Política y legalidad migratorias en el Reino Unido y América (c. 1850-1925): la consolidación de un marco discriminatorio común

Policy and legality in the United Kingdom and America (1850-1925): the consolidation of a common discriminatory framework

Luciana L. Contarino Sparta*

* Licenciada en Historia; abogada y doctora en Ciencias Sociales. Profesora de la Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires. Buenos Aires (Argentina). llcontarinosparta@hotmail.com

Recibido: 10 de abril de 2015 / Modificado: 23 de mayo de 2015 / Aceptado: 31 de julio de 2015.

Para citar este artículo: Contarino Sparta, L. L. (2015). Política y legalidad migratorias en el Reino Unido y América (c. 1850-1925): la consolidación de un marco discriminatorio común. OASIS, 22, 143-155. DOI: http://dx.doi.org/10.18601/16577558.n22.07.


RESUMEN

La intensificación de las migraciones de larga distancia a partir de las últimas décadas del siglo XIX tuvo su correlato en una actividad legislativa dirigida a restringir su flujo en el Reino Unido, uno de los principales países receptores de tiempos decimonónicos. De todos modos, también en los estados americanos subpoblados y ávidos de inmigrantes se multiplicaron las regulaciones legales restrictivas. Si bien la aceptación o el rechazo de los inmigrantes se relacionó con las fluctuantes necesidades de mano de obra, también es cierto que su deseabilidad o indeseabilidad se basó en estereotipos culturales o nacionales que sistemáticamente menoscabaron el aporte que podían brindar los originarios de ámbitos considerados extraños a la llamada civilización occidental. En realidad, se construyeron ideales racializados dirigidos a excluir o invisibilizar a los sectores de la población que pasaron a ser considerados "minorías".

Palabras clave: migraciones, legalidad, racismo.


ABSTRACT

The intensification of long distance migration movements during late 19th century gave birth to legislation that restricted entry into the United Kingdom, one of the main immigration-receiving countries. Nevertheless, underpopulated American states eager for immigrants also developed restrictive legal regulations. Although the acceptance or rejection of immigrants has been related to fluctuating labour demand, it is also true that they became desirable or undesirable according to cultural and national stereotypes. This position implied looking with disdain at the contributions from people who did not belong to Western civilization. In fact, racialized archetypes were constructed in order to invisibilise those sectors of the population, which began to be considered "minorities".

Keywords: Migrations, law, racism.


La idea de nación, entendida como un pueblo que comparte un lenguaje y una cultura comunes, emergió en el siglo XIX como sustrato aglutinante de los Estados occidentales. Los gobernantes, interesados en asegurar la lealtad de la población y legitimar el monopolio del poder estatal, alentaron la idea de unidad basada en construcciones de homogeneidad étnica y cultural, y de historia y tradiciones compartidas1, para crear así un perfil diferenciado de otras nacionalidades y otros pueblos. Hacia fines de esa misma centuria, sin embargo, adquirieron una vitalidad inusitada los movimientos migratorios de larga distancia, por los cuales millares de personas cruzaron océanos y atravesaron las fronteras políticas hacia el interior de esas unidades estatales haciendo zozobrar la alegada pureza de la población que albergaban esos límites, la cual, más allá de haber sido ficticia en su origen (Gellner, 1983; Anderson, 1993), se transformó en impensable.

La preocupación de los gobiernos frente al ingreso de individuos considerados culturalmente ajenos, no tardó en hacerse notar. Y esta preocupación abarcó tanto a los países europeos como a los Estados nacientes de otros continentes que habían alcanzado recientemente su autonomía o independencia. Como bien lo señalara Harald Kleinschmidt (2013), las migraciones pasaron a convertirse entonces en una cuestión política, y definir al inmigrante extranjero en contraposición a los habitantes nativos se constituyó en una cuestión central dentro del marco de la administración de los modernos Estados-nación para la elaboración de sus respectivas políticas. La palabra migraciones se transformó en "un término de las ciencias sociales funcional a las necesidades prácticas de los administradores y derivado de la teoría social y filosofía política de los siglos XIX y XX" (p. 12), por lo que resultó a partir de entonces primordial determinar las condiciones que debían cumplir un individuo o un grupo de personas para ser aceptados como inmigrantes y no ser considerados presencias indeseables.

