Sociedad por Acciones Simplificada

Sociedad por Acciones Simplificada

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Carlos Andrés Arcila Salazar

Resumen

En Colombia, aspectos como la responsabilidad limitada; supresión de la llamada doctrina de ultra vires; duración ilimitada; eliminación de la regla, una acción, un voto; remedios al abuso de los derechos; posibilidad de eliminar prohibiciones a los administradores, libertad de establecer restricciones para la transferencia de acciones y la simplificación de los procedimientos de fusión; son inviables bajo nuestra legislación. Sin embargo, la Ley 1258 de 2008, ha incorporado al derecho societario colombiano un nuevo tipo societario híbrido, llamado “Sociedad por Acciones Simplificada”. Esta forma societaria híbrida se basa en un principio básico: garantizar amplia libertad a los empresarios en la estructuración de sus relaciones a través de disposiciones contractuales. La S.A.S. provee a los empresarios significativa flexibilidad contractual, a la vez que preserva beneficios como la limitación de la responsabilidad.

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