Deudas con el Estado: realidad o ficción. La Contaduría Pública y la supremacía de lo ¿jurídico? o lo ¿económico?
Deudas con el Estado: realidad o ficción. La Contaduría Pública y la supremacía de lo ¿jurídico? o lo ¿económico?
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Resumen
Las entidades públicas, de acuerdo con el mandato legal establecido en el parágrafo 3.º del artículo 2.º de la Ley 901, están obligadas a reportarle a la Contaduría General de la Nación una relación de los deudores que tienen obligaciones vencidas y que cumplen las condiciones de plazo y cuantía, la cual se publica en la página web de esta entidad. Al analizar el monto de las cifras reportadas al 30 de noviembre de 2008 se observa que éste alcanza un valor significativo de 19 billones de pesos como acreencias a favor del Estado, de los cuales el 87,5% corresponde únicamente a 23 entidades públicas, siendo la Dirección Nacional de Estupefacientes y el Consejo Superior de la Judicatura las de mayor monto reportado. El artículo destaca el origen de estas deudas para con el Estado, encontrando que obedecen principalmente a sanciones administrativas y sentencias judiciales en cabeza de personas con nula capacidad de pago, inexistentes o al margen de la ley, lo cual genera interrogantes que se intenta resolver como: ¿Qué se considera acreencias a favor de un ente público pendientes de pago? ¿Debe el Estado reconocer contablemente derechos por sanciones o sentencias que es escasa la probabilidad de recaudo de las mismas? En el artículo se reflexiona sobre el papel de la contabilidad pública frente a una realidad jurídica y frente a la realidad económica, ¿qué debe primar?, ¿qué es un derecho cierto a reconocer en contabilidad pública?, ¿la sanción o sentencia, o la posibilidad de recaudo? Todos estos interrogantes y un desarrollo técnico conceptual sobre esta situación, al igual que una alternativa de solución son temas aquí abordados.