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La nulidad de la compraventa de bien embargado: ¿un verdadero caso de objeto ilícito? Análisis de la sentencia CSJ-SC041 de 2022
The Nullity of the Sale on Seized Property. A True Case of Illicit Object? Analysis of Judgment CSJ-SC041 of 2022
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Resumen
La sanción en caso de una compraventa de bien embargado es un tema controvertido. En la sentencia SC041-2022, la Corte Suprema de Justicia reitera la tesis según la cual el contrato de compraventa de un bien embargado estaría viciado de nulidad absoluta (num. 3 del art. 1521 del c. c.), pero afirma la posibilidad que tienen las partes, a efectos de evitar la nulidad, de someter a modalidad la obligación de transferir, atenuando así el rigor de la sanción. Sin embargo, la posición de la Corte suscita interrogantes; el primero, acerca de la pertinencia de extender la nulidad al contrato de compraventa; el segundo, respecto a la justificación de la nulidad absoluta como sanción en el caso de enajenación de un bien embargado.
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