Debido proceso y derecho tributario: perspectivas desde la Constitución de 1991

Due Process and Tax Law: Perspectives since the 1991 Constitution

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Resumen

El debido proceso es una garantía esencial que se desprende en el derecho que tiene toda persona de conocer y refutar todas las actuaciones que contra estas se adelantan, lo cual es apreciable en diversas expresiones según la naturaleza del asunto sujeto a debate. En esta investigación, se realizará un recorrido sobre el debido proceso y su manifestación en el procedimiento tributario como una limitación al ejercicio del poder tributario por parte de la administración, sirviendo como garantía para procurar que la decisión se ajuste a derecho y, de esta manera, se pueda lograr la verdad real en cada asunto cuestionado al momento de determinar la configuración de los elementos de un tributo.

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Referencias (VER)

Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, artículo 2.

Constitución Política de Colombia [C. P.], artículo 2, artículo 4, artículo 29, artículo 338.

Estatuto Tributario, Libro V, artículo 734.

Ley 1607 de 2012, artículo 193.

Barreto, M. y Sarmiento, L. (1997). Constitución Política de Colombia comentada por la Comisión Colombiana de Juristas. Título II. De los derechos, garantías y deberes. Comisión Colombiana de Juristas. Bogotá.

Brewer Carias, A. R. (2011). La regulación del procedimiento administrativo en América Latina con ocasión de la primera década (2001-2011) de la Ley de Procedimiento Administrativo General del Perú (Ley 27444). DOI: https://doi.org/10.18800/derechopucp.201102.002

Carvajal, B. (2010). Alcance y limitaciones del debido proceso en el procedimiento administrativo. Rev. Digital de Derecho Admin., 4, 7.

Devis Echandía, H. (1994). Compendio de derecho procesal. Teoría general del proceso. Tomo I, Decimotercera.

Fuentes Contreras, E. (2010). Materialidad de la Constitución. La doctrina del Bloque de Constitucionalidad en la Jurisprudencia de la Corte Constitucional.

García Amado, J. A. (2014). Sobre formalismos y antiformalismos en la teoría del derecho. Eunomia. Revista en Cultura de la Legalidad, 13-43.

Pato, J. A. T. (2003). El principio de especialidad normativa (lex specialis) y sus aplicaciones jurisprudenciales. Revista de Administración Pública, (162).

Piza Rodríguez, J. R. y Castro Arango, J. M. (2010). La aplicación de los tributos y el procedimiento de gestión. En Piza Rodríguez, J. R. (ed). Curso de derecho tributario, procedimiento y régimen sancionatorio. Universidad Externado de Colombia. Bogotá.

Piza Rodríguez, J. R. y Castro Arango, J. M. (2017). La aplicación de los tributos y el procedimiento de gestión. En Piza Rodríguez, J. R. (ed). Teoría del procedimiento tributario colombiano: una visión crítica. Universidad Externado de Colombia. Bogotá. DOI: https://doi.org/10.2307/j.ctv1ddcx9q.4

Prieto Monroy, C. A. (2003). El proceso y el debido proceso. Vniversitas, (106).

Rojas Franco, E. (2011). El debido procedimiento administrativo. Derecho PUCP: Revista de la Facultad de Derecho, (67), 177-188. DOI: https://doi.org/10.18800/derechopucp.201102.008

Rojas Ríos, A. (2009). Crisis del Concepto de Jurisdicción en Colombia. XXX Congreso Colombiano de Derecho Procesal. Instituto Colombiano de Derecho Procesal, Universidad Libre de Colombia.

Ruoco, G. (2013). El principio del “debido proceso” en vía administrativa. Revista Direitos Fundamentais & Democracia, 13(13), 2-17.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 5 de diciembre de 2011, C. P.: H. F. Bastidas Bastidas, Exp. 16332.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 28 de agosto de 2013, C. P.: H. F. Bastidas Bastidas, Exp. 18983.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 24 de octubre de 2013, C. P.: H. F. Bastidas Bastidas, Exp. 18462.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 28 de noviembre de 2013, C. P.: H. F. Bastidas Bastidas, Exp. 18443.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 12 de agosto de 2014, C. P.: J. O. Ramírez Ramírez, Exp. 20303.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 6 de diciembre de 2014, C. P.: M. T. Briceño de Valencia, Exp. 20095.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 5 de marzo de 2015, C. P.: H. F. Bastidas Bastidas, Exp. 19382.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 16 de noviembre de 2017, C. P.: M. Chaves García, Exp.19607.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 21 de marzo de 2018, C. P.: S. J. Carvajal Basto, Exp. 21573.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 31 de mayo de 2018, C. P.: J. R. Piza Rodríguez, Exp. 20813.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 14 de junio de 2018, C. P.: S. J. Carvajal Basto, Exp. 21029.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 24 de octubre de 2018, C. P.: J. O. Ramírez Ramírez, Exp. 21923.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 21 de febrero de 2019, C. P.: J. R. Piza Rodríguez, Exp.18942.

Consejo de Estado [C. E.], Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia del 17 de febrero de 2022, C. P.: S. J. Carvajal Basto, Exp. 24878.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 28 de abril de 1994, M. P.: A. Barrera Carbonell,

Sentencia C-214-94.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 30 de agosto de 2000, M. P.: V. Naranjo Mesa, Sentencia C-1144-00.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 8 de agosto de 2001, M. P.: Á. Tafur Galvis, Sentencia C-827-01.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 23 de enero de 2003, M. P.: C. I. Vargas Hernández, Sentencia C-010-03.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 25 de noviembre de 2003, M. P.: J. Córdoba Triviño, Sentencia C-1114-03.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 4 de mayo de 2004, M. P.: C. I. Vargas Hernández, Sentencia C-406-04.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 18 de mayo de 2004, M. P.: M. Gerardo Monroy Cabra, Sentencia C-475-04.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 17 de agosto de 2005, M. P.: J. Córdoba Triviño,

Sentencia C-853-05.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 6 de septiembre de 2005, M. P.: A. Beltrán Sierra, Sentencia C-929-05.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 3 de mayo de 2006, M. P.: M. J. Cepeda Espinosa, Sentencia C-343-06.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 9 de abril de 2008, M. P.: J. Córdoba Triviño, Sentencia C-316-08.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 15 de febrero de 2014, M. P.: A. Rojas Ríos, Sentencia C-085-14.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 14 de septiembre de 2016, M. P.: L. E. Vargas Silva, Sentencia C-491-16.

Corte Constitucional de Colombia [C. C.], 28 de febrero de 2017, M. P.: L. E. Vargas Silva, Sentencia T-127-17.

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