Cargo por confiabilidad: ¿éxito o fracaso?
Cargo por confiabilidad: ¿éxito o fracaso?
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Resumen
Con el objetivo de garantizar la confiabilidad en el suministro de energía eléctrica para el país, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) diseñó, en el año 2006, el esquema del cargo por confiabilidad.
Dicho esquema está compuesto por: (i) una remuneración que se paga por la disponibilidad futura de los activos de generación que requiere el país, y que pretende garantizar la entrega de la energía comprometida por los beneficiarios del cargo, previa asignación de una serie de cantidades de energía para entregar a futuro por estos, a través de un mecanismo de subasta, y (ii) un precio de escasez que establece la autoridad regulatoria, y que activa la exigibilidad de las obligaciones de energía comprometidas, cuando el precio de la energía en la bolsa supera el citado precio de escasez.
Este mecanismo de remuneración de obligaciones futuras de entrega de energía ha viabilizado la inversión en los recursos de generación que requiere el país, para garantizar de manera eficiente la atención de la demanda de energía en condiciones críticas de abastecimiento, brindando señales económicas de inversión a largo plazo y permitiendo la estabilización de los ingresos de los generadores beneficiarios del cargo.
No obstante los citados beneficios, y con ocasión del fenómeno de El Niño que ha afectado al país y de algunas situaciones de presunto incumplimiento en la entrega de las obligaciones de energía firme a cargo de un número reducido de beneficiarios del cargo6, han surgido voces críticas en relación con el esquema del cargo por confiabilidad, que obligan a la comunidad jurídica a analizar la situación por la que atraviesa el Mercado de Energía Mayorista colombiano (MEM), así como la eficiencia del mecanismo diseñado por el regulador.
Principalmente, surge una serie de inquietudes que pueden resumirse en cuatro básicas, que serán desarrolladas en el presente documento, así: (i) cuál es la naturaleza jurídica y económica del cargo por confiabilidad, (ii) si dicha herramienta genera obligaciones de disponibilidad para los agentes que reciben asignaciones de obligaciones de energía firme, (iii) si el diseño estructural de la metodología del cargo por confiabilidad debe ser revisado y por qué y (iv) qué soluciones podrían plantearse desde lo jurídico, no solo para mejorar la estructura de la metodología bajo análisis, sino para atender de manera integral la crítica situación por la que atraviesa el Sistema Interconectado Nacional (SIN).