De la “constitucionalización” a la “convencionalización” del ordenamiento jurídico. La contribución del ius constitutionale commune
From “constitutionalization” to “conventionalization” of legal order. The contribution of the ius constitutionale commune
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Resumen
Una de las expresiones más vívidas de la transnacionalización del derecho constitucional en América Latina es el diálogo judicial y académico que se ha venido desarrollando –sobre todo entre los países que en los últimos 25 años reformaron sus constituciones con importantes elementos afines, como la incorporación del bloque de constitucionalidad–. Dicha transnacionalización se ha fortalecido, a su vez, por otra de estas expresiones, como es la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ejercicio del control de convencionalidad. Es pertinente la difusión y depuración del concepto de “convencionalización” del ordenamiento jurídico, que complementa y armoniza su proceso de “constitucionalización”. En virtud del mismo, no son ya únicamente las disposiciones constitucionales las que condicionan la validez y el desarrollo de los ordenamientos jurídicos nacionales, sino también las obligaciones internacionales que adquieren los países sobre la protección de los derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros pactos. Este trabajo procura avanzar en la dirección de dicha evolución a partir de la utilidad del concepto de ius constitutionale commune para comprender este fenómeno y proyectar rumbos de acción hacia un constitucionalismo transformador de las desigualdades sociales y políticas que aquejan a los países de la región.
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