DE NECESARIOS A INDESEABLES

En este contexto, un contenido pendular caracterizó a las políticas que en materia migratoria adoptaron los diferentes gobiernos ya que, por un lado, estos movimientos se erigieron en la fuente por excelencia de mano de obra cuando la oferta interna no alcanzaba a cubrir las necesidades -una constante en la historia del capitalismo-, pero, alternativamente, fueron representados como una amenaza a los valores nacionales y a las posibilidades de empleo de sus ciudadanos. Por eso, las políticas puestas en práctica no eran simplemente prohibitivas, sino regulatorias del ingreso de extranjeros que tuvieran la intención de establecerse en el país de recepción, quienes, alternativamente, podían ser una conveniencia o un elemento nocivo. Incluso, las mismas personas eran pasibles de pasar por una u otra calificación en circunstancias y contextos cambiantes. Se hizo imprescindible, por tanto, contar con instrumentos legales para justificar expulsiones o favorecer el ingreso de ciertos grupos en desmedro de otros.

Un ejemplo de ello es el Reino Unido que, debido a su temprano proceso de industrialización, se había erigido en un territorio atractivo por las oportunidades laborales que ofrecía. A lo largo del siglo XIX, recibió inmigrantes alemanes, italianos e irlandeses, a los que se sumaron miles de judíos que huían de persecuciones, procedentes en especial de Rumania, Rusia, Lituania y Polonia2. Además, se produjo el paulatino arribo de inmigrantes desde diferentes puntos del imperio británico, incluidos territorios africanos, asiáticos y caribeños, quienes se concentraron en su mayoría en torno a las actividades del puerto londinense. No obstante, el incierto panorama posterior a la Larga Depresión de 1873-18963, alentado por las reacciones xenófobas que se habían propagado entre los locales durante la crisis, trajo consigo el fin de un periodo liberal para inaugurar una etapa de control social y regulación.

Su manifestación más representativa fue la British Alien Act, promulgada en Gran Bretaña en 1905. Aunque se trataba de una legislación simplemente regulatoria, ofrecía un amplio nivel de discrecionalidad a las autoridades locales en el manejo de la problemática migratoria. La ley calificaba de "indeseable" al inmigrante que no pudiera mostrar que se encontraba en posición de obtener medios para mantenerse decentemente a sí mismo y a las personas que dependieran de él; al que fuera "un lunático o un idiota" o sufriera cualquier enfermedad que pudiera convertirse en una carga para el erario o un peligro para la gente; al que hubiera sido sentenciado en un país extranjero o en quien pesara una orden de expulsión dentro del marco de dicha normativa (Kleinschmidt, 2013, p. 2).

De todos modos, más allá de apelarse a las enfermedades, los antecedentes penales o la insolvencia para calificar de indeseables a ciertos inmigrantes, las legislaciones restrictivas tuvieron muy especialmente en cuenta las categorías raciales positivistas. Fueron las mismas que, en definitiva, se habían utilizado en Europa para justificar el exterminio de los habitantes originarios en América, la trata esclavista y la colonización en Asia y África, las cuales clasificaban a los seres humanos según sus diferencias raciales y colocaban a los blancos en la cúspide de la pirámide. Las fundamentaciones racistas se transformaron en el elemento de distinción por excelencia, dado que habían sido incorporadas "como causa y fundamento de una organización estrictamente jerárquica de la sociedad" (Gilroy, 2001, p. 58). Ya a fines del siglo XVIII, el médico cirujano inglés, Charles White, aseguraba que "los europeos blancos" debían ser considerados como "la más hermosa raza humana" y que "nadie dudará de su superioridad y poder intelectuales y yo creo que será comprobado que su capacidad es naturalmente superior que la de cualquier otro hombre". Cincuenta años después, el anatomista también británico Robert Knox, continuaría este discurso al oponer la superioridad de los europeos a las "razas oscuras", dentro de las cuales incluía a africanos y asiáticos, pero también a judíos, irlandeses y gitanos (Meyer, 1996).

