La obligación de tomar medidas razonables para evitar la extensión del daño

La obligación de tomar medidas razonables para evitar la extensión del daño

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María Isabel Troncoso

Resumen

Principios como el de la indemnización integral del daño ponen en evidencia que la filosofía de la responsabilidad civil es que la víctima de un daño antijurídico obtenga reparación de aquel que es declarado “responsable”. Para alcanzar su objetivo, el régimen de responsabilidad civil cuenta con una serie de fundamentos jurídicos, presunciones, principios y mecanismos orientados a que el responsable repare o indemnice el daño. No obstante, si la miramos desde el punto de vista del responsable, la situación sugiere que la víctima debería también ocuparse del daño que le ha sido causado: pues la víctima tiene la facultad de impedir la aparición de perjuicios derivados del daño y evitar que aquellos que ya tuvieron lugar se hagan más graves. Esto es lo que la doctrina denomina “la obligación de la víctima de moderar el daño”. El análisis de esta obligación demanda un estudio de sus formas de aplicación en los diferentes sistemas de derecho y el de su fundamento jurídico, tanto en la responsabilidad contractual como en la extracontractual; el presente artículo da una primera mirada, general, a este propósito.

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