Colusión en licitaciones y concursos. El caso paradigmático para las entidades públicas
Colusión en licitaciones y concursos. El caso paradigmático para las entidades públicas
Contenido principal del artículo
Resumen
Con ocasión de la coyuntura relacionada con los denominados “carruseles de contratación” en Colombia y particularmente en el Distrito Capital, se ha generado un giro institucional importante para proteger los procesos de selección de contratistas. Así, desde el año 2009 la Superintendencia de Industria y Comercio creó un grupo anti-colusión, dio inicio a más de 30 averiguaciones preliminares relacionadas con la conducta tipificada en el artículo 47 numeral 9 del Decreto 2153 de 1992. El Congreso de la República promulgó la Ley 1474 de 2011 para criminalizar los carteles en la contratación pública y, por ende, la Fiscalía General de la Nación entró como un actor institucional relevante para el reproche de esos comportamientos ilícitos, así como también se han generado iniciativas para dar “muerte jurídica” a quienes logren adjudicaciones de contratos públicos por vías ilícitas. No obstante, poco se ha dicho sobre qué acción deben tomar los servidores públicos de cara a sospechas de conductas colusorias, los riesgos que cada posible conducta les reporta y las condenas a las cuales se exponen años después. El presente documento tiene por propósito analizar distintos escenarios en los que un servidor público se encontrará cuando advierta conductas anticompetitivas, enfocándonos en cuatro pronunciamientos del H. Consejo de Estado, resaltando también el entendimiento de los órganos de control sobre la materia.