Tales criterios se mantuvieron reflejados en las nuevas leyes inmigratorias británicas hacia comienzos del siglo XX, cuando se multiplicó el arribo de personas procedentes de las colonias en los barcos ingleses. Como lo señalara Paul Rich (1990, p. 12), "el pensamiento racial en Gran Bretaña a fines del siglo XIX y comienzos del XX estaba fuertemente conformado por las experiencias paralelas de la expansión imperial ultramarina y el crecimiento industrial y el conflicto de clase local". Así, los inmigrantes fueron obligados a registrarse ante la policía, y por medio de la Aliens Order de 1920 y la Special Restriction Act de 1925, conocida como Coloured Alien Seamen, se restringieron las posibilidades laborales de los marinos de origen africano y asiático que no pudieran demostrar su nacionalidad británica; eran considerados competencia desleal por sus colegas blancos, quienes los acusaban de cobrar salarios bajos y de crear conflictos. Así, en medio de disturbios raciales que se dieron en los puertos con respecto a los marinos considerados coloured, se puso en vigencia esta norma, la cual derivó incluso en la expulsión de caribeños que tenían la nacionalidad británica, pero sufrieron la confiscación de sus documentos para que no pudieran probarlo (Selvon, 1956). Inglés y negro no eran identidades compatibles dentro de la metrópolis británica.

EJEMPLOS DE EXCLUSIÓN TEMPRANA: LAS CUESTIONES RACIAL Y NACIONAL EN ESTADOS UNIDOS

Más tempranamente, las categorizaciones legales basadas en criterios raciales se aplicaron del otro lado del océano, en el territorio de los Estados Unidos de América, pero en lo que respecta concretamente a las condiciones que debían cumplirse para obtener la ciudadanía. Entre 1790 y 1802, el Congreso estableció reglas básicas para la naturalización de los que se establecieran en el territorio: cinco años de residencia, mostrar buen carácter moral y ser personas blancas libres (Smith, 2002). Sin embargo, estas referencias de ningún modo se extendieron a las cuestiones migratorias, ya que, más allá de la Ley de Extranjeros y Sedición de 1798, por la cual el presidente podía deportar a quienes implicaran un peligro para la paz y la seguridad del país, durante la mayor parte del siglo XIX se evitó regular la inmigración, considerada una fuente de riqueza y fortaleza para la nación (Smith, 1990). La Steerage Act de 1819, se enmarcaba en estas consideraciones, ya que buscaba garantizar la seguridad y las condiciones sanitarias a bordo de las naves de pasajeros.

Fue recién luego de la promulgación de la Ley de Naturalización de 1870, que las cuestiones raciales y los orígenes nacionales se vieron implicados en regulaciones migratorias. Esto podría considerarse paradójico si se tiene en cuenta que dicha legislación extendió la posibilidad de convertirse en ciudadanos a los africanos nativos y a los afrodescendientes, pero no tanto si se piensa en la posterior Morrill Act (1890), por la cual se consagró el principio separate but equal, que institucionalizó sistemas de salud, educación y vivienda no solamente separados para blancos y negros, sino también de diferente calidad. Mientras que con esta normativa se consagró una inclusión ficticia, más precisamente, la discriminación legal de los descendientes de quienes Edouard Glissant (1995) llamara migrantes desnudos, o sea, los africanos esclavizados4, en forma contemporánea se sancionaron leyes dirigidas a restringir el ingreso de inmigrantes procedentes de otro territorio no occidental: China. La primera de ellas fue la Chinese Exclusion Act, sancionada por el Congreso en 1882.

Teniendo en cuenta que los chinos habían sido mano de obra central para el desarrollo de la minería del oro en California, la nueva posición estadounidense frente a estos inmigrantes también puede relacionarse -como en Gran Bretaña- con la necesidad de cargar a alguien con la responsabilidad por el deterioro de la demanda laboral durante la Larga Depresión de 1873-1896. Y esta vez, del mismo modo, la exclusión se justificó calificando a un sector de la población como diferente y un peligro para la moral y la homogeneidad nacional.

    La Ley de Exclusión China de 1882 fue el primer esfuerzo comprensivo de la nación por restringir la inmigración. El Congreso respondía a la depresión de la época culpando (a manera de chivo expiatorio) a los chinos como la fuente de desempleo y demás dislocaciones económicas. El clamor y las quejas en contra de los chinos incluían los sentimientos xenofóbicos de que ellos no podían adoptar "nuestras costumbres" y asimilarse y de que "habían traído" consigo la prostitución. También se temía que la creciente inmigración china pudiera disminuir la colonización de blancos en el Oeste (Smith, 1990, p. 671).

