustantiva y adjetiva laboral aplicable para dirimir la controversia sería la del lugar desde donde proviene la supuesta subordinación, esto es Portugal o, en su defecto, Italia, atendiendo que esta es la sede principal de las oficinas de la empresa contratante, en suma, la del domicilio del contratante. Se deja de lado la norma aplicable en el lugar en donde se presta el servicio, porque el laborante es nómada, así como la del lugar en donde se formaliza el vínculo, pues este se hace de manera electrónica, cualquiera que sea el lugar en donde se encuentre el trabajador.
Cabe la posibilidad de que las partes puedan acordar la aplicación de la ley vigente en cualquiera de los sitios mencionados (Costa Rica, Colombia, Portugal, Italia) o en otros, evento en el cual se deberá tener en cuenta que la designación del lugar no debe causar erogaciones adicionales al trabajador que hagan costosa la defensa de los derechos que reclama.
Determinado el lugar en donde se debe adelantar la causa judicial, le son aplicables las normas sustanciales en su totalidad que rijan el contrato de trabajo en ese país.
Lo anterior excluye la aplicación de las disposiciones vigentes en el lugar en donde se realiza el trabajo y despeja el camino frente a un posible conflicto de normas sustanciales imperantes en distintos países.
En relación con los aportes al sistema pensional, habría que diferenciar los nómadas digitales por cuenta propia de los de por cuenta ajena, pues para los primeros sus cotizaciones deberían hacerlo en el país de origen o de su residencia fiscal (Costa Rica u otro en donde se registre como residente fiscal), en tanto que los segundos en el país de donde deriva la subordinación (Portugal o Italia).
Ahora, desde el punto de vista fiscal, el lugar de tributación del trabajador sería el de su domicilio (Costa Rica), aclarando que, en todo caso, por sus ingresos, también debe tributar en el lugar en que se hace el pago de sus honorarios (Portugal), salvo la existencia entre los países involucrados de convenios para evitar la doble tributación; así mismo, asumir los costos impositivos que se exigen en cada país a donde llegue o permanezca.
Y, conforme a la reciente modificación en la Unión Europea, signada el 29 de junio de 2023, con relación a la legislación aplicable en materia de seguridad social a corto plazo para los trabajadores transfronterizos, que permite la flexibilización del régimen de cotización cuando las labores han sido prestadas en dos o más países europeos que hayan firmado el Acuerdo 17874 de 202330, en el caso hipotético de estudio que se presenta, Italia como país en que está situado el empleador y Portugal como territorio desde donde fue contratada la trabajadora, la legislación aplicable será la del Estado en el que el empresario tenga su sede o su domicilio, siempre que el teletrabajo transfronterizo realizado en el Estado de residencia sea inferior al 50 % del tiempo de trabajo total, si Italia hubiere suscrito el acuerdo en mención luego del 1° de julio de 202331. Queda, en todo caso, sin respuesta cuál sería la solución jurídica para sumar los tiempos de cotización para pensión en los países europeos con los reportados por Martha en su lugar de origen, en caso de no existir convenios internacionales de reconocimiento pensional con Costa Rica.
Todo lo anterior significa que no habría lugar a aplicar la normativa laboral y de seguridad social de Colombia como tampoco que este tendría jurisdicción para su solución.
5. Conclusiones
El criterio lex loci solutionis aplicado al principio de territorialidad a las controversias derivadas del esclarecimiento de la existencia de relaciones laborales con nómadas digitales se muestra insuficiente cuando en el marco de una misma relación de trabajo el servicio es prestado por el itinerante desde distintos países y con estadías cortas.
Igualmente sucede con el lex loci contractus, porque sería llevar al extremo al trabajador de quedar excluido de los beneficios que la legislación de su país de origen, o del lugar donde se encuentre o del país de donde se derive la subordinación, le puedan ofrecer.
La regulación de los nómadas digitales, más allá de las facilidades migratorias, debe propender a la salvaguarda de los derechos laborales mínimos e irrenunciables, como garantías que atiendan el carácter protectorio de la legislación del trabajo, sin importar los entornos tecnológicos en que se desarrollen.
Los nómadas digitales deberían gozar de un piso mínimo internacional que opere hasta por tres meses, financiado a modo de aseguramiento exigible al empleador, cuando encontrándose fuera de su país de origen sean desvinculados de sus labores de facto, en vía de garantizar un sustento supletorio temporal mientras logra su retorno. Esto, porque, aun cuando el nomadismo digital es una opción voluntaria de vida, ello en nada desdice el hecho de encontrarse ante un trabajador con derecho a la estabilidad laboral relativa.
