El deber de información al consumidor financiero: Caso De los deudores de créditos hipotecarios en la crisis del 2008
El deber de información al consumidor financiero: Caso De los deudores de créditos hipotecarios en la crisis del 2008
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Resumen
El desarrollo que ha tenido la obligación de información está orientado a que el consumidor exprese su consentimiento de forma libre y responsable, de tal manera que la persona más adecuada para definir la información que requiere el consumidor para cumplir tal fin es el empresario. Este deber permite que se reduzca la desigualdad existente entre el empresario y los consumidores. Debido a las características especiales de la relación entre el consumidor y las entidades financieras, el deber de información al consumidor financiero merece un análisis específico. La dramática situación vivida en la crisis del 2008 evidenció que algunos deudores hipotecarios no tenían un conocimiento adecuado de los créditos que adquirían, lo que impidió que se les diera un manejo óptimo. Esta situación pone de presente que dar información al consumidor no es suficiente, teniendo en cuenta que la complejidad de productos como la de los créditos hipotecarios exige más allá del simple suministro de información una capacitación de su destinatario (el consumidor).
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Referencias (VER)
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