De todos modos, como bien lo señalara el jurista James Frank Smith, este fue solo el primer esfuerzo. En 1898, el Immigration Service creó la llamada "List of Races or Peoples" para clasificar a los potenciales inmigrantes que debían pasar por un proceso de inspección en la principal puerta de ingreso al país, la isla Ellis, lo que determinaba en gran medida dónde se establecería cada uno, qué actividades laborales podría desarrollar y, en definitiva, si se trataba de una incorporación "deseable" para el país. Esta evaluación se encontraba directamente relacionada con el origen de los potenciales inmigrantes, cuestión central sobre todo debido a la creciente opinión pública nativista, representada por intelectuales que demandaban medidas restrictivas para la "preservación de los valores y la cultura americanos" y, además, debido a los reiterados episodios de hostilidad popular contra extranjeros.

El blanco de las restricciones se amplió en 1917. Se promulgó entonces la Immigration Act, que prohibía el ingreso al país de todos los "extranjeros de más de dieciséis años, físicamente capaces de leer, que no puedan leer la lengua inglesa u otra lengua o dialecto, incluidos el hebreo y el yiddish", y los cónsules fueron instruidos para desalentar la inmigración de personas que pudieran convertirse en "una carga pública". Con esta ley se creó además la Asian Barred Zone, mediante la cual se delimitaba una región entera del mundo a cuyos habitantes les estaba prohibido ingresar a Estados Unidos. Tal restricción ya no estaba dirigida solo a los chinos, sino a todas las personas procedentes del área que abarcaba el Asia Meridional, desde Arabia hasta Indochina y las islas adyacentes, espacio que incluía a India, Burma, Tailandia, los Estados malayos, las islas orientales de la India, la Rusia asiática, la Polinesia y partes de Arabia y Afganistán. En 1920, también se dispuso reducir el número de inmigrantes de Europa meridional y oriental, "considerados racialmente inferiores, inasimilables, radicales y peligrosos" (Adam, 1990, pp. 175-176).

Tales presupuestos derivaron en las cuotas de 1921, por las cuales se limitó la radicación futura de inmigrantes de cualquier procedencia al tres por ciento de la población de dicho origen ya residente en Estados Unidos, y de 1924, cuando esa misma proporción se redujo al dos por ciento, excluyéndose a todos los asiáticos y restringiéndose la inmigración de Europa meridional y oriental, con una ventaja de seis a uno para las personas de Europa septentrional y occidental. El objetivo declarado era "preservar la pureza de la raza al dar mayores cuotas a países favorecidos y muy pequeñas cuotas a países cuya gente era de ‘nivel inferior’" (Streich y Kalaitzidis, 2008, pp. 4-5).

Si bien el criterio racial fue reemplazado por el de nacionalidad dentro de la normativa migratoria, en realidad, nacionalidad y raza se convirtieron en términos que -no casualmente- se confundían entre sí e implicaban la misma idea de superioridad e inferioridad. Las leyes puestas en vigencia en Estados Unidos daban cuenta de un contexto receloso con respecto a los extranjeros y, más específicamente, con relación a aquellos que no compartían los rasgos ni la cultura occidentales y, más específicamente, sajona. En lo que respecta inicialmente a los chinos, las restricciones se justificaron por su profusa presencia, sobre todo como mano de obra de bajo costo en las minas de la costa oeste, lo que era percibido como una situación de competencia que creaba malestar entre los trabajadores nativos. Sin embargo, los fundamentos de la política de exclusión excedieron las cuestiones prácticas o circunstanciales. Su base la constituyó un pensamiento xenófobo que, incluso, era compartido por algunos de los sectores considerados más progresistas en el país, que resaltaban la superioridad de los nativos de ascendencia sajona frente a extranjeros y estadounidenses de otro origen5.

En este sentido, resultan ilustrativas las opiniones vertidas a comienzos del siglo XX por la militante feminista Margaret Sanger, célebre por su actividad pionera en favor del control de la natalidad en Estados Unidos, pero que, a la par, sostenía un discurso de corte claramente eugenésico, expuesto en su libro Women and the New Race. Consideraba que dudosamente se podía esperar la construcción de una "raza mejor" con el aporte de los inmigrantes llegados en las décadas anteriores a 1910, en su mayoría analfabetos.

    Que estos extranjeros que vinieron en hordas trajeron consigo su ignorancia acerca de la higiene y de las formas modernas de vivir, y que se encuentran en inferioridad de condiciones por sus supersticiones religiosas es solo demasiado cierto -aseveraba Sanger (1920)- […] En tales circunstancias solo podemos esperar que el ‘crisol de razas’ se refine. Debemos observar que resguarde los metales preciosos de la cultura racial, fundidos en una amalgama de perfección física, fuerza mental y progreso espiritual. Tal raza americana, conteniendo lo mejor de los elementos raciales, puede dar al mundo una visión y un liderazgo que supera nuestra imaginación actual.

