https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/issue/feedRevista de Derecho Fiscal2025-12-12T13:32:57-05:00César Sánchezcesar.sanchez@uexternado.edu.coOpen Journal Systems<p><strong>¡Bienvenido a la Revista de Derecho Fiscal de la Universidad Externado de Colombia!</strong></p> <p>La Revista de Derecho Fiscal (ISSN impreso: 1692-6722; ISSN digital: 2346-2434) es una publicación académica y científica, acreditada por Ministerio de Ciencia y Tecnología de Colombia, que aborda temas de: fiscalidad (imposición y gasto), precios de transferencia, administración tributaria, régimen cambiario; derecho presupuestario y tributario, derecho aduanero, derecho tributario internacional y hacienda pública y/o derecho financiero.<br />La revista de Derecho Fiscal se publica desde el 2003 y tiene periodicidad semestral desde el 2016. Está dirigida al sector académico y profesional, así como a policy makers. Es de acceso libre y no cobra por publicar artículos.<br />La revista requiere que los autores autoricen, por medio de una licencia de uso, la edición, publicación, reproducción, distribución y comunicación pública de la obra de su autoría; para fines exclusivamente científicos, culturales, de difusión y sin ánimo de lucro. Los autores conservan los derechos de autor y garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo, que estará licenciado con el Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual. La reproducción de los documentos en otros medios impresos y/o electrónicos debe incluir un reconocimiento de la autoría del trabajo y de su publicación inicial, tal como lo estipula la licencia. Los autores podrán divulgar su documento en cualquier repositorio o sitio web. 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C (2021 FCA) for Canadian tax purposes 2025-12-12T13:32:57-05:00Juan Carlos Diaz Garciajc_diazgarcia27@yahoo.com<p>La innovación financiera abarca los derivados básicos (es decir, <em>forwards</em>, futuros, opciones y swaps), pero no hay razón para que se limite únicamente a ellos. Esencialmente, el término “derivados” incluye todos los instrumentos o arreglos híbridos y sintéticos; a menudo, si no es que usualmente, consisten en alguna combinación de un activo u obligación principal (es decir, deuda y capital) con uno o más de los cuatro derivados principales. Los tribunales canadienses han establecido que los instrumentos financieros híbridos deben caracterizarse, para fines fiscales, como deuda o capital, según la sustancia de la transacción. En este contexto, los tribunales canadienses, en el caso Barejo, proporcionan el criterio para determinar si un instrumento financiero híbrido constituye deuda para efectos del impuesto sobre la renta.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Juan Carlos Diaz Garciahttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10974The punitive fiscal law and its independence from fiscal law in the light of human rights. 2025-12-12T13:32:56-05:00Alejandro Díaz Reyesalex-diaz-23@hotmail.com<p>En este estudio se analiza la emancipación del derecho fiscal sancionador respecto al derecho fiscal, en sus aspectos sustantivo y procedimental. Aspectos que se materializan respectivamente por medio del derecho a castigar y del poder tributario que ejerce la autoridad fiscal. En este sentido, en la rama fiscal encontramos problemáticas en torno a la creación y tipificación de dos figuras legales disímbolas, pero coincidentes, como son la infracción y la contribución, así como del desarrollo procedimental de estas potestades, por medio del procedimiento fiscal sancionador y de los procedimientos de control de deberes fiscales. De tal suerte que en este análisis se propone la independencia del derecho a castigar del Estado respecto del poder tributario en el derecho fiscal, desde una mirada de sus aspectos sustantivo y adjetivo, lo que permitirá evaluar el actuar del Estado y su incidencia en el respeto a los derechos humanos del presunto infractor.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Alejandro Díaz Reyeshttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10975Mexican fiscal federalism and federal contributions to Jalisco2025-12-12T13:32:54-05:00Rodolfo Navarro Bravorodolfo.nbravo@academicos.udg.mx<p>Tras la independencia de México, se instauró una república federal integrada por estados libres y soberanos incluyendo Jalisco, la Constitución de Jalisco de 1824 es resultado de intensos debates, se fortaleció el federalismo mexicano al adherirse a este sistema, esta adhesión implicó la obligación de la federación de distribuir aportaciones federales a los estados, mismos que son cruciales para el desarrollo económico y programas sociales. El federalismo fiscal aborda las obligaciones del Estado y gobiernos estatales en ingresos y gastos públicos, la Constitución de Cádiz de 1812 influyó en el sistema federal mexicano abordando el régimen de las provincias del Reino de España.