Sería adecuado que la regulación de los nómadas digitales estuviera dotada de la existencia de convenios que excluyan la doble imposición tributaria, que protejan los ingresos laborales, es decir, herramientas jurídicas que eviten el pago doble de impuestos por el mismo tipo de hecho imponible en los países que durante el año inmediatamente anterior a la tributación el trabajador haya habitado, describiendo con precisión las reglas para determinar la residencia fiscal en caso de conflicto, especialmente en lo que refiere a las estadías de corta duración.
Los países que brindan visado de nómadas digitales deberían contemplar en el futuro un tipo de convenio transnacional en vías de plantear una reglamentación única para los trabajadores, adelantándose a los desafíos que en materia del derecho del trabajo y la seguridad social aquellos representan.
Notas
1 "Foro OIT y OIM: una mirada hacia las oportunidades de la migración laboral", Sala de prensa, OIT San José, publicado el 20 de septiembre de 2021, https://ilo.org/sanjose/sala-de-prensa/WCMS_820345/lang--es/index.htm
2 Nicholas Negroponte, El mundo digital (Barcelona: Ediciones B, 1995), 9, https://users.dcc.uchile.cl/~cgutierr/cursos/INV/serDigital.pdf
3 Manuel Castells, "Espacios públicos en la sociedad informacional", Ciutat real, ciutat ideal. Significat i funció a l'espai urbà modern, "Urbanitats", núm. 7 (1998): 1, https://www.cccb.org/rcs_gene/espacios_publicos_cast.pdf
4 "Should OECD countries develop new Digital Nomad Visas?" (Migración Policy Debates, n.° 27, OCDE, July 2022), https://www.oecd.org/migration/mig/MPD-27-Should-OECD-countries-develop-new-Digital-Nomad-Visas-July2022.pdf
5 ChatGPT. (23 de septiembre de 2023). [Respuesta a la pregunta "¿Qué son nómadas digitales?"], Comunicación personal.
6 Antonio Fernández Vicente (coord.), Nomadismos contemporáneos: formas tecnoculturales de la globalización (Murcia: Universidad de Murcia, 2010): 20.
7 Tsugio Makimoto y David Manners, Digital Nomad (Wiley, 1997).
8 "Nómada digital: manifiesto", Rebelión Antigua (blog), consultado el 20 de septiembre de 2023, https://blog.rebelionantigua.com/el-manifiesto-del-nomada-digital/
9 José Luis Molinuevo, "La crisis de los nómadas digitales", Taula: Quaderns de pensamen, núm. 40 (2006): 110, https://www.raco.cat/index.php/Taula/article/download/211342/281487
10 Esperanza Macarena Sierra Benítez, "La protección social en la encrucijada. La expansión del trabajo remoto y la recepción en Europa de los nómadas digitales", Revista Direito e Justiça: Reflexões Sociojurídicas 6, núm. 2 (2021): 8-18, https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2021.i02.01
11 Cfr. "40 países que ofrecen visas para nómadas digitales en 2023", Consejos para viajeros, Planet Nomads, actualizado el 1 de diciembre de 2023, https://www.planet-nomad.com/es/visas-para-nomadas-digitales/
12 "Digital Nomad Visa in Spain", Inmigration Lawyers Spain, consultado el 29 de noviembre de 2023, https://www.immigrationspain.es/en/visa-for-digital-nomads/
13 Ley 28 de 2022, sobre el fomento del ecosistema de las empresas emergentes, 21 de diciembre de 2022, BOE núm. 306, 22 de diciembre de 2022, arts. 62, 74 bis, 74 ter, https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-21739.
14 "40 países que ofrecen visas para nómadas digitales", núm 1; "Digital Nomad Visa in Spain", núm. 7.