En resumen: en la inmigración se encontraba ínsito un peligro de "contaminación" que ponía en riesgo, en este caso, la conservación de los valores superiores introducidos en el país por los sajones.

DE NORTE A SUR: PRESUPUESTOS RESTRICTIVOS COMPARTIDOS

Fundamentos ideológicos similares tuvieron las políticas y las leyes exclusivas de otros Estados organizados recientemente en América. Tal es el caso de Canadá, que en 1867 se constituyó en una confederación con el estatuto de dominion del Reino Unido. Con una economía en ascenso, pero escaso número de habitantes sobre todo en el oeste, durante el siglo XIX su Gobierno impulsó una política inmigratoria aparentemente irrestricta. Con este fin, se sancionó la Immigration Act de 1869, la cual estuvo dirigida a garantizar la seguridad de los inmigrantes, aunque también establecía algunas restricciones al penalizar el ingreso de las personas calificadas de "lunáticas, idiotas, sordas o tontas, ciegas o enfermas". No hacía ninguna referencia a los orígenes geográficos.

Si bien los inmigrantes a lo largo de este siglo procedieron masivamente del mundo anglosajón, después de la sanción de la ley también se formaron comunidades tan diversas como las de los menonitas, los judíos rusos o los islandeses. De todos modos, dado que urgía la construcción del Canadian Pacific Railway, se propició el ingreso de cientos de trabajadores chinos a comienzos de la década de 1880. Los problemas emergieron al quedar finalizada la obra, dado que se alzaron reclamos dirigidos al Gobierno para que limitara la inmigración y los asentamientos de chinos; los argumentos esgrimidos eran que implicaban un peligro para la seguridad de la población en general. Las quejas se hicieron tan amplias, que el Gobierno debió formar una comisión real para examinar el tema en 1884, ante la cual atestiguaron trabajadores, policías, jueces, abogados, clérigos y hombres de negocios, todos los cuales coincidieron en calificar a los chinos de sucios, propensos a las enfermedades, inmorales, deshonestos e incapaces de asimilarse, al tiempo que se expuso que todas las mujeres eran prostitutas. Además, se los culpó de quitar oportunidades laborales a los blancos (Kelley y Trebilcock, 2010). La respuesta gubernamental fue inmediata: se restringió su ingreso mediante la imposición de una tasa de 10 dólares a cada uno que pretendiera asentarse en Canadá. Tal monto fue aumentado a 50 dólares por la Chinese Immigration Act de 1885, número que fue sufriendo sucesivos incrementos hasta llegar a los 500 dólares con la enmienda de 1903, mientras que la Chinese Immigration Act de 1923, impuso tantas restricciones a este grupo poblacional, que se estima que solo quince chinos pudieron ingresar al país entre ese año y 19466.

Sin perjuicio de estas normativas basadas en una imagen estereotipada y prejuiciosa, similar a la que se había construido en Estados Unidos para excluir a los migrantes chinos en 1882, en 1906 y 1910 el Gobierno de Canadá promulgó nuevas leyes generales restrictivas en materia migratoria. La principal característica de esta legislación es que daba facultades discrecionales al Poder Ejecutivo para decidir quién podía permanecer en el territorio y decidir deportaciones sin posibilidad de revisión judicial. Además, una enmienda introducida en 1919, autorizaba a prohibir el ingreso de inmigrantes de cualquier nacionalidad, raza, ocupación o clase, teniendo en cuenta sus costumbres particulares, hábitos, modos de vida y métodos de acceso a la propiedad. En forma simultánea a esta producción legislativa, el Gobierno organizó campañas para promover el ingreso de inmigrantes de Estados Unidos y de Europa central, considerando la habilidad de estos últimos como agricultores.

