¿Las agencias son unidades administrativas especiales?
Are Agencies Special Administrative Units?
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Resumen
Al plantearse como tema del artículo el de si las agencias son unidades administrativas especiales, el trabajo debe abordar dos conceptos aparentemente diferentes en cuanto al contenido y la génesis, pues de un lado se tiene conocimiento de las unidades administrativas especiales creadas con la finalidad de realizar actividades propias de un ministerio o departamento administrativo, y que, en consecuencia, siguiendo lineamientos jurisprudenciales, debían formar parte de la estructura de aquellos o estos. No obstante el reproche doctrinal referido a que a ciertas unidades administrativas se les otorgaba personería jurídica, llama la atención el cambio de criterio jurisprudencial que las avaló, y la manera en que a partir de la Constitución de 1991 se regularon unidades con o sin personería jurídica. Al abordar el tema de las agencias del Estado resulta relevante el origen anglosajón del término y la ausencia de características que las identifiquen, y la ausencia de un régimen común. Se hace especial mención a la reforma de 2011 y a cómo se crearon varias Agencias del Estado, algunas definidas como Unidades Administrativas Especiales, ante lo que cabe interrogarse sobre la correspondencia entre ambas nociones.
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Referencias (VER)
Nieto, Alejandro (1997). La nueva organización del desgobierno. Barcelona: Editorial Ariel.