La obra de arquitectura y los proyectos arquitectónicos y su protección en la legislación sobre derechos de autor
La obra de arquitectura y los proyectos arquitectónicos y su protección en la legislación sobre derechos de autor
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Resumen
Bastante se ha discutido acerca de si las obras de arquitectura acabadas y construidas deben tener una protección por las normas sobre propiedad intelectual, en particular si el derecho de autor debe o no dispensar una protección a los edificios, a los proyectos arquitectónicos, a los planos, maquetas y demás elementos tanto bidimensionales como tridimensionales que comporta la obra de arquitectura y los elementos que le sirven como preludio y base para finalmente lograr la existencia corpórea de un bien inmueble que en muchas de las ocasiones, por no decir que en todas, termina perteneciendo a un tercero totalmente distinto y ajeno al arquitecto que realiza el diseño, el proyecto arquitectónico y logra la obra en pie. Generalmente la obra de arquitectura ostenta la calidad de obra hecha por encargo y puede por lo tanto también presentar características propias de las obras colectivas y también, en algunos eventos, de las obras en colaboración. Lo primero que debemos precisar, y que nos servirá de punto de partida para nuestros comentarios, estriba en determinar qué tanto la obra de arquitectura, los proyectos arquitectónicos y los planos respectivos son objeto de protección a través de las normas autorales vigentes tanto a nivel internacional como a nivel local en Colombia.
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