Así, mientras se fomentaba el ingreso de europeos y estadounidenses, la nueva legislación fue utilizada como instrumento para restringir el ingreso de otros grupos de inmigrantes considerados indeseables. En la primera década del siglo XX, se puso en la mira a aquellos procedentes de Japón y de India, sin importar que este último territorio formara parte del imperio británico. Desde el Ministerio de Trabajo se recomendó prohibir el ingreso de trabajadores contratados de Japón, "en el interés de la armonía laboral y la homogeneidad racial"7. En lo que respecta a los originarios de la India, la justificación de la exclusión fue que "inmigrantes de esta clase acostumbrados a las condiciones del clima tropical son totalmente inadecuados para este país y su inhabilidad para adaptarse a un ambiente tan diferente los conducirá inevitablemente al sufrimiento y a las privaciones" (Kelley y Trebilcock, 2010, p. 149). Difícil era encontrarle sustento a esta afirmación, si se tiene en cuenta que las personas procedentes de lugares tales como el Punjab estaban habituados a inviernos más duros que los canadienses.

De todos modos, los postulados en los que se basaban las políticas migratorias de fines del siglo XIX y comienzos del XX, no fueron privativos del mundo anglosajón ni de América septentrional. Presupuestos similares guiaron a los gobiernos de los nuevos países independientes transformados entonces en principales destinos migratorios en el otro extremo del continente: Argentina, Brasil y Uruguay, donde se buscaba expandir la economía agrícola y agrícola-ganadera. Desde el sur, pero con la mirada puesta en el norte, el pensamiento de la élite criolla en tiempos de la organización de la República Argentina no dejaba lugar a dudas:

    Si la población de seis millones de angloamericanos que empezó la República de los Estados Unidos, en vez de aumentarse con inmigrados de la Europa libre y civilizada, se hubiese poblado con chinos o con indios asiáticos, o con africanos, o con otomanos, ¿sería el mismo país de hombres libres que es hoy día? […] ¿Por qué razón he dicho que en Sud América gobernar es poblar, y en qué sentido es esto una verdad incuestionable? Porque poblar, repito, es instruir, educar, moralizar, mejorar la raza. Por eso he dicho […] que el gobierno debe fomentar la inmigración europea. Pero poblar no es civilizar, sino embrutecer, cuando se puebla con chinos y con indios de Asia y con negros de África8.

Aunque el texto de la Constitución Nacional de la República Argentina sancionada en 1853 fue más sutil en sus dichos, en ella se dejó asentado cuáles eran las preferencias en materia migratoria y a los inmigrantes de qué origen se favorecería. Así, mientras que en el primer artículo se abrían los brazos "a todos los hombres de buena voluntad que quieran habitar el suelo argentino", en el artículo 27 se aclaraba que el Gobierno fomentaría, específicamente, "la inmigración europea". En la Ley de Inmigración y Colonización promulgada en 1876, no se repitió esta preferencia; solo se definió al inmigrante como cualquier extranjero menor de sesenta años, "jornalero, artesano, industrial, agricultor o profesor", que llegase al país con la intención de establecerse y acreditara "moralidad y aptitudes". No obstante, sí se hizo manifiesto en la práctica, ya que el Gobierno dispuso el envío de agentes oficiales a Europa exclusivamente, quienes debían informar sobre las ventajas que ofrecía el Gobierno argentino a los potenciales inmigrantes de ese continente (Novick, 2008). El propósito de apoyar el ingreso de personas de origen europeo implicaba una oposición absoluta a cualquier posibilidad de diversificación cultural. Por el contrario, la meta era la homogeneidad, entendida como netamente europea, frente a la presunción de que "la diversidad de razas" podría traer consigo "problemas sociales gravísimos" (Garabedian, 2011, p. 8).

Similares resultaron las bases ideológicas en Brasil, donde las políticas públicas de fines del siglo XIX promovieron la inmigración europea con el objeto de "mejorar la calidad de la población" (Correa, 2005). Este impulso se dio sobre todo en busca de la mano de obra que reemplazara a la fuerza de trabajo que proporcionaba la esclavitud, abolida en 1888. En este contexto, se promulgó el Decreto 528 de 1890, cuyo texto resultaba explícito ya en el primer artículo, en el cual se refería a las exclusiones en materia inmigratoria:

    Es totalmente libre la entrada, en los puertos de la República, de los individuos válidos y aptos para el trabajo que no se encontraran sujetos a acción criminal de su país, exceptuados los indígenas de Asia o de África, que solamente podrán ser admitidos mediante autorización del Congreso Nacional de acuerdo con las condiciones que oportunamente se estipulen.

