Las subvenciones a los grupos políticos en las asambleas legislativas españolas

Grants to Political Groups in the Spanish Legislative Assemblies

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Álvaro González-Juliana Muñoz

Resumen

El presente trabajo analiza, desde la perspectiva del Derecho Administrativo, una de las formas de financiación pública de los partidos políticos en España: las subvenciones a los grupos políticos en las asambleas legislativas. El artículo aborda el estudio del régimen jurídico de estas subvenciones que, pese a su importancia y escaso desarrollo normativo, han recibido poca atención doctrinal. La primera parte del trabajo analiza la naturaleza jurídica de estas ayudas, concluyendo que son auténticas subvenciones. A partir de dicha conclusión, se estudian los aspectos fundamentales de la subvención: los requisitos y obligaciones de los grupos políticos, el procedimiento de concesión, la actividad de control y el reintegro de la subvención. Como resultado de dicho análisis, se ponen de manifiesto las limitaciones de la exigua regulación contenida en los reglamentos parlamentarios, a la vez que se proponen diversas soluciones, teniendo como punto de referencia a la Ley General de Subvenciones.

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Referencias (VER)

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STC 63/2002, de 11 de marzo (Ponente: Tomás Vives Antón).

STC 6/2004, de 16 de enero (Ponente: Pablo Manuel Cachón Villar).

Tribunal Supremo

STS de 27 de noviembre de 1985, sala 3ª (Ponente: Julián García Estartús).

ATS de 18 de febrero de 1987 (Ponente: Antonio Bruguera Manté).

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Tribunales Superiores de Justicia

STSJ de Cantabria de 19 de febrero de 2001 Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección única, recurso contencioso-administrativo n.º 1995/1998 (Ponente: María Josefa Artaza Bilbao).

STSJ de Canarias de 23 de abril de 2009, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, recurso contencioso-administrativo n.º 78/2007 (Ponente: María Pilar Alonso Sotorrio).

Consejo de Estado

Dictamen del Consejo de Estado de 21 de enero 1993 (n.º de expediente 1768/1992).

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