Descubrimiento y solicitudes probatorias por parte de la víctima
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Autores
Vicente Emilio Gaviria LondoñoResumen
Con base en el respaldo constitucional que se encuentra en sentencias como la C-454 de 2006 y la C-209 de 2007, la víctima puede, directamente, no a través del fiscal, efectuar descubrimientos probatorios, enunciar y solicitar medios de prueba, presentar observaciones a los primeros y solicitar la exclusión, el rechazo y la inadmisión de medios probatorios.
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