Como bien lo señalara Ricardo Nóbrega (2008, p. 118), si se optaba por inmigrantes europeos frente a la población de origen africano y la restante población local, se debía a que también aquí se reprodujo "un imaginario que asociaba el progreso de las naciones desarrolladas al carácter de sus pueblos, que a su vez sería el resultado de su constitución racial".

Por su parte, la República Oriental del Uruguay recibió importantes oleadas de franceses, españoles e italianos desde 1850, antes del inicio de la inmigración masiva a la Argentina. Fue a estos movimientos inmigratorios que se debió el aumento de la población, de 70.000 habitantes en 1830, a un millón en 1900. Pero el origen de este amplio aporte poblacional europeo no fue casual, sino específicamente incentivado por el Gobierno local, que restringió en forma explícita el ingreso de inmigrantes de otros orígenes.

Tales restricciones quedaron plasmadas en la Ley 2096 de 1890, cuyo articulado comenzaba señalando que "considérase inmigrante para los efectos de esta ley, a todo extranjero honesto y apto para el trabajo, que se traslade a la República Oriental del Uruguay en buque de vapor o de vela con pasaje de segunda o tercera clase y con ánimo de fijar en ella su residencia". Este encabezamiento, sin embargo, nos da una idea errónea de amplitud en materia migratoria. En realidad, si bien se inspiró en la Ley de Inmigración y Colonización argentina de 1876, se diferenció de esta porque identificó con claridad el rechazo a ciertos patrones migratorios (Acerenza, 2005). En su artículo 26 establecía restricciones con respecto a los mendigos, los enfermos de mal contagioso, los individuos inhábiles para el trabajo por vicio orgánico o defecto físico y los mayores de sesenta años, excepto "que fueran acompañadas por al menos cuatro personas útiles para el trabajo", mientras que, en el 27, las limitaciones adquirían un carácter abiertamente racista: se especificaba que quedaban igualmente prohibidas "la inmigración asiática y africana y la de los individuos conocidos con el nombre de zíngaros o bohemios" (López Sala, 2005).

CONCLUSIONES: LA CREACIÓN DE LA CATEGORÍA DE "INDESEABLE"

Para Aristide Zolberg (1989), el papel jugado por las políticas gubernamentales en el desarrollo de las migraciones internacionales resulta central. Y el ejemplo arquetípico al respecto es el ya desarrollado caso de Estados Unidos, país que se constituyó en "una nación de inmigrantes, sin lugar a dudas, pero no de cualquier inmigrante", ya que, "desde el momento en que manejaron sus propios asuntos, justo antes de la independencia política, los americanos habían tomado la determinación de decidir quién podía unirse a ellos" (Zolberg, 2006). En menor o mayor medida, todos los países de inmigración pusieron en práctica políticas selectivas, con las que los migrantes debieron enfrentarse y que muchas veces echaron por tierra sus proyectos de asentamiento, convirtiéndose a veces en obstáculos infranqueables.

A partir de los casos analizados, puede observarse que gran parte de estas restricciones encontraron su fundamento en el esquema del poder colonial, dentro del cual la jerarquía racial se hizo central. Al decir de Paul Gilroy (2008, p. 29), "la raza ha sido esencial en la elaboración de la anatomía política del siglo XIX", convirtiéndose en "un aspecto importante de la geopolítica europea, en medio de un proceso de transición hacia su predominio mundial que estuvo reforzado y legitimado gracias a una aplicación adaptada de las ideas de Darwin". En definitiva: el discurso de la superioridad racial se constituyó en el fundamento de la dominación puesta en práctica con el avance imperial, y definió la esencia de las naciones blancas como reservorios de sociedades opuestas fenotípica y culturalmente a un mundo no occidental sobre el que se hizo recaer la caracterización de incivilizado.

En una etapa histórica de explosión migratoria ultramarina sin precedentes, se reprodujeron esos presupuestos ideológicos en territorios receptores con divergentes situaciones políticas, necesidades económicas y posiciones de poder. El Gobierno del Reino Unido, líder en la carrera colonialista del siglo XIX, fundó las restricciones inmigratorias con respecto a los no europeos, coherentemente, desde la misma posición de superioridad que lo llevó a justificar la dominación de gran parte del mundo. Ni el otorgamiento de la ciudadanía británica permitió superar la diferencia racial, la cual continuó erigiéndose en un estigma insalvable. También, en los casos de Estados Unidos y Canadá, a pesar de las necesidades poblacionales, el otro no europeo se transformó en el blanco. No fue difícil fundamentar las limitaciones al ingreso de personas originarias de pueblos no occidentales, ya que fueron presentados como estereotipos contaminantes de una homogeneidad cultural construida. Y, por este mismo motivo, se convirtieron en el chivo expiatorio indiscutible en tiempos de escasez de empleo y problemas económicos.