</p> <p>Las aportaciones son pagos a los estados por ceder potestades tributarias al gobierno federal bajo el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF), estas aportaciones federales son cruciales para el funcionamiento de los estados, financiando gastos públicos y necesidades sociales, Jalisco ha recibido aportaciones federales desde la época colonial, esenciales para financiar funciones gubernamentales y promover el desarrollo regional. La Ley de Coordinación Fiscal (LCF), que entró en vigor desde 1978, regula las relaciones fiscales entre niveles de gobierno para promover el desarrollo equilibrado. La LCF establece mecanismos para distribuir recursos fiscales basados en población, desarrollo económico y pobreza, la ley promueve la coordinación entre los niveles de gobierno mediante comités estatales de coordinación fiscal. El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF) coordina la distribución de ingresos y responsabilidades fiscales entre los niveles de gobierno. El SNCF regula las relaciones fiscales entre el gobierno federal, estados y municipios, buscando incrementar la recaudación y distribuir participaciones. Jalisco se adhirió al SNCF, cediendo potestad tributaria a cambio de recibir recursos federales y renunciando a impuestos que compitan con la federación</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Rodolfo Navarro Bravohttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10976Is tax litigation profitable in Panama? – An Economic Analysis of the Practice of Tax Law 2025-12-12T13:32:52-05:00Carlos Urbinacarlos@urbina.net<p>Este estudio analiza la rentabilidad del litigio fiscal en Panamá como actividad exclusiva para tributaristas, utilizando datos históricos del Tribunal Administrativo Tributario (2011-2024) sobre volumen, duración, complejidad y tasas de éxito de los casos fiscales. Los resultados muestran que el litigio fiscal es financieramente inviable, con una rentabilidad neta promedio de USD 87,16 a USD 330,11 mensuales, inferior al costo de oportunidad en la función pública (USD 1.800-2.143), la academia (USD 3.400) o socio en un despacho contable (USD 14.154). Se propone la métrica RNLF para estimar la rentabilidad ajustada al riesgo y tiempo, con lo cual se ofrece una herramienta para tributaristas y el fisco. El estudio destaca la necesidad de reformas para acortar la vía gubernativa y aumentar la complejidad de los casos, con implicaciones para la política fiscal y la práctica profesional en Panamá.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Carlos Urbinahttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10977Recreational or adult use cannabis taxation: analysis towards an eventual regulation2025-12-12T13:32:51-05:00Camila Fonseca Riveracamila.fonseca@est.uexternado.edu.co<p>En los últimos años ha crecido el debate en Colombia en torno a la legalización del cannabis con fines recreativos o “de uso adulto”; la misma tendencia se ha presentado a nivel global. El presente trabajo tiene como propósito analizar desde un punto de vista jurídico-tributario las consecuencias y alternativas que existen en torno a la generación de ingresos fiscales; se hace una breve presentación general del estado actual de la materia y se brindan alternativas ante una eventual (o inminente) regulación.</p> <p>Para lograr ese objetivo se realizará un análisis exhaustivo de literatura académica en relación con la materia en Colombia y en otros países en donde se encuentre regulada esta práctica, en búsqueda de una perspectiva integral y amplia de la materia, donde se logre evidenciar los beneficios y retos de la actividad por legalizar.