Aplicación directa de las modificaciones a los elementos esenciales del Impuesto de Industria y Comercio por parte de las entidades territoriales. El caso del servicio de aseo y vigilancia y el del transporte de gas
Direct Application of the Modifications to the Essential Elements of the Industry and Commerce Tax by the Territorial Entities. The case of the Toilet and Surveillance Service and the case of Gas Transportation
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Resumen
Colombia es un Estado unitario con autonomía de sus entidades descentralizadas; en el ámbito fiscal, la distribución de potestades se encuentra decantada en la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado. En este sentido, siendo la ley el límite al principio de autonomía tributaria de las entidades territoriales, se hace preciso que las normas legales se apliquen de manera directa sin que medie un acto previo que adopte las modificaciones o variaciones, para lo cual utilizaremos de ejemplo la modificación de la base gravable del tributo en los servicios de aseo y vigilancia y en el transporte de gas.
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Referencias (VER)
Presidencia de La República (1965). Decreto 850.
Constitución Política de Colombia (1991). Artículo 241.
Presidencia de La República (1953). Decreto Legislativo nº. 1056.
Congreso de La República (1994). Ley 141.
Corte Constitucional (1992). Sentencia C- 517 (Corte Constitucional. M.P.: Ciro Angarita Barón.
Corte Constitucional (1996). Sentencia C-535 (16 de octubre de 1996).
Corte Constitucional (1998). Sentencia C-537. M.P.: Alfredo Beltrán Sierra.
Corte Constitucional (2018). Sentencia C-130. M.P.: José Fernando Reyes Cuartas.