En el mismo pensamiento abrevaron las élites criollas en Sudamérica. Las preferencias migratorias y la consideración de las raíces indígena y africana como marginales o extintas resultaron centrales en sus proyectos de construcción de un Estado-nación moderno, negándoselas como parte del tejido social. Como lo puntualizó el antropólogo Darcy Ribeiro (1968, p. 75), Uruguay y Argentina adoptaron "como proyecto nacional la sustitución de su propio pueblo por europeos". En Brasil, el mejoramiento de la calidad de la población a través de las migraciones implicó la abierta exclusión de africanos y asiáticos. Tales políticas poblacionales se constituyeron en esenciales para las élites que buscaban encarnar proyectos de construcción de naciones culturalmente europeas como único camino hacia la civilización. En América, el único modelo digno de imitación para ellos era Estados Unidos.

Sin tratarse de ejemplos únicos ni exhaustivos, los casos abordados muestran los presupuestos comunes en que se basaron las políticas de los territorios que se convirtieron en receptores de inmigrantes de ultramar durante el siglo XIX. En diferentes extremos del mundo, sea en una metrópolis imperialista o en territorios recientemente independizados, implicaron la construcción de la categoría de indeseables a partir de estereotipos racializados y, por tanto, llevaron a la definitiva interiorización de las clasificaciones consagradas por la ideología colonial en sus respectivos modelos poblacionales.


NOTAS

1 "Para ello resultaba especialmente útil la educación pública […], como también lo eran los historiadores, quienes podían construir evocadoras ‘historias nacionales’" (Marks, 2007, p. 208).
2 Ya en 1815, se registraba en Londres la presencia de aproximadamente 20.000 judíos, a quienes se atribuye el desarrollo de una importante industria dedicada a la vestimenta. Su número se incrementó con las persecuciones hacia fines de siglo. Como fuente contemporánea sobre la persecución judía en Rusia a fines del siglo XIX, puede consultarse The Persecution of Jews in Russia. With an Appendix Containing a Summary of Special Restrictive Laws, elaborado por el Russo-Jewish Committee de Londres y publicado por Wertheimer, Lea & Co. en 1890. Fue digitalizado el 11 de marzo de 2008 por la Universidad de Harvard.
3 La llamada Larga Depresión o Larga Recesión, que combinó problemas financieros con la caída de los precios agrícolas y la disminución de los alimentos básicos para la supervivencia y la reproducción de la población. Como consecuencia de la demanda del proceso industrial, la profusión de los cultivos de subsistencia había ido disminuyendo en favor de las materias primas, con la consiguiente insuficiencia de los primeros, pero esta situación se agravó debido a sucesivas malas cosechas provocadas por problemas climáticos. A su vez, deudores que no pudieron hacer frente a sus compromisos crediticios llevaron a la caída de mercados e instituciones bancarias.
4 En su libro Introduction a une poétique du divers, Edouard Glissant opone la categoría de migrant nu, el africano esclavizado que es trasladado desde su lugar de origen absolutamente desprovisto, al migrant armé, el colonizador, y al migrant familiale, protagonista de olas migratorias ajenas al circuito forzado de la trata esclavista.
5 Esta comparación es desarrollada por Robert M. Yerkes, en 1921, en su libro Psychological Examining in the United Status Army.
6 Al respecto, puede consultarse el estudio que ha realizado sobre el tema el Canadian Museum of Immigration at Pier 21, de Halifax. Disponible en: http://www.pier21.ca.
7 Tales fueron las palabras utilizadas por Mackenzie King, a cargo de dicho ministerio.
8 Estas expresiones se encuentran incluidas en las Bases y puntos de partida para la organización de la República Argentina (1852), documento elaborado por Juan Bautista Alberdi, que sirvió de base para la Constitución Nacional sancionada al año siguiente.

REFERENCIAS

Acerenza Prunell, S. (2005). Los sirio-libaneses y la ley de 1890: el racismo como ordenador de la política migratoria. Recuperado de: http://www.unesco.org.uy/shs/fileadmin/templates/shs/../articulo04_04.pdf.

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