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Camila Fonseca Riverahttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10978Configuration of the insured event in compliance contracts for legal provisions in customs matters in Colombia2025-12-12T13:32:49-05:00Mária José Suárez Ortizmaria.suarez1@est.uexternado.edu.co<p>La determinación del momento en que se configura el siniestro, en los seguros de cumplimiento de disposiciones legales en materia aduanera en Colombia, ha sido objeto de frecuentes controversias entre la administración aduanera y los usuarios aduaneros incursos en procesos administrativos por incumplimiento de obligaciones aseguradas, pero también ante la jurisdicción contenciosa administrativa, que ha venido fijando su posición sobre la materia. Por un lado, se sostiene que el siniestro ocurre con el incumplimiento de la respectiva obligación aduanera y siempre que el acto administrativo sancionatorio sea notificado dentro del término de vigencia de la respectiva póliza. Por otro lado, se plantea que el siniestro se configura con la firmeza del acto administrativo sancionatorio, incluso por fuera del término de prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro. Ante lo anterior, el Consejo de Estado de Colombia emitió en el 2023 una sentencia de unificación mediante la cual acogió –en criterio de la autora del presente trabajo– una posición “ecléctica” en la medida en que se plantea la procedencia de las dos posturas (<em>v. gr.</em>, momento del incumplimiento dentro del término de vigencia y firmeza del acto administrativo sancionatorio), dependiendo de lo que haya sido previsto en la norma que ordena la constitución, y del contenido mismo de la póliza.</p> <p>La referida disparidad o dualidad interpretativa de particulares, la administración aduanera y la propia jurisprudencia contenciosa, como se verá en el presente artículo, es problemática y ha impactado negativamente al sector asegurador y a los obligados aduaneros, restringiendo la emisión de nuevas pólizas e incrementando el valor de la prima; situación que contraviene incluso los principios del Convenio de Kioto Revisado y del Acuerdo de Facilitación del Comercio de la OMC. En respuesta a esta problemática, se propone una solución normativa que precise el momento de ocurrencia del siniestro y determine un límite temporal claro de la cobertura, lo que fortalece la seguridad jurídica, la estabilidad del sistema de seguros aduaneros y la continuidad de las operaciones de comercio exterior.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Mária José Suárez Ortizhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10979Constitutional reflections on the Colombian budgetary process on the occasion of the denial of the amount by the congress of the republic of Colombia2025-12-12T13:32:47-05:00Laura María Castañeda NúñezLaurisca06@gmail.comJuan Camilo Rojas Ariascamilor99@hotmail.com<p>El proceso de presupuestación en Colombia tiene una fuerte base constitucional, de la cual es posible extraer reglas sustantivas para su ejercicio. No obstante, en la práctica, y en la corriente de interpretación constitucional sobre la materia, el proceso presupuestal colombiano se tornó más en un ejercicio de necesario curso para evitar la parálisis estatal que como un proceso de representatividad del gasto.</p> <p>Esta tendencia interpretativa ocasiona que la comprensión del proceso presupuestal sea más un producto de técnica ejecutora en cabeza del ejecutivo, que un proceso, si bien técnico, con un profundo arraigo político y democrático, lo cual de plano le extirpa a su esencia las consideraciones teleológicas de su establecimiento constitucional.</p> <p>Esta situación puede conllevar una comprensión del proceso presupuestal ajena a la legalidad y representatividad del gasto público, desvirtuando su carácter político-normativo y social fundamental que establece, en su esencia, el rigor para dar respuesta a las demandas dinámicas de la sociedad cuyo representante directo es el Congreso de la República. En esta vía, la relación representatividad-gasto, legalidad-presupuesto público está fragmentada por una visión meramente instrumental del proceso de presupuestación; de esta forma, se propone en el presente escrito superar la visión “efectivista” del proceso de presupuestación, de cara a proponer al análisis constitucional vigente un enfoque comprensivo de valor axiomático del proceso de presupuestación colombiano; en esta línea, el objetivo es decantar el proceso presupuestal colombiano, entender sus vacíos y las reglas de interpretación existentes de cara a realizar un análisis crítico sobre el estado del arte.