El acceso a la propiedad privada y la igualdad. A propósito de la sentencia Caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y Otros vs. Guatemala
Access to private property and equality. Regarding the judgment case of the Maya Kaqchikel Indigenous People of Sumpango et al. v. Guatemala
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Resumen
La sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y Otros vs. Guatemala establece que para “democratizar” los medios de comunicación social se hace necesario separar “el respeto del derecho a la libertad de expresión y de pensamiento al acatamiento del derecho de propiedad o patrimonial sobre los medios de comunicación”. Sea lo que signifique esto, la separación de esos derechos no parece acertada para los efectos de promover el pluralismo informativo. Ni tampoco da cuenta de un enfoque adecuado sobre la naturaleza del derecho a la propiedad privada. La distribución de la propiedad sobre las concesiones u otras autorizaciones sobre servicios de radiodifusión sonora constituye una cuestión esencial para cumplir este objetivo. La propiedad privada debe ser pensada como un derecho que forma parte de la organización de una sociedad democrática, y no como un derecho divorciado de las justas exigencias del bien común.
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Referencias (VER)
Acemoglu, D. y Robinson, J. A. Por qué fracasan los países: los orígenes del poder, la prosperidad y la pobreza. Barcelona: Planeta, 2012.
Alexy, R. Teoría de los Derechos Fundamentales. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2002.
Arendt, H. Sobre la revolución. Madrid: Alianza, 2009.
Bonilla, D. El liberalismo y la propiedad en Colombia. En La función social de la propiedad. Buenos Aires: Eudeba, 2013.
Bullard, A. ¿Y si eliminamos la propiedad? En Filosofía del Derecho Privado. Madrid: Marcial Pons, 2018, 59-75.
Bullard, A. Derecho y economía: El análisis económico de las instituciones legales. Lima: Palestra, 2020.
Comité de Derechos Humanos. General comment n.° 18. 89. Observación General.
Cooter, R. y Ulen, T. Derecho y economía. Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica, 2016.
Demsetz, H. Hacia una teoría de los derechos de propiedad. Revista Libertas, 1987.
Ferrajoli, L. Poderes salvajes. La crisis de la democracia constitucional. Madrid: Trotta, 2011.
Fuenzalida, S. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho a la propiedad, ¿concepción liberal o republicana?. Revista del Centro de Estudios Constitucionales. Vol. 18, n.° 1, 259-308.
Hardin, G. The Tragedy of the Commons. Science. Vol. 162, n.° 3859, 1243-1248.
Hayek, F. Camino de servidumbre. Madrid: Alianza, 1990.
Holmes, S. y Sunstein, C. El costo de los derechos. Por qué la libertad depende de los impuestos. Buenos Aires: Siglo XXI, 2012.
Kelsen, H. Teoría pura del Derecho. Buenos Aires: Eudeba, 2003.
Lastarria, J. Discurso del diputado Lastarria pronunciado en la sesión del miércoles 7 de agosto en la cuestión de Mayorazgos. Santiago: Imprenta del Progreso, 1850.
Martí, J. L. Propiedad Republicana y bienes comunes. En La concepción republicana de la propiedad. Madrid: Fundación Coloquio Jurídico Europeo, 2014, 167-264.
Nedelsky, J. Law’s Relations, a relational theory of self, autonomy, and law. New York: Oxford University Press, 2012.
Nogueira, H. Derechos fundamentales y garantías constitucionales. Santiago: Librotecnia, 2010.
Nozick, R. Anarquía, Estado y utopía. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 1991.
Pettit, P. Republicanismo: una teoría sobre la libertad y el gobierno. Barcelona: Paidós, 1997.
Pocock, J. G. A. El momento maquiavélico. El pensamiento político florentino y la tradición republicana atlántica. Madrid: Tecnos, 2016.
Raventós, D. Propiedad, libertad republicana y Renta Básica de Ciudadanía. Polis Revista Latinoamericana, 2005, 1-18.
Ruiz-Tagle, P. La concepción republicana del derecho de propiedad. Madrid: Fundación Coloquio Jurídico Europeo, 2014.
Ruiz-Tagle, P. La propiedad en el constitucionalismo republicano y su aplicación al Chile actual. En El constitucionalismo del miedo. Santiago: LOM, 2014.
Singer, J. Entitlement. The Paradoxes of Property. New Haven: Yale University Press, 2000.
Singer, J. Property as the law of democracy. Duke Law Journal, 2014, 1287-1335.
Singer, J. Property law as the infrastructure of democracy. Public Law & Legal Theory Working Paper Series, Harvard Law School, 2011, 1-13.
Sociedad de las Naciones. Convención sobre la Esclavitud. Ginebra, 25 de septiembre de 1926.
Santaella, H. La propiedad constitucional: una teoría. Madrid: Marcial Pons, 2019.
Waldron, J. Liberal Rights, Collected Papers 1981-1991. New York: Cambridge University Press, 1993.
Caso Furlán y familiares vs. Argentina, 31 de agosto de 2012.
Caso Nadege Dorzema y otros vs. República Dominicana, 24 de octubre de 2012.
Caso Artavia Murillo y otros (“Fecundación in vitro”) vs. Costa Rica. 257, 28 de noviembre de 2012.
Caso Espinoza Gonzáles vs. Perú. 289, 20 de noviembre de 2014.
Caso Granier y otros (Radio Caracas Televisión) vs. Venezuela, 22 de junio de 2015.
Caso Comunidad Garífuna de Punta Piedra y sus miembros vs. Honduras, 8 de octubre de 2015.
Caso Flor Freire vs. Ecuador, 31 de agosto de 2016.
Caso Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil, 20 de octubre de 2016.
Caso Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil, 20 de octubre de 2016.
Caso I.V. vs. Bolivia, 30 de noviembre de 2016.
Caso Ramírez Escobar y otros vs. Guatemala, 9 de marzo de 2018.
Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antônio de Jesus y sus familiares vs. Brasil, 15 de julio de 2020.
Caso de los Buzos Miskitos (Lemoth Morris y otros) vs. Honduras, 31 de agosto de 2021.
Caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y Otros vs. Guatemala. 440, 6 de octubre de 2021.
Opinión Consultiva 4/84. Propuesta de modificación a la Constitución Política de Costa Rica relacionada con la naturalización.
Opinión Consultiva 5/85. Colegiación Obligatoria de Periodistas.
Opinión Consultiva 11/90. Excepciones al agotamiento de los recursos internos (arts. 46.1, 46.2.a y 46.2.b, Convención Americana sobre Derechos Humanos).
Opinión Consultiva 18/03. Condición jurídica y derechos de los migrantes indocumentados.