15 Mikkel Thorup, "Cómo aplicar a la visa de nómada digital de Alemania", Expat Money, secc. 4, consultado el 29 de noviembre de 2023, https://expatmoney.com/es/blog/visa-de-nomada-digital-de-alemania
16 Ley de residencia, en su versión promulgada el 25 de febrero de 2008 (Boletín Oficial Federal I, 162), modificada por última vez por el artículo 4b de la Ley de 17 de febrero de 2020 (Boletín Oficial Federal I, 166), https://www.gesetze-im-internet.de/englisch_aufenthg/englisch_aufenthg.html#p0624
17 Mikkel Thorup, "Visa de nómada digital de Portugal", Expat Money, secc. 3, consultado el 29 de noviembre de 2023, https://expatmoney.com/es/blog/visa-de-nomada-digital-de-portugal
18 Ley 18 del 25 de agosto de 2022, por la cual se modifica el régimen jurídico de entrada, permanencia, salida y salida de extranjeros del territorio nacional, Diario da República n° 164/2022, serie I del 25-08-2022, pp. 2-137, Asamblea de la República, https://diariodarepublica.pt/dr/detalhe/lei/18-2022-200268064
19 "Visa Nómada Digital para Italia", Servicio Legal, consultado el 6 de octubre de 2023, https://serviciolegal.com.co/visa-nomada-digital-para-italia/
20 Legislatura XVIII, proyecto de ley n.° 2505, Conversión en ley, con modificaciones, del decreto legislativo de 27 de enero de 2022, n.° 4, que contiene medidas urgentes en materia de apoyo a las empresas y operadores económicos, al trabajo, a la salud y a los servicios territoriales, relacionados con la emergencia COVID-19, así como para la contención de los efectos de los aumentos de precios en el sector eléctrico, https://www.senato.it/japp/bgt/showdoc/18/DDLMESS/0/1343773/index.html?part=ddlmess_ddlmess1-articolato_articolato1
21 Resolución CNIG MJSP n.° 45 [Consejo Nacional de Inmigración], sobre la concesión de visado temporal y autorización de residencia para inmigrante, sin vínculo laboral en Brasil, cuya actividad profesional pueda ser realizada de forma remota, denominado "nómada digital", https://portaldeimigracao.mj.gov.br/images/resolucoes_normativas/RESOLUÇÃO_CNIG_MJSP_N°_45_DE_9_DE_SETEMBRO_DE_2021.pdf
22 Ley 2069 de 2020, por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia, 31 de diciembre de 2020, https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=160966. Modificada por el Decreto 263 de 2021 y adicionada por la Ley 2337 de 2023.
23 Resolución 5488 de 2022 [Ministerio de Relaciones Exteriores], por la cual se establecen disposiciones sobre exención de visas, visas en tránsito y se dictan otras disposiciones en materia migratoria, 22 de julio de 2022, DO 52 103, https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_5488_2022.htm
24 Concepto 9077 (Int 777) de 2023, julio 13, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_9079_2023.htm?resaltar=n%F3madas+digitales
25 Ley 1008 de 2021, Ley para atraer trabajadores y prestadores remotos de servicios de carácter internacional (nómadas digitales), 11 de agosto de 2021, Sistema Costarricense de Información Judicial, http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=95085&nValor3=126839&strTipM=TC
26 "Trabajadores y prestadores remotos de servicios de carácter internacional. Nómadas digitales", Dirección General de Migración y Extranjería, modificado el 10 de noviembre de 2023, https://www.migracion.go.cr/Paginas/Categor%C3%ADa%20Migratorias%20(Extranjer%C3%ADa)/N%C3%B3madas-Digitales.aspx
27 "40 países que ofrecen visas para nómadas digitales", núm. 7.
28 Stefano De Carlo, "Nómadas digitales: ¿la clave para impulsar el turismo", Tecnohotel, n.° 488 (mayo de 2021): 52-53, https://issuu.com/peldano/docs/tecnohotel_488
29 Marcos Criado de Diego, Eric Leiva Ramírez, Ana Patricia Pabón Mantilla, Diana Teresa Parra Sánchez, Manual de Metodología de Investigación Jurídica para la Práctica (Bogotá: Consejo Superior de la Judicatura, 2021): 36-44, https://escuelajudicial.ramajudicial.gov.co/sites/default/files/Manua%20Enero%202022.pdf
30 Acuerdo marco 17874 de 2023, 29 de junio, relativo a la aplicación del apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CE) n.° 883/2004 en los casos de teletrabajo transfronterizo habitual, Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Boletín oficial del Estado, núm. 185, Sec. I, p. 115367, https://www.boe.es/boe/dias/2023/08/04/pdfs/BOE-A-2023-17874.pdf
31 A fecha de 30 de junio de 2023, el Acuerdo había sido firmado por los siguientes países: Alemania, Suiza, Liechtenstein, República Checa, Austria, Países Bajos, Eslovaquia, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Noruega, Portugal, Suecia, Polonia, Croacia, Malta, España y Francia. Entró en vigor el día 1 de julio de 2023.
Referencias
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