Análisis jurídico de la aplicación por parte de la Unidad de Gestión Pen¬sional y Parafiscales (UGPP), de los artículos 118 y 119 de la Ley 2010 de 2019, a trabajadores independientes con obligaciones en firme

Legal analysis of the application of articles 118 and 119 of the law 2010 of 2019 to independent workers with firm obligations by the Pension and Parafiscal Management Unit (UGPP)

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Catalina Yaver Escobar

Resumen

La evasión en los aportes al Sistema de la Protección Social en Colombia se ha reduci­do de 24,19 billones de pesos en el 2012 a 3,61 billones en el 2021 como consecuencia de la implementación, por parte de la Unidad de Gestión Pensional y de Parafiscales (UGPP), de acciones persuasivas y procesos de fiscalización. Adicionalmente, se han implementado estrategias y mecanismos de recaudo, tales como los denominados be­neficios tributarios que permiten a los aportantes acceder a la reducción de intereses y sanciones siempre que cumplan con los requisitos exigidos por el legislador. Una de las leyes más icónicas en este aspecto ha sido la Ley 2010 de 2019 que estableció en sus artículos 118 y 119 las figuras de conciliación judicial y terminación por mutuo acuerdo, pero, además, conforme al artículo 139, permitió que los trabajadores independientes por cuenta propia y con contrato diferente al de prestación de servicios a quienes se les hubiere aplicado el esquema de presunción de costos para el cálculo del Ingreso Base de Cotización (IBC), vía revocatoria directa, a solicitud de parte o de oficio, accedieran a las mencionadas reducciones, sin perjuicio de que la obligación estuviera en firme.


En ese orden de ideas, en el presente escrito se realiza una categorización jurídica de las figuras contenidas en los artículos mencionados de la Ley 2010 de 2019 desde el punto de vista de los modos de la extinción de las obligaciones y los efectos suscitados por dichas figuras en el sistema tributario dentro de los cuales se advierte una disminución en el porcentaje de evasión, en lo que respecta a los trabajadores independientes, en el subsistema de salud, pasando del 45,2 % en el año 2019 a 38,4 % en el año 2020 y 38,1 % en el 2021.

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Referencias (VER)

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