El principio general de reductio ad aequitatem por desequilibrio contractual

El principio general de reductio ad aequitatem por desequilibrio contractual

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José Félix Chamie

Resumen

Para atender las exigencias del mundo actual se requiere de la proposición de categorías dogmáticas que contribuyan en el desarrollo del sistema jurídico unificando conceptos, simplificando caminos interpretativos, y sobre la base de la propia tradición rediseñar instrumentos para mejorar el derecho poniéndolo a tono con las exigencias de su tiempo. De allí la intención del autor de aventurarse en una reconstrucción histórico-dogmática de figuras bien conocidas por la tradición del sistema jurídico romano-germánico, en aras de identificar un principio de moderación en los contratos. Un principio de equilibrio que desde los tiempos de la Escuela medieval se contiene en la expresión reductio ad aequitatem y se realiza mediante instrumentos que procuran corregir y adaptar el contrato según el caso. Así, el autor se fija en los momentos de la celebración y de la ejecución del contrato para observar la ratio de los institutos que en esos momentos del iter contractual sirven la causa de la equidad para ajustar la sinalagmaticidad de la relación, contrastar abusos y desequilibrios causados por las partes o por eventos extraños al riesgo del contrato.

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José Félix Chamie