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Laura María Castañeda Núñez, Juan Camilo Rojas Ariashttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10980An approach to the taxation culture2025-12-12T13:32:46-05:00Karen Macías Santoskarenmaciassantos@gmail.com<p>Por medio del presente artículo de investigación se pretende llevar a cabo una aproximación a los fenómenos de evasión y elusión fiscales desde una perspectiva del administrado, así como el análisis de estos fenómenos en un contexto internacional y en Colombia. El fin es que esta aproximación sea un aporte para entender si el establecimiento de políticas públicas tendientes a implantar una cultura tributaria está o no de acuerdo con la sostenibilidad y demás pilares de la Agenda 2030 que ocupa la atención no solo de todos los estados, sino de todos, como ciudadanos del mundo.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Karen Macías Santoshttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10981Special sales tax base AIU for civil construction contracts2025-12-12T13:32:44-05:00Elis Johana González Olierelisolier@gmail.com<p>El artículo explora la base gravable especial del AIU (administración, imprevistos y utilidad) en el impuesto sobre las ventas (IVA) aplicado a contratos de obra civil en Colombia. Aunque el concepto AIU carece de una definición legal explícita en la normativa vigente, su uso es crucial para determinar la base gravable en sectores como la construcción.</p> <p>El análisis se centra en la interpretación del Consejo de Estado y la DIAN sobre la aplicación del AIU, en la cual se considera que este concepto abarca los costos indirectos, la utilidad del contratista y los imprevistos durante la ejecución de una obra. En el contexto de la construcción de bienes inmuebles, la legislación establece que el IVA debe aplicarse exclusivamente sobre los ingresos correspondientes a los honorarios o la utilidad del constructor, excluyendo los costos directos de la construcción.</p> <p>El artículo también examina precedentes judiciales que diferencian entre la venta de bienes muebles con instalación y la prestación de servicios de construcción; así mismo, destaca que la base gravable del IVA varía dependiendo del tipo de actividad. En particular, se analiza la jurisprudencia que establece que, para considerar una obra como parte de la construcción, debe ser inherente a la estructura del inmueble, de modo que su remoción implique un deterioro del bien. Así, la base gravable del IVA se determina sobre la utilidad del constructor, siguiendo las disposiciones del Decreto 1372 de 1992.</p> <p>Finalmente, se discuten casos específicos, como la instalación de ventanería o carpintería, que se han considerado parte de la actividad constructiva y, por tanto, sujetas a la base gravable del AIU. El artículo subraya la importancia de una evaluación detallada en cada caso particular, y argumenta que la correcta aplicación del IVA requiere un análisis exhaustivo de las circunstancias contractuales.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Elis Johana González Olierhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10982Digital Service Taxes under the objective scope of Double Tax Conventions and the Colombian approach2025-12-12T13:32:42-05:00Yoner Ojeda Pintoyonerojeda@gmail.comSantiago Vega OrtizSantiago.vega2000@outlook.es<p>Al evaluar si un Convenio para Evitar la Doble Imposición abarca un determinado tributo, el punto de partida es el artículo 2, que precisa el ámbito objetivo del tratado. Según este artículo, la convención se aplica a los “impuestos sobre la renta y sobre el capital”, lo que significa que lo relevante no es la denominación ni la forma del gravamen, sino si recae sobre la renta. En consecuencia, la cuestión que se plantea es si el impuesto a los servicios digitales cumple los criterios para considerarse un gravamen sobre la renta y, por lo tanto, queda comprendido en el ámbito del artículo. Los autores concluyen que los impuestos a los servicios digitales están diseñados y estructurados para gravar la renta y, en consecuencia, se ubican dentro del ámbito objetivo de los convenios para evitar la doble imposición, con independencia de su denominación o de la justificación utilizada para su implementación. Además, el presente estudio examinará el enfoque adoptado por Colombia.</p>2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 Yoner Ojeda Pinto, Santiago Vega Ortizhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/10972Presentación2025-12-12T11:44:10-05:00César Sánchez Muñozcesar.sanchez@uexternado.edu.co2025-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2025 César Sánchez Muñoz